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martes, 18 de enero de 2022

Con las alas al viento...

El día 27 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 21 de diciembre de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional

Los puestos de trabajo reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional se proveen ordinariamente mediante concursos de méritos y excepcionalmente mediante libre designación (en una serie de supuestos tasados). Estas dos fórmulas, junto con la asignación de primer destino, la permuta de puestos o la vuelta al puesto reservado desde la situación de servicios especiales son los sistemas de provisión de carácter definitivo (artículo 27 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional)

A dichos sistemas de provisión de carácter definitivo, se unen también otros sistemas de provisión no definitivos, como son los nombramientos provisionales, las acumulaciones, las comisiones de servicio, los nombramientos accidentales o de interinos/as.

¿Por qué lo llaman suerte cuando
quieren decir mérito?

Pues bien, de entre los sistemas de provisión definitivos, que son aquellos en que se nos asigna un destino de forma permanente en el que podemos trabajar y quedarnos tanto tiempo como el cuerpo aguante, el concurso unitario es el rey. Y ello a pesar de que en nuestra normativa el concurso unitario no se configura como el principal concurso anual, sino que este concurso convocado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública tiene carácter subsidiario del concurso ordinario a convocar anualmente por las presidencias de las Corporaciones Locales (art. 29 RD 128/2018, de 16 de marzo).

No obstante, en la práctica la falta de diligencia o de interés por parte de las Corporaciones Locales en ofertar sus puestos libres hace que los concursos ordinarios sean reducidos en cuanto a puestos ofertados y que el concurso unitario posterior sea mucho más cuantioso, ya que salen en el mismo todas las plazas vacantes o que no se hubieran adjudicado en el concurso ordinario. 

El concurso unitario es el momento en el que aquellos/as habilitados/as que llevan al menos dos años desde la asignación de su destino definitivo pueden optar a conseguir un destino mejor por ubicación geográfica, retribuciones, flexibilidad, tranquilidad en el día a día, etc. Los que están lejos buscan un destino más próximo a su domicilio, los que cobran menos de lo que esperaban aspiran a una mayor retribución, los que tienen familiares que necesitan de su atención buscan un lugar de trabajo con horario más flexible o más cercano a su casa, los que pasan nervios en su día a día optan por puestos más tranquilos, los que están en comisión de servicios en un puesto de su categoría aspiran a conseguirlo en propiedad... por lo que en este concurso confluyen muchos intereses y expectativas. La vida de muchos habilitados nacionales es una búsqueda constante del santo grial de concurso en concurso, como indiqué en esta entrada.  

El concurso unitario normalmente suele publicarse en el Boletín Oficial del Estado a principios del mes de noviembre y resolverse a principios del mes de marzo. No obstante, este año al haberse adjudicado por primera vez los primeros destinos a las personas recién ingresadas al cuerpo a mitad del mes de noviembre de 2021 y debido a los recursos y quejas por parte tanto de los/las aspirantes como de los/las interinos/as que ocupaban dichos puestos hasta el momento, la convocatoria del concurso unitario 2021 se ha retrasado más de lo esperado.

El malestar de los/las recién ingresados/as al cuerpo por el escaso y poco apetecible listado de destinos ofertados para su primer destino es comprensible, pero de un breve vistazo a las vacantes ofertadas en mi comunidad compruebo que al menos aquí sí se cumplió lo previsto en el artículo 22.a del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que determina que se ofrecerán para asignación de primer destino los puestos que no resultaron adjudicados en el último concurso unitario. Siempre he pensado que adjudicar el primer destino en el momento del nombramiento como funcionarios de carrera como determina el RD 128/2018 y adjudicarlo como resultado del concurso unitario anual tiene unos efectos muy similares para los recién aprobados/as, ya que en la práctica y salvo contadas excepciones de personas con mucha experiencia previa a aprobar, estas personas parten en clara desventaja de puntuación respecto a las de promociones anteriores, y por tanto solamente pueden aspirar a los puestos restantes que no han sido seleccionados por las personas aspirantes con mayores méritos. 

Sobre el recurso presentado por los/las interinos/as que ocupaban los puestos ahora adjudicados como primer destino no me voy a pronunciar, ya que sobre ello han corrido ríos de tinta en blogs, foros y grupos de whatsapp y yo en repetidas ocasiones me he referido a la función que los/las interinos/as desempeñan en la administración local de nuestro país, con tan insostenible planta (entre otras entradas en esta).  


Mi yincana concursal

Como supongo habréis imaginado tras leer el título, participo en este concurso unitario. Mi experiencia recabando la información necesaria para preparar mi solicitud de participación creo que es digna de contar. 


