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martes, 18 de enero de 2022

Con las alas al viento...

El día 27 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 21 de diciembre de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. 

Los puestos de trabajo reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional se proveen ordinariamente mediante concursos de méritos y excepcionalmente mediante libre designación (en una serie de supuestos tasados). Estas dos fórmulas, junto con la asignación de primer destino, la permuta de puestos o la vuelta al puesto reservado desde la situación de servicios especiales son los sistemas de provisión de carácter definitivo (artículo 27 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional). 

A dichos sistemas de provisión de carácter definitivo, se unen también otros sistemas de provisión no definitivos, como son los nombramientos provisionales, las acumulaciones, las comisiones de servicio, los nombramientos accidentales o de interinos/as.

¿Por qué lo llaman suerte cuando
quieren decir mérito?

Pues bien, de entre los sistemas de provisión definitivos, que son aquellos en que se nos asigna un destino de forma permanente en el que podemos trabajar y quedarnos tanto tiempo como el cuerpo aguante, el concurso unitario es el rey. Y ello a pesar de que en nuestra normativa el concurso unitario no se configura como el principal concurso anual, sino que este concurso convocado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública tiene carácter subsidiario del concurso ordinario a convocar anualmente por las presidencias de las Corporaciones Locales (art. 29 RD 128/2018, de 16 de marzo).

No obstante, en la práctica la falta de diligencia o de interés por parte de las Corporaciones Locales en ofertar sus puestos libres hace que los concursos ordinarios sean reducidos en cuanto a puestos ofertados y que el concurso unitario posterior sea mucho más cuantioso, ya que salen en el mismo todas las plazas vacantes o que no se hubieran adjudicado en el concurso ordinario. 

El concurso unitario es el momento en el que aquellos/as habilitados/as que llevan al menos dos años desde la asignación de su destino definitivo pueden optar a conseguir un destino mejor por ubicación geográfica, retribuciones, flexibilidad, tranquilidad en el día a día, etc. Los que están lejos buscan un destino más próximo a su domicilio, los que cobran menos de lo que esperaban aspiran a una mayor retribución, los que tienen familiares que necesitan de su atención buscan un lugar de trabajo con horario más flexible o más cercano a su casa, los que pasan nervios en su día a día optan por puestos más tranquilos, los que están en comisión de servicios en un puesto de su categoría aspiran a conseguirlo en propiedad... por lo que en este concurso confluyen muchos intereses y expectativas. La vida de muchos habilitados nacionales es una búsqueda constante del santo grial de concurso en concurso, como indiqué en esta entrada.  

El concurso unitario normalmente suele publicarse en el Boletín Oficial del Estado a principios del mes de noviembre y resolverse a principios del mes de marzo. No obstante, este año al haberse adjudicado por primera vez los primeros destinos a las personas recién ingresadas al cuerpo a mitad del mes de noviembre de 2021 y debido a los recursos y quejas por parte tanto de los/las aspirantes como de los/las interinos/as que ocupaban dichos puestos hasta el momento, la convocatoria del concurso unitario 2021 se ha retrasado más de lo esperado.

El malestar de los/las recién ingresados/as al cuerpo por el escaso y poco apetecible listado de destinos ofertados para su primer destino es comprensible, pero de un breve vistazo a las vacantes ofertadas en mi comunidad compruebo que al menos aquí sí se cumplió lo previsto en el artículo 22.a del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que determina que se ofrecerán para asignación de primer destino los puestos que no resultaron adjudicados en el último concurso unitario. Siempre he pensado que adjudicar el primer destino en el momento del nombramiento como funcionarios de carrera como determina el RD 128/2018 y adjudicarlo como resultado del concurso unitario anual tiene unos efectos muy similares para los recién aprobados/as, ya que en la práctica y salvo contadas excepciones de personas con mucha experiencia previa a aprobar, estas personas parten en clara desventaja de puntuación respecto a las de promociones anteriores, y por tanto solamente pueden aspirar a los puestos restantes que no han sido seleccionados por las personas aspirantes con mayores méritos. 

Sobre el recurso presentado por los/las interinos/as que ocupaban los puestos ahora adjudicados como primer destino no me voy a pronunciar, ya que sobre ello han corrido ríos de tinta en blogs, foros y grupos de whatsapp y yo en repetidas ocasiones me he referido a la función que los/las interinos/as desempeñan en la administración local de nuestro país, con tan insostenible planta (entre otras entradas en esta).  


Mi yincana concursal

Como supongo habréis imaginado tras leer el título, participo en este concurso unitario. Mi experiencia recabando la información necesaria para preparar mi solicitud de participación creo que es digna de contar. 


Así me he sentido yo aspirando a
ciertos puestos del concurso

Empecé mi ronda de contactos telefónicos con los distintos ayuntamientos que me resultaban atractivos como posibles destinos durante los primeros días hábiles de 2022. Ya había pasado al menos una semana desde la publicación de la convocatoria del concurso en el BOE, por lo que pensé que los distintos ayuntamientos habrían recopilado la información suficiente para resolver todas las cuestiones que los concursantes preguntamos y que la confección de mi listado de preferencias sería coser y cantar.

Los aspectos de los puestos de trabajo que quería conocer no eran nada del otro mundo: personal con que cuenta el ayuntamiento, retribuciones del puesto de trabajo, horario de trabajo, organización del gobierno municipal... cuatro cosas para hacer mi petición con un mínimo fundamento y no lanzarme a la piscina tan a la ligera (so pena de pasarme los tres próximos años arrepintiéndome de ello). 

Pues bien, mis llamadas se encontraron con el siguiente panorama:

- Ayuntamientos que ni siquiera sabían que la cobertura de su puesto de trabajo de Secretaría-Intervención se había convocado.

- Consistorios en los que quien me atendió pensó que preguntaba por una oposición municipal y me contestó que estaba equivocado, que ese puesto no estaba convocado. O incluso peor, quien me dijo que ese puesto no podía haberse convocado, pues se había cubierto recientemente (¡con algo tan definitivo como una bolsa municipal de interinos/as!). 

- Entidades en las que nadie supo decirme cuáles eran exactamente las retribuciones del puesto. Confundían el nivel del complemento de destino con el complemento específico, me decían que el complemento específico era el mínimo posible (¿cuál es el mínimo de un complemento específico, cero?), decían que el puesto llevaba tanto tiempo sin cubrirse que no sabían decírmelas, etc.   

- Destinos en los que las únicas personas que pudieron responder a mis preguntas fueron los secretarios/as interinos/as, accidentales o acumulados/as o directamente sus alcaldes/esas. Esto supuso que para hablar con algunos de ellos tuve que llamar hasta 3 y 4 veces a ciertos ayuntamientos. 

- Ayuntamientos en los que el puesto de trabajo ofertado era con una jornada parcial y nada de ello se decía en la convocatoria del concurso.

Total, que para confeccionar mi listado con unos 7-8 destinos posibles tuve que llamar durante al menos 3 mañanas. Mi listado inicial era más amplio, pero algunos destinos se fueron cayendo del listado debido a las malas condiciones que ofrecían. 

Poca información encontré para confeccionar mi listado en los portales de transparencia, a pesar de la exigencia legal de publicar mucha de la información que buscaba. 

En mis consultas telefónicas, a mis interlocutores al otro lado de la línea había que sacarles la información con sacacorchos, aunque ellos no olvidaban preguntar por mi nombre y apellidos para poder buscarme en el listado de méritos y comparar mi puntuación con la de alguna otra persona interesada o incluso con la suya misma.

Hablé con alcaldes y alcaldesas interesadísimos en incorporar un secretario-interventor a la mayor brevedad posible, con secretarios/as acumulados/as a los/las que no les hacía mucha gracia perder su acumulación aunque fuera a favor de un/a compañero/a y con accidentales que muy gustosamente desempeñaban las funciones reservadas y recelaban de un habilitado aspirando al puesto. También supe de ayuntamientos en los que no había ningún interés por incorporar un/a habilitado/a en sus filas, pues aunque nadie me lo dijera expresamente, las condiciones del puesto lo clamaban a gritos.

