Mostrando entradas con la etiqueta fhcn. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta fhcn. Mostrar todas las entradas

domingo, 12 de junio de 2022

14J: Por garantía de todos, habilitación por oposición

Rompo mi silencio para informar que el próximo martes 14 de junio estaré entre los habilitados que se manifestarán en Madrid contra la estabilización de interinos en puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público



Creo que es momento de movilizarnos, unir nuestras voces y darnos a conocer, explicando a todo el mundo la importancia de las funciones que desempeñamos y la catástrofe que supondrá regalar la habilitación a personas que no han demostrado los conocimientos y capacidades suficientes a través del proceso de oposición. 

Independientemente de la pertinencia de afrontar el problema en la vía judicial, que es fundamental, pienso que ninguna vía paralela debe ser descartada (incluso la huelga, si fuera necesaria) y en absoluto debe serlo la manifestación. Llevamos años aguantando empeoramientos progresivos de nuestro puestos de trabajo, viendo como el carácter nacional del cuerpo se desmembra como moneda de cambio de intereses puramente políticos y ahora presenciamos cómo a otras personas se les quiere regalar lo que a nosotros tanto sacrificio, tiempo y dinero nos ha costado. ¿Qué más necesitan algunos para despertar de su letargo y tomar las calles?

Si tienes dudas sobre qué hacer el próximo martes 14 de junio piensa en los años que viviste bajo la luz del flexo, las cervezas que no pudiste tomar, los baños en la piscina que ni pudiste disfrutar, los cumpleaños a los que no pudiste asistir, los besos que no pudiste dar, los amigos que perdiste por el camino, el dolor de espalda, los nervios de los días de preparador y de los días  de exámenes, el dinero que tuviste que invertir, el tiempo pasado que nunca volverá. No permitas que menosprecien tus conocimientos y tus esfuerzos y hazte valer. Levántate y grita: ¡Habilitación por oposición! ¡La plaza no se regala!

Nos vemos el 14 de junio en Madrid. 

martes, 15 de febrero de 2022

Compliance y mundo rural

En el mes de enero rompí mi ritmo quincenal de actualización  del blog, debido a la situación de abatimiento y apatía en que me encuentro durante las últimas semanas. 

En mi anterior entrada comentaba que participo en el concurso unitario 2021, en el que con toda probabilidad me asignarán un nuevo destino, lo cual en principio es una experiencia ilusionante, renovadora y positiva. 

No obstante, al iniciar los preparativos hacia esa nueva vida han surgido imprevistos que han minado mi ánimo:

1. Al empezar a retirar todos aquellos bienes que he ido acumulando en la casa del pueblo donde vivo y trabajo (libros, ropa, etc.) se han removido muchos sentimientos dentro de mi. En cada uno de esos libros y materiales que poco a poco fui acumulando conmigo en la casa, he vislumbrado el secretario con ganas, motivación y emoción que llegó a la agrupación de Secretaría hace tres años. Y al compararlo con mi yo actual, que conoce medianamente los municipios y ya no es un forastero pero que ha perdido la ilusión y la esperanza en el camino, se me rompe el corazón. Parece mentira que en tan solo tres años (ni siquiera los he cumplido aún) se haya podido producir tal cambio en mi visión de las cosas y en mi estado de ánimo. Se me han pasado estos tres años como si en realidad fuera mucho más tiempo.  

2. Por otro lado, desde que escribí mi última entrada he tenido noticia de la presentación de hasta 9 recursos en vía contencioso-administrativa contra la resolución por la que se convoca el concurso unitario de provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional. Parece ser que se trata de recursos interpuestos por habilitados/as interinos/as que ven peligrar sus expectativas de estabilización en sus puestos de trabajo (en aplicación de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público) por haberse ofrecido los mismos en el concurso

Si bien este hecho no me resulta preocupante, pues ya vimos cómo se actuó ante los recursos interpuestos contra la asignación de los primeros destinos, viene a sumarse como un jarro de agua fría más a los continuos ataques a la habilitación nacional que se han venido produciendo durante los últimos meses: Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, recurso de interinos/as contra la asignación de los primeros destinos, Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, transferencia al País Vasco de las competencias en materia de habilitación nacional mediante Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022, etc. Y además, ya asoman la patita las consecuencias funestas que la estabilización del personal temporal en las administraciones públicas tendrá para nuestro cuerpo en particular: no solamente por la injusticia que supone hacia las personas que superamos la oposición, sino también por las presiones que vamos a soportar en los próximos meses tanto para la determinación de los puestos de trabajo que se tendrán que incluir en la oferta de estabilización, como en la fijación del sistema de estabilización y sus posibles temarios. 

Una vez hecha esta pequeña introducción y justificación de mi ausencia en el blog durante una larga temporada, entro ya en el tema de la entrada: el compliance en el mundo rural. 


Compliance: no tan sencillo como
pulsar una tecla



Compli(c)ance rural

Si bien el mundo del compliance es una tendencia que los gurús de la administración y los ayuntamientos grandes vienen aplicando desde hace tiempo, para la mayor parte de los ayuntamientos de España el aterrizaje en dicho campo se producirá a través de la aprobación del Plan de medidas antifraude, necesario para beneficiarse de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La elaboración y aprobación de dicho plan es imprescindible si se quiere participar en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ya que así lo establece el artículo 6.1 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión de dicho plan: "toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses". 

Actualmente me encuentro elaborando el plan y voy con retraso, pues la orden prevé que el plan debe aprobarse en plazo de 90 días desde la entrada en vigor de la orden o, en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Aunque el plazo de 90 días ya pasó, mis ayuntamientos aún no han solicitado ninguna ayuda del plan y tampoco los alcaldes me han instado a confeccionar o aprobar el plan. No obstante, yo me adelanto porque los pobres no conocen la norma y no tienen ninguna capacidad de planificación, por lo que solamente les surgirá la necesidad de tener el plan el día que se convoque alguna ayuda del PRTR que sea de vital importancia para los municipios. 

Este pequeño retraso me permite contar con mayor número de modelos en que fijarme, con manuales y hasta cursos sobre este nuevo instrumento. No obstante, cuando trato de adaptar los modelos y aprendizajes a las peculiaridades de mis municipios, no puedo evitar que me salga la sonrisa burlona. 