Así me he sentido yo aspirando a
ciertos puestos del concurso

Empecé mi ronda de contactos telefónicos con los distintos ayuntamientos que me resultaban atractivos como posibles destinos durante los primeros días hábiles de 2022. Ya había pasado al menos una semana desde la publicación de la convocatoria del concurso en el BOE, por lo que pensé que los distintos ayuntamientos habrían recopilado la información suficiente para resolver todas las cuestiones que los concursantes preguntamos y que la confección de mi listado de preferencias sería coser y cantar.

Los aspectos de los puestos de trabajo que quería conocer no eran nada del otro mundo: personal con que cuenta el ayuntamiento, retribuciones del puesto de trabajo, horario de trabajo, organización del gobierno municipal... cuatro cosas para hacer mi petición con un mínimo fundamento y no lanzarme a la piscina tan a la ligera (so pena de pasarme los tres próximos años arrepintiéndome de ello). 

Pues bien, mis llamadas se encontraron con el siguiente panorama:

- Ayuntamientos que ni siquiera sabían que la cobertura de su puesto de trabajo de Secretaría-Intervención se había convocado.

- Consistorios en los que quien me atendió pensó que preguntaba por una oposición municipal y me contestó que estaba equivocado, que ese puesto no estaba convocado. O incluso peor, quien me dijo que ese puesto no podía haberse convocado, pues se había cubierto recientemente (¡con algo tan definitivo como una bolsa municipal de interinos/as!). 

- Entidades en las que nadie supo decirme cuáles eran exactamente las retribuciones del puesto. Confundían el nivel del complemento de destino con el complemento específico, me decían que el complemento específico era el mínimo posible (¿cuál es el mínimo de un complemento específico, cero?), decían que el puesto llevaba tanto tiempo sin cubrirse que no sabían decírmelas, etc.   

- Destinos en los que las únicas personas que pudieron responder a mis preguntas fueron los secretarios/as interinos/as, accidentales o acumulados/as o directamente sus alcaldes/esas. Esto supuso que para hablar con algunos de ellos tuve que llamar hasta 3 y 4 veces a ciertos ayuntamientos. 

- Ayuntamientos en los que el puesto de trabajo ofertado era con una jornada parcial y nada de ello se decía en la convocatoria del concurso.

Total, que para confeccionar mi listado con unos 7-8 destinos posibles tuve que llamar durante al menos 3 mañanas. Mi listado inicial era más amplio, pero algunos destinos se fueron cayendo del listado debido a las malas condiciones que ofrecían. 

Poca información encontré para confeccionar mi listado en los portales de transparencia, a pesar de la exigencia legal de publicar mucha de la información que buscaba. 

En mis consultas telefónicas, a mis interlocutores al otro lado de la línea había que sacarles la información con sacacorchos, aunque ellos no olvidaban preguntar por mi nombre y apellidos para poder buscarme en el listado de méritos y comparar mi puntuación con la de alguna otra persona interesada o incluso con la suya misma.

Hablé con alcaldes y alcaldesas interesadísimos en incorporar un secretario-interventor a la mayor brevedad posible, con secretarios/as acumulados/as a los/las que no les hacía mucha gracia perder su acumulación aunque fuera a favor de un/a compañero/a y con accidentales que muy gustosamente desempeñaban las funciones reservadas y recelaban de un habilitado aspirando al puesto. También supe de ayuntamientos en los que no había ningún interés por incorporar un/a habilitado/a en sus filas, pues aunque nadie me lo dijera expresamente, las condiciones del puesto lo clamaban a gritos.

Llamativo resulta que entre puestos de trabajo de la misma comunidad autónoma y subescala (Secretaría-Intervención) haya diferencias de nivel de complemento de destino de hasta 8 unidades (lo que supone una diferencia de 7.034,86 euros anuales solo en el complemento de destino) y que la retribución total de algunos puestos de trabajo sea más del doble que la de otros puestos similares. ¿Cómo es posible que esto siga pasando? ¿Cuánto tiempo más vamos a permitir que los ayuntamientos sigan fijando las retribuciones de sus puestos de habilitación nacional y privando a sus vecinos/as de una administración solvente de sus asuntos, amparándose en la manida autonomía local? 

En resumen, que mucho tiempo esperando el concurso pero espero que me toque uno de los primeros destinos de mi lista y así no tener que volver a concursar hasta dentro de muchos años. Decidir entre los destinos ofertados con información detallada supone un ejercicio de paciencia y mucha insistencia, aunque creo que merece la pena teniendo en cuenta las diferencias abismales que existen entre unos destinos y otros. 