Llamativo resulta que entre puestos de trabajo de la misma comunidad autónoma y subescala (Secretaría-Intervención) haya diferencias de nivel de complemento de destino de hasta 8 unidades (lo que supone una diferencia de 7.034,86 euros anuales solo en el complemento de destino) y que la retribución total de algunos puestos de trabajo sea más del doble que la de otros puestos similares. ¿Cómo es posible que esto siga pasando? ¿Cuánto tiempo más vamos a permitir que los ayuntamientos sigan fijando las retribuciones de sus puestos de habilitación nacional y privando a sus vecinos/as de una administración solvente de sus asuntos, amparándose en la manida autonomía local? 

En resumen, que mucho tiempo esperando el concurso pero espero que me toque uno de los primeros destinos de mi lista y así no tener que volver a concursar hasta dentro de muchos años. Decidir entre los destinos ofertados con información detallada supone un ejercicio de paciencia y mucha insistencia, aunque creo que merece la pena teniendo en cuenta las diferencias abismales que existen entre unos destinos y otros. 

Y tú, ¿participas en este concurso unitario? ¿qué esperas de tu próximo concurso? ¿qué experiencias has vivido durante tu ronda de llamadas? Estaré encantado de que me lo cuentes en los comentarios. 

Si todavía no has presentado tu solicitud, corre a presentarla antes de las 12 de la noche. No seas Cenicienta dejándolo para el último momento o el encantamiento desaparecerá; que para ser Cenicienta ya tenemos el resto del año en nuestros cenicentamientos.

¡Nos leemos!

Corre Cenicienta, corre más veloz que
la hora oficial de la sede electrónica

lunes, 15 de noviembre de 2021

El secretario-interventor y la sensación del dinamitero

En esta época del año en que se acumulan los términos de justificación de subvenciones de las administraciones de ámbito superior que nos esclavizan y tiranizan a la ya habitualmente apretada agenda del secretario-interventor, no puedo evitar sentir a veces la sensación del dinamitero, es decir, la de que alguna bomba me va a explotar entre las manos de forma inesperada. 


I'm outta time and all I got is
four minutes (freaky, freaky), four minutes aye



Si analizo mi función detenidamente, consiste en hacer tareas bastante sencillas si se dispone de los conocimientos necesarios de la normativa aplicable y de la indispensable ayuda de las bases de datos jurídicas en las que encontrar los modelos que tanto nos facilitan la vida. Los conocimientos necesarios, cualquiera que haya superado la oposición los tiene acreditados y las bases de datos jurídicas afortunadamente son cada vez más habituales en la mayoría de municipios.

Me doy cuenta de la sencillez de las labores que desempeño especialmente cuando saco adelante alguna tarea novedosa que tenía largo tiempo retrasada y que evitaba resolver por falta de tiempo para pararme a buscarle su solución. Una vez la tengo solventada, en ocasiones pienso: "ha sido más sencilla de lo que esperaba" o "si llego a saber lo rápido que iba a hacerla, la habría resuelto antes". El problema que me impedía darle trámite rápidamente: la falta de tiempo suficiente, por la acumulación de multitud de misiones sencillas a ejecutar diariamente y el temor a que por tratarse de un asunto novedoso me consumiera más tiempo del "esperado".

Es decir, que el problema no es la dificultad de los trabajos que realizo o la necesidad de realizar grandes disquisiciones sobre los asuntos, sino la cantidad de pequeñas labores a realizar para cada expediente, el número de expedientes en tramitación, las funciones superpuestas sobre la figura de la Secretaría-Intervención (¿tesorería? ¿delegado de protección de datos? ¿miembro de mesas de contratación? ¿miembro de tribunales de selección?) y los plazos superpuestos a cumplir.


Mi labor: cientos de tareas sencillas,
cual colocar piezas de lego
 

Y en el caso de las agrupaciones de Secretaría-Intervención como la mía, pues suma los viajes de ida y vuelta, el hecho de tener dos alcaldes, la duplicación de expedientes y labores en muchas materias (al final no sabes qué has hecho dónde) y tener en cuenta las peculiaridades de cada uno de los municipios, pues no hay dos pueblos iguales. 

En fin, que en ocasiones salgo del ayuntamiento con un mareo de aquí te espero, que solo tengo ganas de llegar a casa y dejar la mente en blanco. 


Bendito copia y pega

Si un secretario-interventor tuviera que decidir qué invento revolucionario cambió la vida  de la humanidad, elegiría sin duda alguna el copia y pega informático. En mi caso, lo utilizo muchísimo mediante combinaciones de teclas (Ctrl+C y Ctrl+V) y me permite ahorrar muchísimo tiempo.

Pero como cualquier otro invento revolucionario, el copia-pega también tiene sus inconvenientes. El más común es que si no te fijas suficiente y relees con detenimiento lo copiado adaptándolo a las peculiaridades del expediente que te encuentras tramitando, es muy fácil que el documento final presente incorrecciones.  

A mi me pasa mucho cuando releo documentos creados en expedientes anteriores o reutilizo modelos de expedientes tramitados anteriormente para casos presentes similares, que descubro en los mismos incorrecciones derivadas del copia-pega y de la velocidad con que nuestra profesión nos obliga a trabajar y a solucionar los asuntos. 

Pongo especialmente atención en las resoluciones de Alcaldía y en los acuerdos plenarios, releyéndolos y revisándolos con cautela antes de enviarlos a firma, ya que automáticamente se insertan en el libro de resoluciones/acuerdos, y además así evito el engorroso trámite de corregir sus errores materiales, aritméticos o de hecho mediante una nueva resolución o acuerdo. 

No obstante, a veces es inevitable equivocarse por mucho atención que le pongas, porque son demasiadas cosas, somos humanos y cualquiera puede tener un mal día. Milagroso es entonces el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que nos permite reconocernos como humanos y enmendarnos.


El límite de la responsabilidad personal

Y mientras que las cosas van saliendo, aún con algún inevitable error que otro, todo marcha bien y no hay quejas, aunque tampoco reconocimientos, pero cuando las cosas se tuercen, enseguida hay quien desvía la responsabilidad hacia la figura de la Secretaría-Intervención.


Secretario, interventor, tesorero y chivo
expiatorio a tiempo parcial

Esta afirmación puede parecer incierta, pero la lectura de nuestra página de referencia habilitados-nacionales.com y de la prensa diaria nos muestra la triste realidad:  

- Arauzo de Salce pierde los 25.000 euros de los planes provinciales

- Quintanamanvirgo culpa al secretario de perder una inversión de 17.000 euros 

- Mi experiencia como secretario-interventor en mi pueblo durante 27 años y 9 días (leer con detenimiento)

Especialmente grave es el asunto cuando el error o la inactividad suponen una consecuencia fatal para el ayuntamiento o sus vecinos, como puede ser la pérdida de una subvención o la imposición de un sanción al ayuntamiento por la falta de cumplimiento de alguna obligación normativa. Entonces las Alcaldías se acogen al siempre sufrido argumento de que "yo no sabía", "el secretario no me avisó" o "ese asunto es responsabilidad del secretario". No importa en qué condiciones tiene que ejercerse el puesto (sin personal capacitado, en agrupaciones de múltiples municipios, con acumulaciones, etc.), todas las responsabilidades apuntarán a una única y atareada persona. 


La responsabilidad en mayúsculas

Y la situación culmen de las posibles responsabilidades que pueden recaer sobre cualquier secretario-interventor consiste en el paso por el banquillo de investigados/encausados/procesados. Los habilitados nacionales suelen concurrir a tales procesos judiciales como codemandados con el alcalde o alcaldesa, ya que la mayoría de veces estas demandas se presentan contra la actividad o inactividad de la entidad a la que pertenecen. 

El dato preocupante es que parece ser muy común pasar esta situación alguna vez a lo largo de la carrera profesional. Conozco compañeros y compañeras de cuya honradez y diligencia profesional no tengo ninguna duda que han tenido que pasar por este escarnio, y el trago es muy amargo aunque se salga ileso del trámite. 