En primer lugar por la designación del Comité Antifraude. En mis ayuntamientos, de tan reducida dimensión, voy a tener que meter gente de todos los niveles y de todos los ámbitos de la plantilla para conseguir un número mínimo de miembros en el comité. Lo cual está bien, porque el fraude y la corrupción pueden producirse en cualquier fase de la cadena y es bueno tener ojos en todas ellas. Pero claro, voy a reunir gente de todos los niveles formativos y profesiones, cuyo conocimiento de las leyes y conceptos va a ser entre cero y ninguno. 

Además, se agrava la situación si consideramos que para trámites habituales como procedimientos de contratación, ya me cuesta encontrar personal para formar parte de las mesas de contratación y los que asisten siempre se están quejando (a pesar de que las hacemos dentro del horario de trabajo). Imaginaos con que ímpetu y predisposición vendrán a las sesiones de constitución del comité o de diagnóstico de la situación inicial del ayuntamiento. Por no decir ya a las sucesivas reuniones periódicas que el comité deba realizar...


Reunión del Comité Antifraude para
tratar... "eso del secretario"


Espero que se cumpla esa parte del plan que dice que deben realizarse sesiones formativas para todo el personal sobre la materia, de tal manera que se den cuenta de que el Plan de medidas antifraude implica a toda la administración y que todos/as deben participar activamente, porque de lo contrario... me parece que las sesiones del comité van a ser conocidas como las reuniones "de eso del secretario". 

Si bien el papel es muy sufrido y aguanta todo lo que los planes quieran incluir, la planificación está para cumplirla y no para forrar el interior de cajones, como pasa en muchos ayuntamiento y ya denuncié en esta entrada. Los alcaldes y alcaldesas perciben este asunto de la planificación y de la aprobación de planes como un obstáculo más para conseguir tal o cual subvención que ansían, más que como una herramienta útil de planificación y anticipación ante eventualidades futuras. Y así terminan los planes olvidados en cajones o en alguna oscura caja de archivo. 

Incluso me atrevo a afirmar que muchas veces los planes son debatidos y aprobados en los Plenos sin que ninguno de sus miembros lo haya siquiera leído completo. Parece que leer y revisar la documentación que se pasa a firma o a debate y votación fuera una responsabilidad de la Secretaría (the reader) en vez de corresponder a los políticos (the professional barista). Y todo ello a pesar de que las leyes determinan que la responsabilidad de los acuerdos de las corporaciones locales corresponde a aquellas personas que los votaran favorablemente (artículos 78.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 22 del ROF, entre otros) y no a los secretarios que los preparan o que los pasan a firma. No obstante, ante una eventual vista en sede judicial los políticos locales pueden esgrimir las excusas "yo firmo lo que me ponen" o "no conozco las leyes y el secretario no me informó", que siempre quedarán mejor que "soy muy perro/a" o "no me gusta leer". 


DACI, banderas rojas, canales de denuncia y mucha publicidad

Otro elemento del plan que va a traer cola son las declaraciones de ausencia de conflictos de interés (DACI), que son obligatorias y se deben cumplimentar por todas las personas que participen en la gestión de los fondos europeos (empleados/as públicos/as, políticos/as, y perceptores/as de fondos). Lo cual resulta en un maremágnum enorme de papeles de ida y vuelta que solamente servirán para perder nuestro valioso tiempo y cubrir el expediente. Porque como ya comenté en esta entrada declarar es muy fácil y en un país como el nuestro con una tradición picaresca de siglos exigir el papelito resulta hasta grotesco. Resulta válida la conclusión a la que llegué en mi entrada anterior sobre la irresponsabilidad de la declaración responsable: alfombra roja al fraude que lo encuentra todo sencillo con una declaración y sobrecarga de trabajo para la administración que deberá inspeccionar y vigilar que todo lo declarado sea lo cierto cual detective. Pero tranquilos/as chicos/as, que los Planes antifraude prevén que podamos comprobarlo mediante bases de datos de registros mercantiles, bases de datos de organismos nacionales y de la UE, herramientas de prospección de datos ("data mining") o de puntuación de riesgos (ARACHNE): ja, ja, ja.   

Por no decir ya el asunto de las banderas rojas o indicadores de alerta de que se haya producido un posible fraude o corrupción. En entornos rurales de tan reducidas dimensiones como en los que yo trabajo, en los que los políticos y los contratistas son vecinos o incluso colegas, si tenemos que detener nuestro día a día para examinar con mayor detenimiento cada alerta roja que se encienda, mal lo llevamos.  

Bandera roja: ¡paren las máquinas!


¿Y qué me decís sobre los canales de comunicación y los canales de denuncia? Afortunadamente en este aspecto los ayuntamientos pequeños no tenemos obligación de habilitarlos, pudiendo redirigir hacia los canales habilitados para ello por agencias antifraude autonómicas o de ámbito superior. 

Y por último un básico de los últimos tiempos: las publicaciones. Todo lo que hagamos en materia antifraude debe ser publicado y publicitado a bombo y platillo. La declaración institucional contra el fraude: publicada. El propio plan antifraude: publicado, el código de conducta para empleados/as públicos/as: publicado. Que quede bien claro que nuestras corporaciones están muy comprometidas contra la corrupción y el fraude. 

Lo mejor va a ser cuando en un futuro y creo que cercano empiecen a surgir los primeros casos de corrupción y fraude con los fondos europeos y los Planes de medidas antifraude se conviertan en armas arrojadizas en los Plenos y en los tribunales, además de aparecer en prensa las personas responsables que debieron actuar en su momento, ya que los planes las identifican con claridad.

¿Soy yo el único que ve en todo eso mucho pero que mucho postureo institucional? ¿Es también el Plan de medidas antifraude "eso del secretario" en vuestros ayuntamientos? ¿Compliance o complicance? ¿Ya tenéis vuestro Plan antifraude forrando cajón?

¡Nos leemos!

