martes, 15 de febrero de 2022

Compliance y mundo rural

En el mes de enero rompí mi ritmo quincenal de actualización  del blog, debido a la situación de abatimiento y apatía en que me encuentro durante las últimas semanas. 

En mi anterior entrada comentaba que participo en el concurso unitario 2021, en el que con toda probabilidad me asignarán un nuevo destino, lo cual en principio es una experiencia ilusionante, renovadora y positiva. 

No obstante, al iniciar los preparativos hacia esa nueva vida han surgido imprevistos que han minado mi ánimo:

1. Al empezar a retirar todos aquellos bienes que he ido acumulando en la casa del pueblo donde vivo y trabajo (libros, ropa, etc.) se han removido muchos sentimientos dentro de mi. En cada uno de esos libros y materiales que poco a poco fui acumulando conmigo en la casa, he vislumbrado el secretario con ganas, motivación y emoción que llegó a la agrupación de Secretaría hace tres años. Y al compararlo con mi yo actual, que conoce medianamente los municipios y ya no es un forastero pero que ha perdido la ilusión y la esperanza en el camino, se me rompe el corazón. Parece mentira que en tan solo tres años (ni siquiera los he cumplido aún) se haya podido producir tal cambio en mi visión de las cosas y en mi estado de ánimo. Se me han pasado estos tres años como si en realidad fuera mucho más tiempo.  

2. Por otro lado, desde que escribí mi última entrada he tenido noticia de la presentación de hasta 9 recursos en vía contencioso-administrativa contra la resolución por la que se convoca el concurso unitario de provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional. Parece ser que se trata de recursos interpuestos por habilitados/as interinos/as que ven peligrar sus expectativas de estabilización en sus puestos de trabajo (en aplicación de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público) por haberse ofrecido los mismos en el concurso

Si bien este hecho no me resulta preocupante, pues ya vimos cómo se actuó ante los recursos interpuestos contra la asignación de los primeros destinos, viene a sumarse como un jarro de agua fría más a los continuos ataques a la habilitación nacional que se han venido produciendo durante los últimos meses: Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, recurso de interinos/as contra la asignación de los primeros destinos, Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, transferencia al País Vasco de las competencias en materia de habilitación nacional mediante Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022, etc. Y además, ya asoman la patita las consecuencias funestas que la estabilización del personal temporal en las administraciones públicas tendrá para nuestro cuerpo en particular: no solamente por la injusticia que supone hacia las personas que superamos la oposición, sino también por las presiones que vamos a soportar en los próximos meses tanto para la determinación de los puestos de trabajo que se tendrán que incluir en la oferta de estabilización, como en la fijación del sistema de estabilización y sus posibles temarios. 

Una vez hecha esta pequeña introducción y justificación de mi ausencia en el blog durante una larga temporada, entro ya en el tema de la entrada: el compliance en el mundo rural. 


Compliance: no tan sencillo como
pulsar una tecla



Compli(c)ance rural

Si bien el mundo del compliance es una tendencia que los gurús de la administración y los ayuntamientos grandes vienen aplicando desde hace tiempo, para la mayor parte de los ayuntamientos de España el aterrizaje en dicho campo se producirá a través de la aprobación del Plan de medidas antifraude, necesario para beneficiarse de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La elaboración y aprobación de dicho plan es imprescindible si se quiere participar en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ya que así lo establece el artículo 6.1 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión de dicho plan: "toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses". 

Actualmente me encuentro elaborando el plan y voy con retraso, pues la orden prevé que el plan debe aprobarse en plazo de 90 días desde la entrada en vigor de la orden o, en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Aunque el plazo de 90 días ya pasó, mis ayuntamientos aún no han solicitado ninguna ayuda del plan y tampoco los alcaldes me han instado a confeccionar o aprobar el plan. No obstante, yo me adelanto porque los pobres no conocen la norma y no tienen ninguna capacidad de planificación, por lo que solamente les surgirá la necesidad de tener el plan el día que se convoque alguna ayuda del PRTR que sea de vital importancia para los municipios. 

Este pequeño retraso me permite contar con mayor número de modelos en que fijarme, con manuales y hasta cursos sobre este nuevo instrumento. No obstante, cuando trato de adaptar los modelos y aprendizajes a las peculiaridades de mis municipios, no puedo evitar que me salga la sonrisa burlona. 

En primer lugar por la designación del Comité Antifraude. En mis ayuntamientos, de tan reducida dimensión, voy a tener que meter gente de todos los niveles y de todos los ámbitos de la plantilla para conseguir un número mínimo de miembros en el comité. Lo cual está bien, porque el fraude y la corrupción pueden producirse en cualquier fase de la cadena y es bueno tener ojos en todas ellas. Pero claro, voy a reunir gente de todos los niveles formativos y profesiones, cuyo conocimiento de las leyes y conceptos va a ser entre cero y ninguno. 

Además, se agrava la situación si consideramos que para trámites habituales como procedimientos de contratación, ya me cuesta encontrar personal para formar parte de las mesas de contratación y los que asisten siempre se están quejando (a pesar de que las hacemos dentro del horario de trabajo). Imaginaos con que ímpetu y predisposición vendrán a las sesiones de constitución del comité o de diagnóstico de la situación inicial del ayuntamiento. Por no decir ya a las sucesivas reuniones periódicas que el comité deba realizar...