Por ello, es necesario poner la máxima atención y diligencia en el quehacer diario, tener sentido crítico con nuestra propia labor y con el contenido de los expedientes, y complementar todo ello con la contratación de un seguro de responsabilidad civil que nos cubra las posibles eventualidades que puedan surgir (pérdida de documentos o expedientes, responsabilidad civil, responsabilidad profesional, inhabilitación, etc.). Yo personalmente tengo contratado este seguro y el solo hecho de tenerlo me permite vivir más tranquilo y reducir mi nivel de neurosis al analizar si los expedientes que tramito superarían la valoración externa de un órgano judicial. 


Justicia que todo lo ves y todo lo puedes,
mírame con buenos ojos

Para acabar, os voy a dejar con este escrito anónimo sobre la imposibilidad de acumular en una sola persona las labores de Secretaría-Intervención, que parece ser anterior a la gran cantidad de funciones adicionales que se nos han impuesto en la última década por la normativa derivada de la crisis financiera y por las distintas normas sectoriales: Ya no se puede ser secretario-interventor (anónimo).

Y vosotros/as, ¿también vivís en vuestro día a día la sensación del dinamitero? ¿cómo lográis reducir esta ansiedad? ¿habéis vivido experiencias traumáticas de responsabilidad en vuestros consistorios? Estaré encantado de leer vuestras aportaciones y/o batallitas. 

¡Nos leemos!

miércoles, 2 de junio de 2021

Selección de personal: desigualdad, demérito y discapacidad

Hace ya tiempo que surgió la polémica sobre la proposición de ley en el Senado para la consolidación de los/las funcionarios/as interinos/as con habilitación de carácter nacional en cumplimiento de la normativa europea (puedes leer el texto en el Boletín Oficial de las Cortes aquí). Esta proposición de ley suponía la obtención de la condición de funcionario/a con habilitación de carácter nacional de carrera con la simple participación en un concurso de méritos para todas aquellas personas que contasen con una experiencia mínima de 5 años como funcionarios/as interinos/as ocupando dichos puestos.

El grupo parlamentario autor de dicha proposición de ley fue el Grupo Parlamentario de Izquierda Confederal (Adelante Andalucía, Més Per Mallorca, Más Madrid, Compromís, Geroa Bai, Catalunya en Comú Podem y Agrupación Socialista Gomera), quien tras lanzar la propuesta inicial aún echó más leña al fuego con la corrección de errores presentada en fecha 14 de abril, por la cual se reducía el tiempo mínimo de experiencia necesaria para participar en dicho concurso de méritos de 5 a 3 años. 

Dado que elegí no pronunciarme en el momento en que saltó la noticia y esperar un poco a ver cómo evolucionaba la cosa, lo hago ahora que la iniciativa ha sido desactivada por la disconformidad del propio Gobierno y que todo ha quedado en un globo sonda. El motivo esgrimido por el Gobierno para el rechazo no fueron los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, sino por incidir directamente en los presupuestos generales del Estado (puedes leer el texto de este acuerdo aquí). Increíble pero cierto. 

El mes transcurrido entre el lanzamiento del globo sonda y la desactivación de la iniciativa fue una vorágine de artículos en blogs sobre la proposición de ley (destacable el titulado Puestos vacantes, alternativas del compañero vicentemima en su blog Andanzas locales), de escritos de recogida de firmas tanto a favor como en contra y de comunicados de los colegios de secretarios, interventores y tesoreros. Ahora ya, de forma más sosegada, haré una reflexión sobre esta iniciativa y sobre la selección de personal al servicio de las administraciones locales. 


Habilitados y habilitados wannabe
on fire!

El diablo sabe más por viejo que por diablo 

Esta proposición de ley ha puesto de manifiesto la percepción que nuestra clase política tiene del cuerpo de secretarios, interventores y tesoreros de administración local y de sus funciones. Los miembros del Grupo Parlamentario de Izquierda Confederal, en representación sin duda de la opinión de los alcaldes y alcaldesas de muchos pueblos de España, han emitido su veredicto: cualquiera puede ser secretario, interventor o tesorero con un periodo mínimo de experiencia de 3 años en el cargo. No hacen falta estudios o conocimientos previos, todo se puede aprender sobre la marcha, con la experiencia que otorga el día a día de un ayuntamiento. 

¿Iría usted a la consulta de una médica sin titulación que ha aprendido su oficio sobre la marcha? ¿Montaría usted en un avión pilotado por un piloto sin título oficial? ¿Serían asumibles las negligencias médicas ocasionadas por un médico o por una dentista sin formación durante sus primeros 3 años de experiencia laboral? Y entonces... ¿por qué con los habilitados nacionales la cosa es completamente distinta? ¿Pueden nuestras administraciones locales y los recursos públicos permitirse el lujo de ser el campo de prácticas de profesionales inexpertos? Nos tratan como quien se dedica a hacer vasijas de barro en un torno o quien se gana la vida pintando abanicos, con todo mi respeto hacia dichas profesiones. 

Una cosa es que los servicios que prestan las entidades locales sean primarios y otra cosa es que el personal al servicio de esa administración seamos primates. Para esos políticos que tanto nos subestiman e infravaloran va esta reflexión: ¿no sabéis que sólo la preparación de las pruebas selectivas para convertirse en habilitado nacional ya pueden emplear entre 2 y 3 años fácilmente? ¿qué preparación es necesaria para ocupar vuestros puestos? ¿no creéis que es necesaria una cierta ilustración y formación para contrarrestar y frenar vuestras iniciativas políticas propias de bombero torero?

En fin... que un diablo viejo (formación + experiencia) será la ostia, pero un diablo (formación) siempre será un diablo.


Las labores de un secretariucho
desde la visión de un políticucho

A misa, no se va con prisa

Esta revolución en el empleo público que se está cuajando en los últimos meses, y que ha derivado entre otras en el documento "Orientaciones para el cambio en materia de selección en la Administración General del Estado" viene de la presión a la que la Unión Europea está sometiendo a España para que rebaje su nivel de temporalidad en el empleo público, pero también del problema de envejecimiento de las plantillas que padece nuestra administración desde hace años.

De hecho, esta circunstancia del envejecimiento de las plantillas y de la necesidad de un relevo generacional se aprecia ahora como urgente, a pesar de que llevamos décadas escuchando a los principales autores sobre la llegada de este momento y la necesidad de planificar bien el paso. Y como quiera que la escalera mecánica se nos acaba y no hay posibilidad de más prórrogas o aplazamientos, daremos el salto adelante a las bravas, con los ojos cerrados y con todos los dedos cruzados.

Se trata de reclutar a personal a diestro y siniestro, de rellenar las administraciones con personal nuevo y a ser posible joven. Para ello, el Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha elaborado el documento "Orientaciones para el cambio en materia de selección en la Administración General del Estado", que recoge el resultado de las mesas de debate para repensar la selección en la AGE y las recomendaciones de expertos. Se trata de atraer al talento con medidas tales como la reducción del tiempo de duración de los procesos selectivos con la realización de varios ejercicios en el mismo día (aunque sean eliminatorios), la supresión de pruebas memorísticas y su sustitución por pruebas de resolución corrección automatizada (tipo test), casos prácticos y de análisis, la publicación de calendarios anuales de pruebas de selección con estimación de inicio y duración, la concesión de becas formativas para la preparación de oposiciones y la difusión de ejercicios y herramientas de aprendizaje. 

Se disfraza el problema de la selección de los empleados públicos del problema de que la administración no resulta atractiva para los jóvenes, facilitando hasta el extremo la entrada de nuevo personal. Se pretende incorporar personal de forma masiva y a toda costa, repitiendo una vez más el error cometido con la creación de la administración de las comunidades autónomas: la entrada indiscriminada de aquellos empleados públicos que años después serían el foco de todos los problemas que acuciaron a las administraciones autonómicas. 