Aplica la regla de las 3 P:
publica, publicita y posturea 


domingo, 19 de diciembre de 2021

2021: el año que vivimos peligrosamente

A lo largo de todo este año 2021 el cuerpo de habilitados nacionales ha atravesado diversos estados: desde la desunión, el individualismo y el vapuleo continuo en que lleva sumido desde hace años, hasta la ilusión y la esperanza que inspiran la cohesión y la coordinación mostradas en los últimos meses para rechazar los ataques externos y defender nuestros derechos. 

Si bien es cierto que hemos sufrido acontecimientos muy desfavorables (las medidas adoptadas para la reducción de la temporalidad, la amenaza de fraccionamiento del cuerpo en ámbitos forales o regionales, el incremento indiscriminado de cargas laborales a golpe de normativa, etc.) también ha habido otros favorables  (la movilización de los colegios oficiales, la unión del cuerpo para reivindicar derechos, etc.). 

He empleado un poco de mi tiempo para realizar este pequeño video en el que se recogen algunos de los momentos cruciales de este año que, o bien nos han afectado como cuerpo, o bien tienen relación con nuestro ámbito laboral: la administración local. Seguro que me dejo otros acontecimientos relevantes o imprescindibles para la vida local que también merecerían haber sido mencionados, ruego disculpéis mi descuido. 

Os animo a pasar una navidad mágica y luminosa y a seguir viviendo día a día peligrosamente. No somos moneda de cambio.

¡Nos leemos! 


martes, 30 de noviembre de 2021

La habilitación como moneda de cambio

Unos días después de que saltara la liebre, supongo que todos o casi todos mis lectores estarán ya al corriente de que está en trámite la modificación parcial de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, vía aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 en un aspecto que nos toca de lleno a los funcionarios con habilitación de carácter nacional. 

Nos tratan como moneda de cambio...
y además de escaso valor


La modificación consiste en la alteración del apartado 7 de la disposición adicional segunda de la Ley de Bases de Régimen Local, para que quede con la siguiente redacción: "7. En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la normativa reguladora de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional prevista en el artículo 92.bis y concordantes de esta Ley, se aplicará de conformidad con la disposición adicional primera de la Constitución, con el artículo 149.1.18ª de la misma y con la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, teniendo en cuenta que todas las facultades previstas en el citado artículo 92.bis respecto a dicho personal serán asumidas en los términos que establezca la normativa autonómica, incluyendo entre las mismas la facultad de selección, la aprobación de la oferta pública de empleo para cubrir las vacantes existentes de las plazas correspondientes a las mismas en su ámbito territorial, convocar exclusivamente para su territorio los procesos de provisión para las plazas vacantes en el mismo, la facultad de nombramiento del personal funcionario en dichos procesos de provisión, la asignación del primer destino y las situaciones administrativas". He subrayado el texto novedoso, ya que hasta el momento este apartado de las disposición adicional segunda de la LRBRL otorga a las instituciones autonómicas vascas únicamente facultades similares a las de otras comunidades autónomas: convocar exclusivamente para su territorio los concursos para las plazas vacantes en el mismo, así como la facultad de nombramiento de los funcionarios en dichos concursos. 

Puedes leer el texto del dictamen emitido por la Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados y publicado en el Boletín Oficial de la Cortes Generales en fecha 22 de noviembre aquí (para salvaguardar tu precioso tiempo te indico que la parte relativa a la modificación de la Ley 7/1985 se encuentra en la disposición final primera pre (nueva), páginas 213 - al final- y 214 - al inicio-). 

Unos días después de publicarse el dictamen emitido por la Comisión de Presupuestos del Congreso, en fecha 25 de noviembre, el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado obtuvo una amplia mayoría en votación del Congreso de los Diputados, como puede verse en las siguientes noticias: 




Ahora, el paso siguiente es el debate y votación del proyecto de ley en el Senado, tal y como establece el artículo 90 de la Constitución Española: "1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.

2. El Senado en el plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta". 

Por lo tanto, será cuestión de días saber si la iniciativa de modificar la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local resulta exitosa y si con ello la mayor parte de las competencias en materia de habilitados en el País Vasco (en la práctica todas excepto el régimen sancionador) son asumidas por las instituciones autonómicas vascas. 


El por qué de la modificación

¿Qué lleva a las Cortes Generales a modificar de forma tan repentina e inesperada una norma de carácter básico para la administración local como es la Ley 7/1985? ¿Atiende esta modificación a una necesidad inaplazable, a una insistente demanda ciudadana? ¿Por qué utilizar una técnica legislativa tan discutible como la ley ómnibus para la modificación de una norma básica de tal relevancia para el mundo local?

La iniciativa para modificar esta norma surge de la enmienda al articulado del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 presentada por Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV), con número 003189 que puedes leer aquí (página 215). 

Quedamos así. Estos gili*****
ni siquiera se enteran

Este partido, justifica su enmienda encaminada a modificar la disposición adicional segunda de la LRBRL con una breve motivación, que transcribo: "Mejora de la redacción y aclaración de las facultades asumidas en el ámbito de una materia de naturaleza foral". ¿Mejora de la redacción? ¿Aclaración de facultades? ¿Materia de naturaleza foral? Estos políticos nos toman por tontos. 

Según el artículo 3.1 del Código Civil "Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas" y el actual texto de la disposición adicional 2ª.7 de la LRBRL nada tiene que ver con la modificación que ahora se propone. 

En cuanto a la posible naturaleza foral de la actividad de los habilitados nacionales, el Cuerpo Nacional de Secretarios de Administración Local (antecesores de los actuales habilitados nacionales) se creó en el Estatuto Municipal de 1924 (arts. 231, 232, 233) y provincial de 1925 (art. 139), normas de carácter estatal, por lo que permítanme dudar que esta función sea de naturaleza foral. Según tengo entendido las funciones reservadas a nuestro cuerpo se realizan de igual manera en Cádiz, en Segovia, en Bilbao, en Murcia, en Vigo o en Vitoria, luego su naturaleza foral es del todo inverosímil. 

Por tanto, a todas luces es evidente que el objetivo no es mejorar la redacción, aclarar las facultades o restaurar derechos forales, sino que el fin ahora es incrementar las facultades del País Vasco respecto a su administración local, permitiéndole intervenir en ámbitos que están vedados para el resto de comunidades autónomas (excepto Navarra), a cambio de obtener los votos de los parlamentarios nacionalistas vascos para aprobar la Ley de Presupuestos Generales del Estado y poder así sacar adelante la legislatura. 