Reunión del Comité Antifraude para
tratar... "eso del secretario"


Espero que se cumpla esa parte del plan que dice que deben realizarse sesiones formativas para todo el personal sobre la materia, de tal manera que se den cuenta de que el Plan de medidas antifraude implica a toda la administración y que todos/as deben participar activamente, porque de lo contrario... me parece que las sesiones del comité van a ser conocidas como las reuniones "de eso del secretario". 

Si bien el papel es muy sufrido y aguanta todo lo que los planes quieran incluir, la planificación está para cumplirla y no para forrar el interior de cajones, como pasa en muchos ayuntamiento y ya denuncié en esta entrada. Los alcaldes y alcaldesas perciben este asunto de la planificación y de la aprobación de planes como un obstáculo más para conseguir tal o cual subvención que ansían, más que como una herramienta útil de planificación y anticipación ante eventualidades futuras. Y así terminan los planes olvidados en cajones o en alguna oscura caja de archivo. 

Incluso me atrevo a afirmar que muchas veces los planes son debatidos y aprobados en los Plenos sin que ninguno de sus miembros lo haya siquiera leído completo. Parece que leer y revisar la documentación que se pasa a firma o a debate y votación fuera una responsabilidad de la Secretaría (the reader) en vez de corresponder a los políticos (the professional barista). Y todo ello a pesar de que las leyes determinan que la responsabilidad de los acuerdos de las corporaciones locales corresponde a aquellas personas que los votaran favorablemente (artículos 78.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 22 del ROF, entre otros) y no a los secretarios que los preparan o que los pasan a firma. No obstante, ante una eventual vista en sede judicial los políticos locales pueden esgrimir las excusas "yo firmo lo que me ponen" o "no conozco las leyes y el secretario no me informó", que siempre quedarán mejor que "soy muy perro/a" o "no me gusta leer". 


DACI, banderas rojas, canales de denuncia y mucha publicidad

Otro elemento del plan que va a traer cola son las declaraciones de ausencia de conflictos de interés (DACI), que son obligatorias y se deben cumplimentar por todas las personas que participen en la gestión de los fondos europeos (empleados/as públicos/as, políticos/as, y perceptores/as de fondos). Lo cual resulta en un maremágnum enorme de papeles de ida y vuelta que solamente servirán para perder nuestro valioso tiempo y cubrir el expediente. Porque como ya comenté en esta entrada declarar es muy fácil y en un país como el nuestro con una tradición picaresca de siglos exigir el papelito resulta hasta grotesco. Resulta válida la conclusión a la que llegué en mi entrada anterior sobre la irresponsabilidad de la declaración responsable: alfombra roja al fraude que lo encuentra todo sencillo con una declaración y sobrecarga de trabajo para la administración que deberá inspeccionar y vigilar que todo lo declarado sea lo cierto cual detective. Pero tranquilos/as chicos/as, que los Planes antifraude prevén que podamos comprobarlo mediante bases de datos de registros mercantiles, bases de datos de organismos nacionales y de la UE, herramientas de prospección de datos ("data mining") o de puntuación de riesgos (ARACHNE): ja, ja, ja.   

Por no decir ya el asunto de las banderas rojas o indicadores de alerta de que se haya producido un posible fraude o corrupción. En entornos rurales de tan reducidas dimensiones como en los que yo trabajo, en los que los políticos y los contratistas son vecinos o incluso colegas, si tenemos que detener nuestro día a día para examinar con mayor detenimiento cada alerta roja que se encienda, mal lo llevamos.  

Bandera roja: ¡paren las máquinas!


¿Y qué me decís sobre los canales de comunicación y los canales de denuncia? Afortunadamente en este aspecto los ayuntamientos pequeños no tenemos obligación de habilitarlos, pudiendo redirigir hacia los canales habilitados para ello por agencias antifraude autonómicas o de ámbito superior. 

Y por último un básico de los últimos tiempos: las publicaciones. Todo lo que hagamos en materia antifraude debe ser publicado y publicitado a bombo y platillo. La declaración institucional contra el fraude: publicada. El propio plan antifraude: publicado, el código de conducta para empleados/as públicos/as: publicado. Que quede bien claro que nuestras corporaciones están muy comprometidas contra la corrupción y el fraude. 

Lo mejor va a ser cuando en un futuro y creo que cercano empiecen a surgir los primeros casos de corrupción y fraude con los fondos europeos y los Planes de medidas antifraude se conviertan en armas arrojadizas en los Plenos y en los tribunales, además de aparecer en prensa las personas responsables que debieron actuar en su momento, ya que los planes las identifican con claridad.

¿Soy yo el único que ve en todo eso mucho pero que mucho postureo institucional? ¿Es también el Plan de medidas antifraude "eso del secretario" en vuestros ayuntamientos? ¿Compliance o complicance? ¿Ya tenéis vuestro Plan antifraude forrando cajón?

¡Nos leemos!

Aplica la regla de las 3 P:
publica, publicita y posturea 


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