Pueblo pequeño infierno grande

Volviendo al caso de las entidades locales, y en particular a los habilitados nacionales, la proposición de ley de la que hablábamos al principio de esta entrada parece que viene apoyada por la desesperación de muchas comunidades autónomas por encontrar secretarios, interventores, tesoreros y sobre todo secretarios-interventores para cubrir las demandas de sus municipios. Algunos ejemplos de ello:

- Los municipios de menos de 5.000 habitantes solo tienen cubierto el 55% de puestos de secretarios interventores (Castilla y León)

- Convocado un proceso selectivo extraordinario para ampliar la bolsa de secretarios-interventores de ayuntamientos de CLM

Es decir, hay muchos pueblos vacantes y pocos funcionarios de carrera o interinos para cubrir dichas vacantes. El foco de problema se fija en la dificultad del proceso selectivo para cubrir los puestos de forma definitiva (a pesar de que muchos puestos están cubiertos por integrantes de bolsas de trabajo conformadas a partir de un tipo test y un pequeño ejercicio práctico). Hay comunidades autónomas que todos los años convocan y constituyen bolsas de trabajo de Secretaría-Intervención y todos los años las agotan porque los integrantes se terminan saliendo. ¿Nadie se ha planteado que a lo mejor los problemas que ocasionan la falta de funcionarios para ocupar los puestos reservados a la habilitación de carácter nacional son otros? Se me ocurren los siguientes:

1. Las bajas retribuciones de muchos puestos. La autonomía local para determinar las retribuciones de estos puestos de trabajo hace que los emolumentos no resulten atractivos ni para aquellos que han superado el duro proceso selectivo para convertirse en funcionarios de carrera, ni para aquellos que han conseguido ocupar el puesto como integrantes de una bolsa de trabajo. 

2. La soledad del habilitado. El atractivo del puesto de trabajo dependerá también de las condiciones en que se desempeñen las funciones reservadas. Si al llegar al pueblo te encuentras con que la ayuda con que vas a contar en el ayuntamiento es nula, con que te vas a comer todas las responsabilidades trabajando todas las horas del reloj (en funciones tanto reservadas como no reservadas) y que te vas a pasar el día tragando sapos y culebras, a lo mejor ni siquiera una buena retribución lo compensa. 

3. Acoso laboral. No hace falta más que leer la sección de noticias de habilitados-nacionales.com para hacerse una idea de a qué me refiero.

4. La loca planta municipal. Llevar agrupaciones de municipios de tres o más pueblos debe ser una auténtica locura, pero en comunidades autónomas como Castilla y León parece ser lo más habitual. Por muy bien que te organices y muy disciplinado que seas, cambiar tanto de sombrero debe ser perjudicial para la salud mental. Anuncios como el siguiente erizan el vello con solo leerlos:  Vacante el puesto de Secretaría Intervención de la Agrupación de municipios San Millán de Lara, Jaramillo de la Fuente, Tinieblas, Barbadillo del Pez y Vizcaínos de la provincia de Burgos.

5. Ubicación de los municipios. Otro factor muy relevante para la cobertura de las vacantes es la ubicación de los municipios. La mayoría de funcionarios quieren trabajar en ciudades o en municipios bien conectados, quedando por tanto los municipios más remotos o peor conectados descubiertos. ¿Nadie ha pensado que factores como un incremento del específico por ruralidad o la posibilidad de teletrabajar algunos días de la semana pueden compensar esta desventaja comparativa?


Pueblo pequeño infierno grande

Una opción para lograr cubrir los puestos de secretaría de tercera con personal habilitado nacional residiría en facilitar la promoción interna hacia las categorías superiores, ya que si no hubiera puestos de dichas categorías superiores libres donde ir en comisión de servicios, seguro que los secretarios-interventores se verían obligados a ocupar una plaza de su categoría. No parece lógico que mientras decenas de plazas de Secretaría e Intervención-Tesorería de entrada quedan libres cada año por el turno de promoción interna (entre personas que tienen experiencia y han demostrado esfuerzo en algún momento de su vida - al menos cuando aprobaron la oposición de SIAL-), se quieran regalar cientos de plazas de Secretaría-Intervención a personas que ocupan los puestos de forma interina (acreditando por tanto solamente experiencia, que no esfuerzo) a causa de que dichos puestos de Secretaría-Intervención están libres porque sus titulares están en comisión de servicios en puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería de categorías superiores. 

 

Ser o no ser, esa es la cuestión

Las dificultades que tienen los pequeños municipios para cubrir sus puestos de secretarías de tercera resulta aplicable también a la selección de otros perfiles de funcionarios de carrera de dichos consistorios (técnicos, administrativos, auxiliares): se realizan estrictos procedimientos selectivos para elegir al/a la candidato/a perfecto/a, que una vez se ha incorporado no tarda en marcharse a otro destino con mejor ubicación o sueldo (en comisión de servicios, excedencia por interés particular, etc.). Y así comienzan a sucederse interinos e interinos de la bolsa, hasta que le toca el turno a algún residente en el municipio que acepta permanecer (si tienes la suerte de que alguien del municipio haya aprobado la fase de oposición, claro). Los motivos en este caso son los mismos: ubicación, retribuciones, etc. 

Es decir, que los ayuntamientos también tenemos dificultades para atraer el talento y cubrir nuestras plazas con personal formado y capaz de forma estable, pero en ningún momento se nos pasa por la cabeza dejar de cumplir las normas o inventar nueva normativa para poder regalar los puestos de trabajo a personas que no garanticen los principios básicos de acceso al empleo público. Ser o no ser administración con potestad legislativa, esa es la cuestión. 

Situación distinta es cuando las entidades locales seleccionamos personal a través de bolsas de trabajo temporal. Entonces se abre las veda y se nos olvidan los principios de igualdad, mérito y capacidad y nos volvemos todos un poco locos. Y me refiero tanto a los procesos selectivos para la formación de bolsas de trabajo a iniciativa del propio ayuntamiento como aquellos que los ayuntamientos realizamos por delegación de las comunidades autónomas de su competencia de fomento del empleo bajo sus normas y baremos, que igualmente incitan estas actuaciones de dudosa legalidad. Se confunde empleo público y ayudas sociales y se monta un batiburrillo tal, que no hay quien se aclare.


Ayudas sociales o empleo público, 
esa es la cuestión

¿Cuántas veces habéis visto en las convocatorias de formación de bolsas de trabajo temporal requisitos de participación como estar desempleado/a, criterios de valoración como el empadronamiento, el tiempo de permanencia en el desempleo, el número de familiares a cargo, el ser mujer, víctima de violencia de género o persona en situación de exclusión social? 

¿Consideráis igualitario hacer un proceso de selección para el empleo público solamente entre personas que cumplan un determinado requisito, como puede ser estar desempleado/a?

¿Creéis que pueden ser méritos valorables la larga estancia en el desempleo o el hecho de ser víctima de violencia de género? 

¿Capacita más para un puesto el hecho de ser mujer o estar en situación de exclusión social? 

¿Estamos locos o qué?

En fin, considero que se debería reflexionar más seriamente sobre la selección de personal temporal por parte de los ayuntamientos, especialmente en el caso de los pequeños consistorios como en los que yo trabajo, donde la mayor parte de las contrataciones se realizan a partir de bolsas de trabajo temporal. ¿Estamos cumpliendo las normas o la finalidad social está derivando en condiciones de desigualdad, demérito y discapacidad?

¡Nos leemos!

lunes, 15 de febrero de 2021

El concurso unitario y el baile de las sillas

En los próximos días o semanas se publicará la resolución del concurso unitario 2020 de provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional convocado mediante Resolución de 30 de octubre de 2020 de la Dirección General de la Función Pública y se producirá, una vez más, el baile de las sillas. 


Creo que por ahí asoma una Tesorería...

Es un momento crucial que solamente se produce una vez al año y que en caso concurrir y obtener destino, no se puede volver a vivir en primera persona hasta tres años más adelante (la tercera convocatoria posterior, que es en la que ya se cumple el requisito del plazo mínimo de dos años en el destino obtenido con carácter definitivo). Por ello, los/las habilitados/as nacionales se ponen muy nerviosos/as y todos/as quieren participar y obtener un destino, tengan o no tengan intención de moverse del sitio que ocupan. 