Hemos fijado nuestra atención en este punto concreto del proyecto de LPGE 2022 por la relación directa con nuestro cuerpo y nuestra profesión, pero teniendo en cuenta que la votación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 superó el trámite parlamentario en el Congreso con los votos favorables de PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV, Bildu, PDeCAT, Más País, Nueva Canarias, Compromís, Teruel Existe y PRC, suponemos que su contenido estará plagado de concesiones del Gobierno a los movimientos nacionalistas/regionalistas. El objetivo: mantenerse en el poder; el medio de pago: el que sea, cueste lo que cueste. 


El precedente navarro

La posible cesión de competencias que se podría materializar ahora en al País Vasco tiene su precedente en el caso de Navarra, que dispone de sus propios habilitados forales. De hecho, la misma Ley 7/1985 cuando se aprobó contenía una disposición adicional (la tercera) que preveía una regulación especial del régimen local navarro.   

Su régimen foral conforma a Navarra 
como una plaza inexpugnable

Mi objetivo antes de escribir esta entrada era buscar por internet información sobre este cuerpo foral, sobre sus sistemas selectivos, los beneficios y perjuicios derivados de esta gestión autonómica de sus profesionales, a fin de compararlos con el cuerpo de habilitados nacionales, pero la verdad es que no he encontrado demasiada información. 

Respecto a este cuerpo foral, he comprobado que las convocatorias para la cobertura definitiva de plazas de este cuerpo han resultado muy escasas en los últimos años (solamente he encontrado información sobre la convocatoria de 2012, con un número muy reducido de plazas), lo cual se ha complementado con la formación de bolsas de trabajo autonómicas para la cobertura temporal de los puestos (la última en 2019) y múltiples procesos de selección organizados por los propios ayuntamientos.  

A esto cabe añadir un elevado volumen de interinos ejerciendo las funciones reservadas en los municipios navarros, quejas en relación a dificultad de la movilidad entre puestos de trabajo, inexistencia de carrera profesional y un lío de miedo en la cobertura de dichos puestos, como puede verse en los siguientes enlaces: 



Por lo tanto, nada nuevo bajo el sol: las circunstancias de la habilitación foral navarra son las mismas que las que pueden existir en cualquier otra comunidad del ámbito de los habilitados nacionales (Castilla-La Mancha, Extremadura, Aragón, etc.). Los mismos perros con distintos collares, con una salvedad: que los habilitados forales navarros no disfrutan de la misma movilidad que ostentamos los habilitados nacionales.  

Insisto en que mi valoración sobre los habilitados forales es superficial y desde el desconocimiento, basándome únicamente en la información que me ofrece una sencilla búsqueda por internet. No obstante, si alguien que conozca este ámbito con mayor profundidad desea expresarme su opinión en comentarios estaré encantado de leerla y, si hubiera errado en mi valoración, a enmendarla. 


El desmantelamiento del cuerpo

La reforma de la LRBRL que ahora se plantea parece ser el primer paso para llevar a cabo el desmantelamiento de nuestro cuerpo funcionarial. Una vez lo consigan los vascos, seguirán los catalanes, los valencianos, etc. y volveremos al sistema de taifas que tan mal resultado dio hace unos años, cuando los procesos selectivos para la habilitación se organizaban por las comunidades autónomas. 

Consecuencias directas de ello serán las siguientes:

Aumento de riesgo de fraude en los procesos selectivos.
- Introducción de criterios de selección más restrictivos, que creen territorios inexpugnables (lenguas, conocimientos de derechos forales, regionales, etc.). 
- Pérdida del mérito y el prestigio que actualmente ostenta nuestro cuerpo, al que solamente es posible acceder de forma permanente a través de duros procesos selectivos. 
- Perdida del derecho a la movilidad por la mayor parte del territorio nacional. 
- Debilitamiento (aún más si cabe) de los mecanismos de cohesión interterritorial con que cuenta nuestro cuerpo.

Y mientras nos llega nuestro San Martín, seguimos dispersos por los pueblos de España, ocupados y preocupados en nuestros problemas particulares y sin pensar en nosotros como colectivo. Es hora de unirnos, reivindicar lo nuestro y defender nuestros derechos o seguiremos siendo moneda de cambio de cualquier negociación. 

Mapa de la habilitación: ¿pasado o futuro?


¿Hasta cuándo vamos a seguir aguantando que nos utilicen? ¿A quién le importan los derechos que nos pertenecen y que están en juego? ¿Vamos a limitarnos a las peticiones formales realizadas por los colegios a los grupos parlamentarios? Estaré encantado de leer vuestras opiniones en comentarios. 

¡Nos leemos!

lunes, 15 de noviembre de 2021

El secretario-interventor y la sensación del dinamitero

En esta época del año en que se acumulan los términos de justificación de subvenciones de las administraciones de ámbito superior que nos esclavizan y tiranizan a la ya habitualmente apretada agenda del secretario-interventor, no puedo evitar sentir a veces la sensación del dinamitero, es decir, la de que alguna bomba me va a explotar entre las manos de forma inesperada. 


I'm outta time and all I got is
four minutes (freaky, freaky), four minutes aye



Si analizo mi función detenidamente, consiste en hacer tareas bastante sencillas si se dispone de los conocimientos necesarios de la normativa aplicable y de la indispensable ayuda de las bases de datos jurídicas en las que encontrar los modelos que tanto nos facilitan la vida. Los conocimientos necesarios, cualquiera que haya superado la oposición los tiene acreditados y las bases de datos jurídicas afortunadamente son cada vez más habituales en la mayoría de municipios.

Me doy cuenta de la sencillez de las labores que desempeño especialmente cuando saco adelante alguna tarea novedosa que tenía largo tiempo retrasada y que evitaba resolver por falta de tiempo para pararme a buscarle su solución. Una vez la tengo solventada, en ocasiones pienso: "ha sido más sencilla de lo que esperaba" o "si llego a saber lo rápido que iba a hacerla, la habría resuelto antes". El problema que me impedía darle trámite rápidamente: la falta de tiempo suficiente, por la acumulación de multitud de misiones sencillas a ejecutar diariamente y el temor a que por tratarse de un asunto novedoso me consumiera más tiempo del "esperado".