El concurso tiene como límite que los habilitados nacionales únicamente pueden elegir puestos de trabajo correspondientes a su subescala y categoría. Y por ello, los secretarios-interventores deberán elegir puestos correspondientes a la clase 3ª (agrupaciones de Secretaría, Secretarías-Intervención, Vicesecretarías, Viceintervenciones, Oficialías Mayores, etc.), los secretarios de entrada podrán elegir puestos de Secretaría o Vicesecretaría de clase 2ª y los interventores-tesoreros podrán elegir puestos de agrupaciones de Intervención, Intervención, Viceintervención, agrupaciones de Tesorería, Tesorería o Vicetesorería de clase 2ª. 

Y aunque los destinos obtenidos en el concurso sean irrenunciables, no hay que preocuparse en gran medida si el destino asignado no resulta apetecible, pues en la práctica es raro el caso de habilitados/as nacionales que ocupen el puesto obtenido mediante concurso. 

El día en que se publica la resolución todo son sorpresas y exclamaciones, decepciones y algún que otro disgusto (sobre todo en caso de ser el primer concurso). Pero hay que mantener la calma, ya que a partir de ese momento se pone en marcha la maquinaria del cambio: llamadas telefónicas, mensajes de whatsapp, entrevistas personales con alcaldes e incluso intercambio de cromos. Todo vale para conseguir acercarse a donde se vive o mantenerse donde se está.

Donde empieza el estrés y el trabajo duro es en las direcciones generales de administración local de las comunidades autónomas y en el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). Se avecinan para ellos arduas semanas de tramitación de expedientes de comisión de servicios, sumidos en el complejo de Penélope de tener que deshacer mediante expedientes de comisión de servicios lo anteriormente logrado a través del concurso unitario. 


Las secretarías rurales

Las grandes perdedoras de estos concursos unitarios son sin duda las secretarías rurales. Antes de la convocatoria del concurso, su personal ha comunicado al ministerio o a la dirección general de administración local que la plaza de Secretaría-intervención sigue vacante después de años y años, o bien que ha quedado recientemente vacante tras la huida del enésimo ocupante interino.

Y cuando estos municipios ven publicada la resolución del concurso se alegran: ¡por fin tendremos secretario/a! Después de tanto tiempo esperando un/a habilitado/a, se sienten como si les hubiera tocado la lotería. 


¿Quién será mi habilitado nacional?


Pero la alegría dura poco, solo hasta el momento en que reciben la llamada del candidato asignado y éste comunica su intención de no aparecer en el municipio más que para la toma de posesión del destino y si te he visto no me acuerdo. Muchos habilitados prefieren mantenerse en los puestos de categoría entrada o superior que ocupan, mejor pagados y más próximos a sus casas o simplemente más tranquilos. 

De esta forma, el pueblo pequeño se queda sin secretario, los pueblos más grandes o mejor ubicados aglutinan a los habilitados nacionales de todas las subescalas y los puestos reservados a habilitados nacionales en las secretarías rurales quedan a merced de las bolsas autonómicas de interinos o de esforzados funcionarios accidentales. 

Pregunta naíf: ¿Y para qué optar a un destino si no se tiene la más mínima intención de ocuparlo?

Respuesta: Por si acaso pasa algo, tener un destino decente al que recurrir. Por si acaso... no me conceden la comisión de servicios que quiero. Por si acaso... la plaza que ocupo en comisión se asigna en el próximo concurso. Por si acaso... me putean donde trabajo y tengo que salir por patas. Por si acaso... no me renuevan la comisión de servicios. Por todo ello, está bien tener una plaza asegurada en un destino decente (=cercano y bien pagado).

Y así, mientras los habilitados nacionales con más experiencia y puntos ocupan una plaza de hecho (la que desarrollan efectivamente, normalmente alrededor de las ciudades y de subescala superior a la suya) y otra plaza de derecho (la que no ocupan, pero que les es reservada por haberles sido asignada en el concurso unitario), los habilitados nacionales novatos son desplazados a puestos más remotos o peor pagados. El resultado es que quedan libres puestos de trabajo que podrían ser el destino soñado para esos habilitados novatos (por su ubicación, por sus retribuciones, etc.), solo porque los habilitados más antiguos escogen pueblos a los que no tienen voluntad alguna de ir.

¿Y a quién beneficia esta forma de actuar? Claramente a los integrantes de las bolsas de interinos y a los accidentales, que pueden terminar ocupando los puestos que los funcionarios de carrera ya querrían para sí, sin necesidad de aprobar la oposición ni despeinarse. 

Una vez más, el egoísmo frente al espíritu de grupo, el individualismo frente al beneficio de todo el cuerpo. Como expliqué en una entrada anterior, vuelve el lema del Media Markt: la avaricia me vicia. 


Habilitados antiguos, a la caza de un
nuevo destino... por si acaso

   

La permanencia en el puesto: Roma no se construyó en un día 

Entre los criterios que se valoran en el concurso unitario, algunos son comunes en el sistema meritocrático de acceso a la función pública y carrera aplicable a nuestra administración: servicios prestados, titulaciones académicas, cursos de formación y perfeccionamiento, conocimiento de lenguas autonómicas, etc. 

No obstante, también existen otros méritos más peculiares del cuerpo de habilitados nacionales, que tratan de evitar o al menos mitigar que se produzca el baile de las sillas del que anteriormente hablábamos. Por ejemplo: valorar con distinta puntuación los servicios prestados en la subescala a la que se pertenece que los prestados en otras subescalas o valorar la permanencia continuada en el puesto reservado. 

Con esto, el legislador ha tratado de luchar contra el constante cambio de puesto de trabajo y la gran movilidad (casi diría fugacidad) que se produce en nuestro cuerpo. 

Porque aterrizar en un ayuntamiento, conocer y analizar su situación, coger las riendas e implementar mejoras para conseguir objetivos, es una cuestión de tiempo. Y el legislador busca precisamente eso: que los destinos se ocupen definitivamente, la permanencia, la concentración, el esfuerzo y el cumplimiento de objetivos. Todo esto sin perder de vista la oportunidad que estos concursos suponen para la repoblación de la España interior y para la lucha contra el reto demográfico. 


Permanencia, concentración y esfuerzo


Además, pienso que es muy diferente la sensación de trabajar para un ayuntamiento que no es tu destino definitivo y del cual te puedes ver privado en cualquier momento (como por ejemplo con la resolución de un concurso o por la voluntad política de no renovar una comisión de servicios), que la de trabajar para un ayuntamiento que es tu destino definitivo, en el que puedes estar trabajando hasta que te canses y que podría llegar a convertirse en el lugar en que sentirte como en casa. 

Conozco casos de compañeros que estando ocupando puestos de trabajo en nombramiento provisional o en comisión de servicios y deslomándose para poner los asuntos retrasados al día, el puesto les fue "robado" en un concurso méritos. Y lo peor, por habilitados nacionales de municipios vecinos que estaban al tanto de la situación.   

 

Por último, solo me queda desear buena suerte a todos aquellos  habilitados y habilitadas que hayan participado en este concurso unitario 2020. Espero que los destinos asignados cumplan sus expectativas. Y si no es así, paciencia; los días siguientes van a vivir un aluvión de ofertas por vías formales (sobre todo vía colegios profesionales) e informales (por cualquier otra vía, correos electrónicos, whatsapp, incluyendo llamadas desesperadas de alcaldes y alcaldesas). 


Y sobre todo... atentos a la música. El baile de las sillas no perdona. 


¡Nos leemos!

sábado, 30 de enero de 2021

Las pymel: ¿adalides de la privatización?

En el tiempo que llevo trabajando en municipios de pequeña dimensión y habiendo pasado por varios consistorios de esta naturaleza, he detectado una tendencia que creo que debe reproducirse en todos los destinos en los que trabajamos los/las secretarios/as-interventores/as y especialmente en las agrupaciones de secretaría: la tendencia privatizadora de sus servicios y actuaciones. 


Te paso la pelota y también la pasta


Me dio por pensar en ello tras leer la entrada ¿Pueden tramitarse expedientes administrativos por entidades distintas a la Administración? Algunas reflexiones a la luz de la STS 1160/2020, de 14 de septiembre de uno de mis blogs favoritos: Con acento jurídico, de Consuelo Doncel Rodríguez.  En esta entrada, la autora habla sobre una sentencia del Tribunal Supremo en la que considera nulo de pleno derecho lo actuado por TRAGSATEC (filial de TRAGSA) para la Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de un contrato de auxilio material y asistencia técnica en la tramitación de los expedientes sancionadores del organismo de cuenca. El motivo de dicha nulidad es que en opinión del tribunal los procedimientos administrativos son los medios a través de los cuales las administraciones desarrollan su actividad pública y ejercen sus potestades, por lo que deben ser tramitados por personal funcionario público (que con dicho carácter presenta una serie de garantías), especialmente cuando se está ejecutando una potestad de gran influencia sobre la vida de los ciudadanos como es la sancionadora. Recomiendo la lectura íntegra de la entrada de la compañera secretaria por su interés y por estar genialmente explicada la sentencia.

Tras leer esta entrada, pensé en el caso de mis ayuntamientos de la España vaciada, en los que el recurso a la contratación a la empresa privada es lo más habitual, tanto para la prestación de servicios a la ciudadanía (recogida de residuos sólidos urbanos, clases extraescolares, etc.), como para las tareas más fundamentales del funcionamiento administrativo (servicio de recaudación, asistencia jurídica, gestoría laboral y fiscal, asistencia en materia económica y presupuestaria, asistencia técnica en materia urbanística, etc.). Entonces me hice la siguiente pregunta: ¿podrían estar mis ayuntamientos incurriendo en nulidad de pleno derecho con esta forma de actuar? ¿Podría verse comprometida la validez de los expedientes tramitados desde los consistorios por el hecho de haber participado empresas externas en la realización de gran parte de sus trámites?


El filtro de las 2 horas

Observando esta circunstancia propia de mis ayuntamientos, y reflexionando sobre ello en el tiempo que hace desde que leí por primera vez el artículo de Consuelo Doncel (4 meses ya) he alumbrado una tesis que me gustaría compartir con vosotros/as, a fin de que en comentarios me indiquéis si es acertada o errónea según vuestras experiencias. La idea es la siguiente: en las secretarías rurales se contratan con empresas externas todas aquellas tareas que requieren una concentración continuada de la Secretaría-Intervención o de su personal técnico superior a las 2 horas. 

Argumento a continuación los fundamentos de mi teoría:

1. Ausencia en las pymel de personal técnico con interés, iniciativa y esfuerzo y dedicación parcial del existente. En otras entradas de este blog he comentado anteriormente la situación de falta de personal técnico que sufren los consistorios de la España rural. En la mayoría de municipios el único personal de carácter técnico con que cuenta el ayuntamiento es con el/la titular de la Secretaría-Intervención y con un/a arquitecto/a municipal, que con suerte visita el ayuntamiento una vez por semana. 

Si a esto le añadimos el hecho de que los secretarios de las agrupaciones de Secretaría compartimos nuestra jornada laboral entre varios consistorios (con porcentajes de dedicación por ayuntamiento que en ocasiones no llegan ni al 40%) y la gran cantidad de labores y funciones que tenemos atribuidas, obtenemos como resultado jornadas de trabajo cargadas de tareas que impiden concentrarse suficientemente en cada una de ellas. A todo esto hay que sumar el hecho de que estamos sometidos a múltiples interrupciones de todo tipo (los administrados piden hablar con el titular de la Secretaría como quien pide una ración de calamares) y que no podemos saber y controlar lo suficiente de todas las materias que se nos presentan en el día a día. 

De ayuntamiento a ayuntamiento
corro raudo como el viento


2. Resto de personal con escasa formación y con acceso al empleo público por medios que no acreditan las capacidades, actitudes y aptitudes necesarias. El argumento planteado en el primer punto puede minorarse contando con una plantilla de personal capacitado, profesional y diligente, que aunque no pueda realizar labores técnicas propiamente dichas, al menos sí que pueda descargar de otras labores rutinarias o sencillas al personal técnico (a fin de que este pueda concentrarse en las labores propias de su cargo). 

Y es que, aún sin formación ni conocimientos suficientes, muchas veces bastan la iniciativa, el empeño y el esfuerzo para lograr sacar muchas cosas adelante, porque en los ayuntamientos no realizamos tareas especialmente complejas (hasta el momento no he tenido que calcular ninguna raíz cuadrada, ni resolver ninguna derivada o integral en el consistorio), y en muchas ocasiones es cuestión de actitud y persistencia el resolver los asuntos.

Ya he tratado en otras entradas de este blog el asunto del personal con que cuentan los ayuntamientos del mundo rural, así que no me extenderé más en este punto. 

3. Tecnificación creciente de los servicios primarios. También traté en mi entrada Los certificados de empadronamiento ¿la mano en el fuego? el asunto de la complejidad que presentan actualmente servicios aparentemente primarios como el abastecimiento de agua potable, el alcantarillado, la piscina municipal, o la recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos, etc. 

Esta tecnificación creciente de los servicios tiene su base en la normativa sectorial, que trata de garantizar una calidad mínima en su prestación, así como una seguridad y un respeto a la salud de las personas y el medio ambiente. Y para ello es necesario muchas veces realizar análisis, controles periódicos, comprobaciones, verificaciones, mediciones, etc. para las que ningún/a empleado/a público/a tiene conocimientos ni medios suficientes, siendo obligado el recurso a la contratación.

4. Falta de visión pymel del legislador. Si bien parece razonable que se quiera garantizar una calidad y seguridad mínima en la prestación de servicios, lo que no resulta tan comprensible es que el legislador establezca los requisitos mínimos y los estándares de calidad necesarios pensando a lo grande y sin considerar las peculiaridades de las entidades responsables de cumplirlos. Las leyes se elaboran, aprueban y publican desde la distancia y sin consideración alguna al mundo rural y su especial organización e idiosincrasia, pensando únicamente en los grandes ayuntamientos y exigiéndoles a todos por igual, estén donde estén y sean como sean. 

Esperemos que ahora que se está tramitando un proyecto de estatuto básico para los municipios de menor población -que de aprobarse finalmente supondría la adición de un nuevo título a la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local- se consiga que el legislador comience a recoger previsiones especiales en las normas que apruebe para los municipios de menos de 5.000 habitantes. Mi opinión no es que los habitantes de los pequeños municipios deban recibir servicios de inferior calidad a los de las ciudades o de segunda, sino que soy partidario de que puedan recibir servicios de igual calidad y con las mismas garantías que en las ciudades, pero sin que esto suponga tantas complicaciones para los ayuntamientos encargados de garantizarlos. 


Con todos estos condicionantes, el resultado no puede ser otro que el recogido en mi tesis: las pymel necesiten contratar con profesionales o empresas externas cualquier actividad o servicio que requiera una atención o trabajo continuado de su personal técnico por tiempo superior a las 2 horas, aún a riesgo de que el resultado de su actuación (la tramitado o resuelto) pueda ser declarado nulo de pleno derecho en vía judicial, por haber participado en trámites sustanciales personas o empresas que no tienen carácter de funcionarios o empleados públicos.

De esta forma, se puede afirmar que la administración propia de los minicipios necesita del sector privado no solamente para prestar servicios de calidad a la ciudadanía, sino también para garantizar su funcionamiento básico a nivel interno (cálculo de nóminas, contabilización de ingresos y gastos, pago de impuestos y seguridad social, etc.). Y además, queda demostrado el carácter de las entidades locales como dinamizadores y mantenedores de la actividad del sector privado, debido a la privatización o externalización de gran parte de su actividad.


Inviabilidad del esquema fragmentario

Asumiendo que las entidades locales necesitan del sector privado para poder prestar sus servicios y garantizar su funcionamiento (y especialmente aquellas de menor dimensión), pienso ahora en la cantidad de contratos con gestorías, asesorías laborales, estudios de arquitectura, etc. que deben haberse suscrito para poder garantizar el funcionamiento de los 8.124 consistorios de municipios españoles, y sobre todo de los 6.825 municipios con población inferior a 5.000 habitantes. 