Es decir, que el problema no es la dificultad de los trabajos que realizo o la necesidad de realizar grandes disquisiciones sobre los asuntos, sino la cantidad de pequeñas labores a realizar para cada expediente, el número de expedientes en tramitación, las funciones superpuestas sobre la figura de la Secretaría-Intervención (¿tesorería? ¿delegado de protección de datos? ¿miembro de mesas de contratación? ¿miembro de tribunales de selección?) y los plazos superpuestos a cumplir.


Mi labor: cientos de tareas sencillas,
cual colocar piezas de lego
 

Y en el caso de las agrupaciones de Secretaría-Intervención como la mía, pues suma los viajes de ida y vuelta, el hecho de tener dos alcaldes, la duplicación de expedientes y labores en muchas materias (al final no sabes qué has hecho dónde) y tener en cuenta las peculiaridades de cada uno de los municipios, pues no hay dos pueblos iguales. 

En fin, que en ocasiones salgo del ayuntamiento con un mareo de aquí te espero, que solo tengo ganas de llegar a casa y dejar la mente en blanco. 


Bendito copia y pega

Si un secretario-interventor tuviera que decidir qué invento revolucionario cambió la vida  de la humanidad, elegiría sin duda alguna el copia y pega informático. En mi caso, lo utilizo muchísimo mediante combinaciones de teclas (Ctrl+C y Ctrl+V) y me permite ahorrar muchísimo tiempo.

Pero como cualquier otro invento revolucionario, el copia-pega también tiene sus inconvenientes. El más común es que si no te fijas suficiente y relees con detenimiento lo copiado adaptándolo a las peculiaridades del expediente que te encuentras tramitando, es muy fácil que el documento final presente incorrecciones.  

A mi me pasa mucho cuando releo documentos creados en expedientes anteriores o reutilizo modelos de expedientes tramitados anteriormente para casos presentes similares, que descubro en los mismos incorrecciones derivadas del copia-pega y de la velocidad con que nuestra profesión nos obliga a trabajar y a solucionar los asuntos. 

Pongo especialmente atención en las resoluciones de Alcaldía y en los acuerdos plenarios, releyéndolos y revisándolos con cautela antes de enviarlos a firma, ya que automáticamente se insertan en el libro de resoluciones/acuerdos, y además así evito el engorroso trámite de corregir sus errores materiales, aritméticos o de hecho mediante una nueva resolución o acuerdo. 

No obstante, a veces es inevitable equivocarse por mucho atención que le pongas, porque son demasiadas cosas, somos humanos y cualquiera puede tener un mal día. Milagroso es entonces el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que nos permite reconocernos como humanos y enmendarnos.


El límite de la responsabilidad personal

Y mientras que las cosas van saliendo, aún con algún inevitable error que otro, todo marcha bien y no hay quejas, aunque tampoco reconocimientos, pero cuando las cosas se tuercen, enseguida hay quien desvía la responsabilidad hacia la figura de la Secretaría-Intervención.


Secretario, interventor, tesorero y chivo
expiatorio a tiempo parcial

Esta afirmación puede parecer incierta, pero la lectura de nuestra página de referencia habilitados-nacionales.com y de la prensa diaria nos muestra la triste realidad:  

Arauzo de Salce pierde los 25.000 euros de los planes provinciales

Quintanamanvirgo culpa al secretario de perder una inversión de 17.000 euros 

Mi experiencia como secretario-interventor en mi pueblo durante 27 años y 9 días (leer con detenimiento)

Especialmente grave es el asunto cuando el error o la inactividad suponen una consecuencia fatal para el ayuntamiento o sus vecinos, como puede ser la pérdida de una subvención o la imposición de un sanción al ayuntamiento por la falta de cumplimiento de alguna obligación normativa. Entonces las Alcaldías se acogen al siempre sufrido argumento de que "yo no sabía", "el secretario no me avisó" o "ese asunto es responsabilidad del secretario". No importa en qué condiciones tiene que ejercerse el puesto (sin personal capacitado, en agrupaciones de múltiples municipios, con acumulaciones, etc.), todas las responsabilidades apuntarán a una única y atareada persona. 


La responsabilidad en mayúsculas

Y la situación culmen de las posibles responsabilidades que pueden recaer sobre cualquier secretario-interventor consiste en el paso por el banquillo de investigados/encausados/procesados. Los habilitados nacionales suelen concurrir a tales procesos judiciales como codemandados con el alcalde o alcaldesa, ya que la mayoría de veces estas demandas se presentan contra la actividad o inactividad de la entidad a la que pertenecen. 

El dato preocupante es que parece ser muy común pasar esta situación alguna vez a lo largo de la carrera profesional. Conozco compañeros y compañeras de cuya honradez y diligencia profesional no tengo ninguna duda que han tenido que pasar por este escarnio, y el trago es muy amargo aunque se salga ileso del trámite. 

Por ello, es necesario poner la máxima atención y diligencia en el quehacer diario, tener sentido crítico con nuestra propia labor y con el contenido de los expedientes, y complementar todo ello con la contratación de un seguro de responsabilidad civil que nos cubra las posibles eventualidades que puedan surgir (pérdida de documentos o expedientes, responsabilidad civil, responsabilidad profesional, inhabilitación, etc.). Yo personalmente tengo contratado este seguro y el solo hecho de tenerlo me permite vivir más tranquilo y reducir mi nivel de neurosis al analizar si los expedientes que tramito superarían la valoración externa de un órgano judicial. 


Justicia que todo lo ves y todo lo puedes,
mírame con buenos ojos

Para acabar, os voy a dejar con este escrito anónimo sobre la imposibilidad de acumular en una sola persona las labores de Secretaría-Intervención, que parece ser anterior a la gran cantidad de funciones adicionales que se nos han impuesto en la última década por la normativa derivada de la crisis financiera y por las distintas normas sectoriales: Ya no se puede ser secretario-interventor (anónimo).

Y vosotros/as, ¿también vivís en vuestro día a día la sensación del dinamitero? ¿cómo lográis reducir esta ansiedad? ¿habéis vivido experiencias traumáticas de responsabilidad en vuestros consistorios? Estaré encantado de leer vuestras aportaciones y/o batallitas. 