En mi opinión, si la planta local estuviera más concentrada (por agregación de núcleos de población hasta un cierto número de habitantes o superficie y consiguiente reducción del número de consistorios), tal vez las administraciones locales podrían desempeñar por sí mismas muchas de las tareas para las que hoy en día es imprescindible la colaboración del sector privado y sería viable contar con departamentos y personal técnico necesario para realizar desde el sector público lo que con la actual planta municipal ha tenido que ser privatizado o externalizado.   

Todo esto, sin tener en cuenta las dudosas condiciones en las que habrán sido negociados y suscrito los contratos vigentes y el ahorro de costes que supondría contratar de manera agrupada las actuaciones imposibles de realizar en la actualidad desde lo público (no solamente se ahorrarían costes de elaboración de pliegos y tramitación de licitaciones, sino que además se alcanzarían ofertas más ventajosas por volumen de actividad). Esto contribuiría a cumplir los principios constitucionales de eficacia y eficiencia que deben regir la actuación de las administraciones públicas, ¿no creéis?

En este sentido, durante la crisis financiera de 2008-2015 se adoptaron medidas tendentes a promover la fusión de municipios y a reducir el número de consistorios, aunque con escaso éxito. Ningún partido ni gobierno defendió ni defiende actualmente de forma firme la medida de racionalizar la planta local mediante reducción de municipios, ya sea por contentar a los políticos locales que perderían su poder y prebendas o por considerar a la planta municipal como un problema menor, no merecedor de tanta atención y esfuerzo.

Y la población de los municipios tampoco lo demanda. Prefieren mantener el sistema actual con su mamoneo, despilfarro e ineficiencias, a fin de garantizar la representación directa que les proporcionan los representantes políticos "del pueblo", a pesar de que los debates en los Plenos y en otros órganos de gobierno sean de un nivel pésimo. En ocasiones durante estas sesiones, el espectáculo que presencio es de tal naturaleza que viene a mi cabeza la pintura negra de Goya "Duelo a garrotazos".    


- Te llamo al orden por segunda vez.
- Y yo llamo al desorden.


¿Son los minicipios los auténticos putrefactos?

Entre los miembros de la Residencia de Estudiantes, en la que convivieron artistas tales como García Lorca, Salvador Dalí o Buñuel, el término putrefacto se aplicaba a todo lo que oliera a caduco, anacrónico, decadente, tradicional o antivanguardista. A putrefacto se oponía como elogio antiartístico, sinónimo de vanguardia o antidecadente. 

Tanto Dalí como Buñuel representaron en algunas de sus obras la figura de burros muertos como materialización plástica de esa idea de putrefacto. En el caso de Buñuel, esta visión venía reforzada por una vivencia personal de la infancia, cuando en un paseo campestre encontró el cadáver de un burro que estaba siendo devorado por los buitres. 

Y esa imagen es la que quiero utilizar para finalizar mi entrada, pues en el caso de la privatización y las pymel, contemplo a los ayuntamientos de la España rural como burros muertos, hinchados por la putrefacción y acechados por decenas de buitres aprovechando la debilidad del cadáver. 


Minicipio = banquete de profesionales y empresas


Y vosotros/as, ¿estáis de acuerdo con mi teoría sobre el filtro de las 2 horas? ¿teméis también la amenaza de la nulidad de lo actuado por vuestros consistorios? ¿qué opináis sobre la planta municipal española? ¿consideráis que son los minicipios los auténticos putrefactos?


¡Nos leemos!  

martes, 12 de enero de 2021

Los FHCN y el personal de la vieja guardia

En primer lugar, y para evitar malentendidos, quiero aclarar que con esta entrada no pretendo establecer dos categorías de empleados/as públicos/as, de las cuales una esté conformada por habilitados/as nacionales y otra por el resto del personal. Nada más lejos de mi voluntad, a pesar del título de la entrada. Y no quiero dar a entender eso, porque nadie está a salvo de caer en la tentación de contagiarse de los caracteres propios de la vieja guardia que posteriormente detallaré, realice funciones especialmente reservadas o no. Es más, los funcionarios con habilitación nacional ocupan una posición cercana al poder especialmente vulnerable a adoptar las conductas de la vieja guardia, pudiéndose convertir así en la guardia de guardianes: la guardia pretoriana. 


Siempre presente: la vieja guardia

Hecha esta aclaración, que considero fundamental para que cualquier persona que lea la entrada no pueda entender que se trata de establecer una diferenciación de clases entre personal empleado público, debo hacer mención también a su aplicación especial a mi ámbito de trabajo: las secretarías rurales y las agrupaciones de Secretaría. Porque en este ámbito pequeño, lejano a los centros de poder y a la normativa, cerrado a elementos ajenos y con relaciones laborales-familiares-de vecindad cruzadas y arremolinadas, se forma un caldo de cultivo perfecto para que los cuerpos de la vieja guardia prosperen. Y los/las habilitados/as nacionales recién salidos del INAP con la teoría de las concienzudas leyes bien aprendida, cuando llegan al destino reciben un baño de realidad al encontrarse con sus nuevos compañeros: la vieja y bien asentada guardia. Desde ese momento, convertirse o no en parte de ella es una cuestión de tiempo y/o actitud. 


Características de la vieja guardia  

Como supongo habréis intuido de la introducción, la vieja guardia está compuesta por aquel personal con carácter permanente existente en muchos ayuntamientos, que por el hecho de acumular tiempo de relación laboral con el consistorio a sus espaldas ha empezado a conseguir privilegios o a pertrechar actitudes que poco o nada tienen que ver con los principios éticos o de conducta que la normativa establece para todos/as los/las empleados/as públicos/as (de forma resumida en los artículos 52 a 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, pero también en otra normativa estatal y autonómica de desarrollo). Entramos a continuación a describir dichas características:

1. Horarios exiguos. Si algo caracteriza al personal de la vieja guardia, junto a la siguiente característica de esta enumeración, es el haber conseguido para sí unos horarios concentrados por debajo de toda norma. Hasta la crisis financiera de 2010 no estaba muy claro el horario mínimo de los empleados públicos en España, pero a partir de ese momento el horario semanal del personal público quedó aclarado: 37,5 horas semanales como mínimo. Con posterioridad, y a medida que la crisis iba aclarando, se abrió algo más la mano y se permitió reducir la jornada semanal hasta las 35 horas semanales previa negociación colectiva. Pero el personal de la vieja guardia es maestro en la negociación, y ni siquiera le hace falta reunir mesas de negociación o constituir órganos representativos formales para poder negociarse sus horarios, logrando jornadas semanales súper reducidas hablando de tú a tú con el político de turno. En ocasiones, incluso llegando a jornadas inferiores a las 30 horas semanales... ¿Dónde queda ahí la salvaguardia del interés general que a todos los empleados públicos corresponde?

Y estos horarios reducidos son estrictos, no le pidas al personal de la vieja guardia un minuto más a partir de su hora de salida, aunque el río se desborde de su cauce o las oficinas comiencen a arder, sus oídos solo atenderán al sonido de la campana. Y por supuesto, cualquier hora realizada más allá de su horario reducido será reclamada por la vieja guardia en forma de horas extraordinarias o en compensación de horas de trabajo por tiempo de descanso. ¡Faltaría más!

 

Viejo guardia a la carrera a casa,
tras al sonido de la campana

2. Salarios cuantiosos. El personal de la vieja guardia se cotiza y negocia duro el quid de toda relación laboral: las retribuciones. Y no consigue este poder de negociación gracias a su elevada formación o a la escasez de su perfil profesional (normalmente de auxiliar administrativo, administrativo o a lo sumo agente de desarrollo local), sino a la escasez de personal de su administración (en la que cada pieza es imprescindible), a su apego al terreno que le otorga gran conocimiento del municipio y de su gente (por ser normalmente vecinos del municipio) y a su peculiar y caótica forma de ordenar y archivar las cosas, que hace que solo ellos/as puedan encontrar los documentos pasado un tiempo. También es un factor fundamental para que este personal pueda conseguir mejores retribuciones la ignorancia o desconocimiento de la normativa por parte del personal político que rige en cada momento y el carácter dual de estas personas como trabajadoras-electoras: a un alcalde se le convence para que te reconozca trienios aunque por convenio colectivo o contrato no te corresponda, al siguiente se le consigue sacar un aumento del complemento específico, el siguiente te otorga un complemento de productividad de forma fija todos los años y al final estás cobrando casi como dos subescalas superiores a tu puesto de trabajo sin necesidad de haber superado el proceso selectivo propio de dicha subescala. 

3. Funciones variables. Si bien en un principio cuando el personal de la vieja guardia comienza a trabajar (ya sea por oposición o por "estar en el lugar adecuado en el momento adecuado") se muestra dispuesto y con ganas de aprender y asumir nuevos retos y tareas, con el tiempo la motivación y el interés por aprender y asumir funciones se estancan o incluso caen en picado (como puede ser en el caso de personas en momentos cercanos a la jubilación). Otro momento crítico en el que las funciones a desempeñar se pueden utilizar como arma arrojadiza, es cuando este personal intenta lograr un incremento retributivo. La negativa o resistencia por parte del político de turno a subir sus retribuciones, puede ser utilizada para acogerse de manera estricta a la norma y amenazar con no hacer otras tareas que las propias del puesto de trabajo según la ley (que en el caso de la administración local se regulan para cada categoría en los artículos 169 a 175 del Real Decreto Legislativo 781/1986). Esta forma de proceder y de interpretar las leyes a su favor, supondría entre otras cosas que un/a auxiliar administrativo/a solamente pudiera realizar tareas de mecanografía, taquigrafía, despacho de correspondencia, cálculo sencillo, manejo de máquinas, archivo de documentos y otras similares. ¡¡¡Las mismas ahora que en el año 1986!!!  

Esta forma de actuar no solamente paraliza la administración, sino que además sobrecarga de tareas a todo aquel personal del ayuntamiento que tiene voluntad de que las cosas mínimamente funcionen. ¿Os imagináis un secretario-interventor negándose a realizar otras funciones que las que la normativa especialmente reserva a los funcionarios con habilitación de carácter nacional?

4. Abuso de poder. Otra característica que puede aquejar al personal de la vieja guardia es la conducta de utilizar su papel en el ayuntamiento como oportunidad para "poner a cada uno en su sitio" o "ajustar cuentas". Consiste en vengar las rivalidades personales o vecinales que se puedan tener con otras personas haciendo uso para ello del cargo que se ocupa en el ayuntamiento. De esta forma, a mi amigo o familiar le permito realizar un trámite con una simple declaración responsable y a mi enemigo le obligo a traer hasta la partida de nacimiento y la cartilla de vacunación para el mismo trámite, y si puedo le paralizo el expediente o le traspapelo la petición. 

La vieja guardia, conocedora de la necesidad de precisar de los servicios del ayuntamiento tarde o temprano, sabe esperar su momento para hacerle a cada uno pasar el calvario que a su juicio merece, a fin de vengar sus agravios. Esta forma de actuar la he contemplado el alguna ocasión en los ayuntamientos, y me parece el colmo de la falta de profesionalidad. Afortunadamente no es tan común como los caracteres anteriormente explicados. 

5. Multiempleos. Fruto de la primera característica de esta lista (horarios exiguos) y ante tanto tiempo libre, en ocasiones el personal de la vieja guardia se busca un segundo empleo a modo de mini-job. Unos ayudan en negocios de familiares, otros realizan pequeñas chapuzas, hay quien da clases particulares y quien cultiva huertos o cría animales y vende parte de su producción. Y por supuesto todo esto al margen de contratos, impuestos, facturas, seguridad social... y también de solicitar la declaración de compatibilidad exigida en el artículo 14 de la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas para el ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales fuera de las administraciones públicas.

Lo peor es el hecho de realizar todas estas labores al margen de los cauces legales, inflando esa burbuja de la economía sumergida que en nuestro país las estimaciones más pesimistas ubican en torno al 30% de la economía real, mientras en su labor como empleados públicos velan porque la ciudadanía pague sus impuestos o porque las empresas estén al corriente con la AEAT y la Seguridad Social para poder contratar. 

El hecho de no haber solicitado la compatibilidad es menor, pues en la mayoría de casos si la misma se solicitara, la segunda actividad sería declarada compatible. No obstante, la obligación de pedir la compatibilidad la establece una ley y los/las empleados/as públicos, más que cualquier otra persona, deben mostrar ejemplaridad y cumplir las leyes.  

6. Terratenientes. En los pequeños municipios de la España vaciada, donde desempeñamos nuestras funciones los secretariuchos de tercera, los mejores puestos de trabajo suelen ser los que ofrece el sector público, tanto por sus retribuciones como por la estabilidad que presentan (especialmente si tienen carácter permanente, como en el caso de los soldados de la vieja guardia). Resultado de este hecho y del sumatorio de todos los puntos anteriores (1+2+3+4+5) resulta que este personal suele ocupar puestos acomodados o de relevancia social en el ámbito local en que residen, viven cómodamente y son temidos y respetados. ¿Cuántos auxiliares administrativos de pueblos pequeños son conocidos por los vecinos con el sobrenombre de "secretarios" y tratados como tales?

Y esta relevancia social y económica puede reflejarse en la acumulación de patrimonios inmobiliarios, en la construcción de grandes viviendas, en símbolos de estatus tales como llamativos coches o ropa de marca, en pago de formación exclusiva para los hijos, etc. Esta característica es tal vez la más difícil de captar, ya que puede presentar múltiples manifestaciones, que no siempre son fácilmente advertidas. 


Presente la forma que presente,
la vieja guardia siempre diligente


La Secretaría-Intervención y la vieja guardia

Si mis lectores han trabajado alguna vez en alguna Secretaría-Intervención, seguro que han identificado en su mente a algún/a compañero/a o ex-compañero/a como integrante de la vieja guardia según mi descripción de características. 

Y la cuestión es qué puede hacer un/a secretariucho/a de tercera cuando se encuentra tales perfiles en un ayuntamiento. ¿Debe tratar de erradicar todos esos vicios y desviaciones de la normativa, aplicando la norma a rajatabla? ¿Debe dar el tema por perdido de antemano, pensando que las costumbres consolidadas a lo largo del tiempo no pueden ser cambiadas de la noche a la mañana? ¿Debe comenzar a adoptar también para sí mismo las características de la vieja guardia para no sentirse así como un extraño en su centro de trabajo?

No sé qué política estaréis empleando vosotros en vuestros centros de trabajo ante el problema de los usos y costumbres del personal de la vieja guardia. La cuestión es que un secretario rural siempre necesita a ese personal para poder llevar a cabo con éxito sus tareas, independientemente de que sean vieja o nueva guardia (para saber el nombre de un camino, para identificar relaciones familiares entre personas interesadas, para detectar un inmueble en un plano, para buscar un expediente o documento antiguo, etc.). De hecho, incluso se te puede dar la circunstancia de que todos tus compañeros presenten ciertos rasgos propios de la vieja guardia. 

Mi forma de actuación ante este problema es la de "echar una de cal y una de arena". En un principio solamente analizo y observo, pero más adelante trato de aprovechar los momentos clave que se me presentan en el día a día (la incorporación de nuevo personal, la petición de un complemento de productividad, la solicitud de horas extraordinarias, etc.) para encauzar la situación poco a poco, de forma firme pero casi sin que se note, sin forzar la máquina ni generar conflictos fuertes, y motivando y fundamentando las decisiones por extenso, en caso de que alguien se sienta agraviado (incluso reforzando el  mensaje verbalmente a puerta cerrada en el despacho en caso de que resulte necesario).    

Sé que corregirlo todo es imposible, que nunca conseguiré enderezar lo que durante tanto tiempo se ha ido torciendo, pero al menos voy a intentarlo. 

Y vosotros/as, ¿estáis rodeados/as de mucho personal de la vieja guardia? ¿os habéis sentido identificados/as con la descripción? ¿creéis que con el tiempo yo también seré uno de ellos?