¡Nos leemos!

miércoles, 14 de julio de 2021

Vacaciones y acoso telefónico (si lo permites)

Estamos a mitad de julio y se acercan los días en que los habilitados nacionales, al igual que el resto de los empleados públicos, podemos disfrutar de unos días de descanso y desconexión de todo aquello que nos embota la mente, nos mantiene (pre)ocupados e incluso nos quita el sueño. Y digo que al igual que el resto de empleados públicos, porque parece que para esto de las vacaciones los secretariuchos de tercera somos menos o tenemos menos derechos que cualquier otro trabajador municipal. 


El verano es para disfrutar
de paisajes como este

Desconozco cual será vuestro caso, pero en el mío los alcaldes me reprochan que me coja el mes completo de vacaciones con expresiones tales como "te vas, y me dejas el ayuntamiento completamente paralizado" o "con todas las cosas que tenemos que hacer y tú te vas de vacaciones". Yo hago lo posible para dejar los asuntos pendientes del ayuntamiento solventados o tan avanzados como queda en mi mano, realizando jornadas maratonianas durante las últimas dos semanas previas a las vacaciones. Pero a partir de ahí, no doy mi brazo a torcer. A mis compañeros de trabajo les indico que no me llamen ni interrumpan mis vacaciones salvo por causas de fuerza mayor o imperiosa urgencia y lo mismo hago con los alcaldes, recalcándoles que me voy de vacaciones y no de otra cosa. 

No obstante, mi experiencia me dice que con el paso de los días mi teléfono empezará a sonar y comenzarán a molestarme con asuntos cada vez más triviales. Es la desgracia de no tener crédito presupuestario suficiente para poder delegar la firma en un secretario-interventor accidental y de tener ciertos subordinados que a pesar de contar con años de experiencia en el ayuntamiento no son capaces de hacer incluso los trámites más sencillos.

Si a vosotros también os pasa y sentís violentado vuestro descanso y vilipendiado vuestro derecho a la desconexión, os recomiendo la lectura de esta entrada que redacté en el año 2019, y que dos años después sigue teniendo plena vigencia: Las vacaciones de verano y el arte de decir que no

En fin, os deseo a todos/as unas buenas vacaciones, días de descanso, desconexión y de descubrir y disfrutar de lo bueno de los pueblos y ciudades que visitéis. ¡Feliz verano, secretariuchos/as!

¡Nos leemos!

jueves, 1 de julio de 2021

Rivalidad en la agrupación: mi pueblo es mejor que el tuyo

Los hechos que cuento hoy en esta entrada no sé si son algo común en las agrupaciones de Secretaría en las que trabajamos los/las secretariuchos/as de tercera o es el mío un caso singular y aislado. Se trata de la rivalidad existente entre las Alcaldías de los municipios en que trabajo, que mantienen una relación tensa entre sí, complicando el ejercicio de mis funciones como secretario-interventor en ambos consistorios. 

Esta relación tirante se materializa principalmente en varios aspectos:

1. Lucha encarnizada porque se cumpla el porcentaje de jornada de la Secretaría-Intervención pactado entre ellos, sin intromisiones ni despistes.

2. Rechazo de cualquier comparación entre ayuntamientos, salvo excepciones que luego comentaré. 

3. Puja por ocupar la presidencia de la agrupación y/o variar el porcentaje de jornada a destinar a cada uno de ellos. 


Alcalde vigila a los ladrones del tiempo
de su secretario-interventor


Explico a continuación cada uno de los puntos anteriormente expuestos. 

1. Los titulares de las Alcaldías de mis ayuntamientos quieren que cumpla escrupulosamente el horario de atención de cada ayuntamiento, dedicando la totalidad del tiempo que paso en los mismos al consistorio en el cual me encuentro cada día. Si bien en el documento por el que se constituyó la agrupación hace años, al que he tenido acceso, se determina que la persona que ocupe la Secretaría-Intervención podrá organizar su trabajo según su criterio, debiendo priorizar el cumplimiento de plazos por parte de ambas entidades, la realidad es que mis alcaldes no toleran el hecho de que esté en su ayuntamiento hablando por teléfono o tratando asuntos relativos al otro consistorio. 

Sinceramente yo también lo prefiero, pues suficiente cacao es ya el hecho de tener que cambiar diariamente de sombrero para ir alternando cada día un municipio diferente, como para encima estar en un pueblo tramitando los asuntos del otro. No obstante, reconozco que en ocasiones esto es complicado de evitar. Me pasa muchas veces que cuando llego a un ayuntamiento empieza el whatsapp a sonar con preguntas de gente del otro municipio o recibo llamadas a mi móvil o al teléfono del despacho de trabajadores, técnicos o incluso ciudadanos o proveedores del otro municipio. Y esto es altamente desquiciante, pues de esta manera ni consigues poner toda tu atención en los asuntos de un municipio ni del otro, aparte de generar una carga mental bastante notable. Por no hablar de la tensión que se genera cuando estás atendiendo una de esas llamadas y entra el alcalde por la puerta, obligándote a comenzar a hablar con monosílabos o en clave para que no se note...

En mi caso, conociendo esta pugna entre las Alcaldías por el empleo de mi tiempo, cumplo al máximo la dedicación de jornada pactada entre ayuntamientos, aunque esto me suponga que en uno de los municipios lleve los asuntos mucho más avanzados que en el otro y me genere ciertos agobios para poder cumplir los plazos en ambos. 

2. Como segunda manifestación de la rivalidad dentro de la agrupación,  menciono la fobia comparativa con la forma de gestionar del otro municipio de la agrupación que mis alcaldes han desarrollado

Entiendo que las comparaciones son odiosas, pero no entiendo por qué yo no puedo hacer tales comparaciones y ellos sí. Me explico: cuando se presenta algún problema que requiere buscarle una solución o una forma de manejarlo y lo estamos debatiendo juntos, si expongo cómo se gestiona en el otro municipio desprecian la idea y me hacen ver que su municipio es particular o tiene su propia idiosincrasia. Sin embargo, cuando quienes están inquietos por alguna circunstancia son ellos y están buscando soluciones, no dudan en preguntarme cómo lo han solventado en el municipio vecino y en este caso la comparación la ven adecuada, incluso enriquecedora. En su modo de pensar, la primera situación sería una odiosa comparación, mientras la segunda sería puro benchmarking al estilo empresarial. Y la única diferencia es quién formula la comparación... 

No toleran la comparación realizada por un tercero porque es como si alguien de fuera les viniera a enseñar o mostrar cómo deben gobernar, y esa idea les resulta del todo inadmisible. En vez de reconocerse como personas inexpertas pero con interés por mejorar y aprender cada día, prefieren mostrarse como líderes políticos innatos y con respuestas propias para cualquier situación. En el campo político, como en cualquier otro, nadie nace aprendido y todos pueden aprender de otros y mejorar con el tiempo, pero la ignorancia es muy atrevida... Ya lo dice Carles Ramió, que en las administraciones públicas se da el caso de que el inexperto dirige al experto y esto no puede más que conllevar fricciones.

Sea como sea, las comparaciones entre los municipios de la agrupación,  o con otros limítrofes, es constante. La formulan los vecinos, los miembros de la oposición en los órganos de gobierno, los proveedores, etc. Para su desgracia, el dicho "busca, compara y quédate con lo mejor" ha calado muy hondo...


Pesadilla recurrente de cualquier
alcalde con fobia comparativa

3. La tercera manifestación de la rivalidad dentro de la agrupación es la pugna por hacerse con la presidencia de la agrupación y tratar de alterar el régimen de jornada del titular de la Secretaría-Intervención. La verdad es que no entiendo muy bien el por qué de este afán de presidir la agrupación.  Debe ser porque les guste añadir a sus títulos de alcalde-presidente, presidente de la Junta de Gobierno Local y de la Comisión Especial de Cuentas el título de presidente de la agrupación de Secretaría (titulitis que llamaríamos en el mundo académico y profesional).

Lo cierto es que luego, cuando los alcaldes se juntan en las reuniones que les montan las diputaciones para hablar de los planes de subvenciones (a modo de besamanos) o en los encuentros que les organizan las federaciones autonómicas o estatales de municipios y provincias, me consta que se quejan y lamentan del control y fiscalización al que les sometemos los habilitados nacionales y manifiestan que no les dejamos materializar sus brillantes ideas y se muestran lejanos al cuerpo de habilitados nacionales. Nos presentan como el enemigo a batir más que como los que sacamos el trabajo adelante en las secretarías rurales, pero al mismo tiempo tratan de conseguir para sí el puesto de presidencia de la agrupación de Secretaría o de incrementar el régimen de jornada que le dedicamos a su municipio para agilizar sus asuntos. En este aspecto creo que nos tratan a los habilitados nacionales con la misma desafección con la que toda la población española percibe a la clase política. Pero bueno... con alguien hay que pagar las frustraciones. 


Reunión de alcaldesas comadreando
sobre sus habilitados nacionales


También existen casos de alcaldes de agrupaciones que lo que quieren es alterar el régimen de jornada de la Secretaría-Intervención para que ésta le dedique menos tiempo a su municipios y poder seguir haciendo y deshaciendo los asuntos a su antojo y a la antigua usanza. Este comportamiento suele ser fruto de una rabieta y durarles poco, hasta que se dan cuenta que el personal de la vieja guardia que tienen en su ayuntamiento no va a menear un dedo por sacarle las castañas del fuego (por estar habituados a que lo hagan tradicionalmente los habilitados pardillos) y que si quieren garantizar un mínimo ritmo de salida de los asuntos deben contar con la asistencia del habilitado. 

Secretariuchos/as de tercera, funcionarios/as de agrupaciones y otros lectores, contadme vuestra experiencia: ¿existen en vuestras agrupaciones rivalidades como las que percibo en la mía? ¿vivís también vosotros con los alcaldes situaciones tan cómicas como la de la conversación telefónica encriptada o el rechazo comparativo? ¿tenéis alguna anécdota divertida que contarme? Ánimo a todos/las, las vacaciones están ya a la vuelta de la esquina. 

¡Nos leemos!

jueves, 17 de junio de 2021

¿Cuándo acaba la jornada de un secretario-interventor?

Actualmente la jornada de trabajo de los empleados públicos está fijada en 37,5 horas semanales como mínimo, si bien se puede reducir dicha jornada semanal hasta las 35 horas semanales previa negociación colectiva. Para ilustrarlo recomiendo la lectura de esta consulta jurídica resuelta por Lefebvre: Posible establecimiento de la jornada semanal de 35 horas para todo el personal del ayuntamiento: ¿existen los derechos adquiridos en materia de jornada?

La jornada semanal mínima de 37,5 horas semanales se fijó en 2012, uno de los peores años de azote de la crisis financiera de 2010, mediante la Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. Dicha resolución resulta de aplicación directa a las entidades locales según lo previsto en el artículo 94 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local ("La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado"), a pesar de que el artículo que regula el ámbito de aplicación de la resolución no incluya en el mismo a las entidades locales.

Con la fijación de esta jornada mínima semanal en 2012, se trataba por el gobierno de meter en vereda o disciplinar de alguna manera a los empleados públicos, vistos como privilegiados por gran parte de la sociedad por no resultar afectados de manera tan severa por los recortes y sacrificios de aquellos años críticos para la economía española.

 


A pesar de que la Resolución de 28 de diciembre de 2012 ya esté derogada, la resolución que la dejó fuera de vigor (Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos) reiteró dicho jornada, respetando la previsión de 2012 de que dicha jornada no podía menoscabarse en su cómputo anual por causas tales como la jornada intensiva de verano o la jornada establecida con motivo de festividades.

Además, desde mayo de 2019 resulta necesario el registro de la jornada efectivamente realizada por el personal laboral a fin de evitar la precariedad laboral en la jornada de trabajo, según lo previsto actualmente en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, tras la modificación de dicho precepto por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Esta previsión no resulta aplicable al personal funcionario, si bien muchos ayuntamientos la aplican igualmente a este personal mediante sistemas de control de jornada de carácter analógico o digital iguales para todos los empleados públicos. 


La jornada laboral de un/a secretariucho/a de tercera

Ahora que conocemos la teoría vamos al meollo de la cuestión... ¿pero cuál es la jornada de trabajo de un/a secretariucho/a de tercera? Sé que para muchos compañeros esta cuestión puede ser algo baladí o puede considerarse un asunto anacrónico y superado, ya que para ellos lo importante no es el fichaje de las horas, sino lo productivo que se es durante las mismas ya sea presencialmente o teletrabajando; pero para mí la jornada de trabajo sí que resulta un asunto relevante (a pesar de que yo no ficho en mi lugar de trabajo). Pues aunque sobre la ley la jornada que nos resulta de aplicación es la misma que para el resto de empleados públicos, he constatado que en la práctica la realidad suele diferir ligeramente. 

En mi vida laboral he conocido el caso de compañeras y compañeros que cumplen el horario mínimo legal establecido, otros que trabajan diariamente su jornada continuada y hasta bien entrada la tarde (las 17 o las 18 de la tarde), quienes hacen su jornada de oficina y después unas horas ya desde casa cuando resulta necesario y quienes no desconectan del trabajo casi en ningún momento. 

Personalmente, y tras pasar por varias de estas situaciones, he llegado a una situación intermedia que he adquirido como un compromiso conmigo mismo y con mi vida personal: trabajar la jornada mínima y media hora más diaria de margen para poder sacar adelante mis tareas (un total de 8 horas diarias). De esta manera, haciendo 40 horas semanales estoy presente durante todo el horario de apertura y atención del ayuntamiento y además puedo beneficiarme de la tranquilidad de poder trabajar aislado y sin interferencias cuando el resto de mis compañeros abandonan la oficina.      

Esto no quita que en ciertos momentos del año, o en periodos cumbre de trabajo, adelante alguna tarea por las tardes en casa, porque de otra forma me resultaría imposible cumplir con mis cometidos (pliegos, plataformas, expedientes novedosos o complejos, etc.). Esto de hacer puntualmente "horas extraordinarias" por las tardes es bastante habitual entre los habilitados nacionales. Quien más quien menos tiene montada en su casa una pequeña oficina a modo de rincón del pánico, y las Alcaldías lo promueven con la compra de ordenadores portátiles para que el trabajo nos siga allí donde vayamos. 

Y pongo las palabras "horas extraordinarias" así entre comillas porque no percibo ninguna gratificación por hacerlas, a pesar de que el artículo 6 del Real Decreto 861/1986, de retribuciones de los funcionarios de administración local habilite para ello. Nunca he planteado cobrar horas extraordinarias por este tiempo de más, ya que parece existir la idea de que por ocupar el puesto que ocupo y por percibir el sueldo que percibo el "sacrificio" me vaya en el cargo. 

Esto sería cierto en caso de que en mis ayuntamientos la Relación de Puestos de Trabajo asignara al puesto que ocupo una especial dedicación de 40 horas semanales en lugar de la jornada mínima legal (lo cual estaría compensado naturalmente con un incremento del complemento específico), y se me pagaran aparte las horas fuera de dicha jornada ampliada que destino a sacar ciertas tareas adelante con solvencia y cumpliendo mínimamente los plazos. Pero ni lo uno, ni lo otro: mis ayuntamientos ni tienen RPT que valoren los puestos ni pagan una hora de más.


Tiempo o dinero, la ley
no encuentra otra opción


En alguna RPT que he conocido de cerca durante mi vida laboral he comprobado como algunos puestos pertenecientes a cuerpos con fuerte conciencia sindical (léase jefaturas de policía local) tienen reconocidos complementos por especial dedicación, por disponibilidad y además cobran horas extraordinarias a precios exorbitantes. Y nosotros, perteneciendo al mismo grupo de clasificación que ellos... menuda diferencia. En alguna entrada de este blog he expresado mi opinión en torno a nuestro cuerpo, al que le sobra individualismo y le falta cohesión y fuerza para defender conjuntamente unas condiciones mínimas de trabajo. 


La tranquilidad tiene un precio

Viendo los blogs y los foros en los que participan otros habilitados nacionales, muchos se centran en dos reivindicaciones principales: 

1. Los habilitados nacionales no somos tramitación.

2. Nada fuera de las funciones reservadas. 

Pero en mi caso, ninguna de las dos reivindicaciones se cumple. Sea porque el personal con que cuentan mis ayuntamientos no tiene los conocimientos y capacidades necesarias para llevar por sí mismo toda la labor de tramitación o sea porque con el tiempo se ha implantado entre ellos la visión acomodada de que a ellos les corresponde atender al público y recoger sus problemas mientras que corresponde a la Alcaldía o a la Secretaría solucionarlos. El hecho es que muchas veces me encuentro a mi mismo realizando labores de mera tramitación o funciones no reservadas en mi puesto de trabajo, mientras el resto de mis compañeros ya hace rato que se fueron. Supongo que ninguna situación es tan descriptiva como esta de lo que se conoce como soledad del habilitado. 

En realidad el tiempo de más que le resto a mi vida personal para dedicársela al trabajo (algunos llaman a esto expropiación del tiempo) lo traslado de forma voluntaria, ya que nada ni nadie me obliga a ello. No obstante, es el sentido de la responsabilidad al ver como los asuntos surgen y se acumulan y sobre todo la garantía de poder firmar tranquilamente la documentación una vez supervisada y vivir sin sobresaltos, lo que me impulsa a esta traslación de mi tiempo.

No me siento un habilitado mártir, ni tampoco espero que nadie me reconozca el esfuerzo que hago por los ayuntamientos (por mi experiencia sé que los ayuntamientos no suelen agradecer nada, antes te culparán de algún desliz que hayas tenido que te felicitarán por un logro conseguido), pero sí que creo que esta dicotomía entre trabajadores cuya única obligación es cumplir un horario y trabajadores cuya obligación es cumplir objetivos, ya sea dentro o fuera de sus horarios, merece una reflexión. 


Con el tiempo se muda el gesto.


Y vosotras/os secretariuchas/os de tercera y otros/as funcionarios/as... ¿también os encontráis en esta misma situación? ¿qué jornada desempeñáis? ¿tenéis alguna clave para revertir esta situación de expropiación del tiempo personal? Espero vuestras aportaciones y comentarios. 

¡Nos leemos!