Y tú, ¿participas en este concurso unitario? ¿qué esperas de tu próximo concurso? ¿qué experiencias has vivido durante tu ronda de llamadas? Estaré encantado de que me lo cuentes en los comentarios. 

Si todavía no has presentado tu solicitud, corre a presentarla antes de las 12 de la noche. No seas Cenicienta dejándolo para el último momento o el encantamiento desaparecerá; que para ser Cenicienta ya tenemos el resto del año en nuestros cenicentamientos.

¡Nos leemos!

Corre Cenicienta, corre más veloz que
la hora oficial de la sede electrónica

lunes, 15 de febrero de 2021

El concurso unitario y el baile de las sillas

En los próximos días o semanas se publicará la resolución del concurso unitario 2020 de provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional convocado mediante Resolución de 30 de octubre de 2020 de la Dirección General de la Función Pública y se producirá, una vez más, el baile de las sillas. 


Creo que por ahí asoma una Tesorería...

Es un momento crucial que solamente se produce una vez al año y que en caso concurrir y obtener destino, no se puede volver a vivir en primera persona hasta tres años más adelante (la tercera convocatoria posterior, que es en la que ya se cumple el requisito del plazo mínimo de dos años en el destino obtenido con carácter definitivo). Por ello, los/las habilitados/as nacionales se ponen muy nerviosos/as y todos/as quieren participar y obtener un destino, tengan o no tengan intención de moverse del sitio que ocupan. 

El concurso tiene como límite que los habilitados nacionales únicamente pueden elegir puestos de trabajo correspondientes a su subescala y categoría. Y por ello, los secretarios-interventores deberán elegir puestos correspondientes a la clase 3ª (agrupaciones de Secretaría, Secretarías-Intervención, Vicesecretarías, Viceintervenciones, Oficialías Mayores, etc.), los secretarios de entrada podrán elegir puestos de Secretaría o Vicesecretaría de clase 2ª y los interventores-tesoreros podrán elegir puestos de agrupaciones de Intervención, Intervención, Viceintervención, agrupaciones de Tesorería, Tesorería o Vicetesorería de clase 2ª. 

Y aunque los destinos obtenidos en el concurso sean irrenunciables, no hay que preocuparse en gran medida si el destino asignado no resulta apetecible, pues en la práctica es raro el caso de habilitados/as nacionales que ocupen el puesto obtenido mediante concurso. 

El día en que se publica la resolución todo son sorpresas y exclamaciones, decepciones y algún que otro disgusto (sobre todo en caso de ser el primer concurso). Pero hay que mantener la calma, ya que a partir de ese momento se pone en marcha la maquinaria del cambio: llamadas telefónicas, mensajes de whatsapp, entrevistas personales con alcaldes e incluso intercambio de cromos. Todo vale para conseguir acercarse a donde se vive o mantenerse donde se está.

Donde empieza el estrés y el trabajo duro es en las direcciones generales de administración local de las comunidades autónomas y en el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). Se avecinan para ellos arduas semanas de tramitación de expedientes de comisión de servicios, sumidos en el complejo de Penélope de tener que deshacer mediante expedientes de comisión de servicios lo anteriormente logrado a través del concurso unitario. 


Las secretarías rurales

Las grandes perdedoras de estos concursos unitarios son sin duda las secretarías rurales. Antes de la convocatoria del concurso, su personal ha comunicado al ministerio o a la dirección general de administración local que la plaza de Secretaría-intervención sigue vacante después de años y años, o bien que ha quedado recientemente vacante tras la huida del enésimo ocupante interino.

Y cuando estos municipios ven publicada la resolución del concurso se alegran: ¡por fin tendremos secretario/a! Después de tanto tiempo esperando un/a habilitado/a, se sienten como si les hubiera tocado la lotería. 


¿Quién será mi habilitado nacional?


Pero la alegría dura poco, solo hasta el momento en que reciben la llamada del candidato asignado y éste comunica su intención de no aparecer en el municipio más que para la toma de posesión del destino y si te he visto no me acuerdo. Muchos habilitados prefieren mantenerse en los puestos de categoría entrada o superior que ocupan, mejor pagados y más próximos a sus casas o simplemente más tranquilos. 

De esta forma, el pueblo pequeño se queda sin secretario, los pueblos más grandes o mejor ubicados aglutinan a los habilitados nacionales de todas las subescalas y los puestos reservados a habilitados nacionales en las secretarías rurales quedan a merced de las bolsas autonómicas de interinos o de esforzados funcionarios accidentales. 

Pregunta naíf: ¿Y para qué optar a un destino si no se tiene la más mínima intención de ocuparlo?

Respuesta: Por si acaso pasa algo, tener un destino decente al que recurrir. Por si acaso... no me conceden la comisión de servicios que quiero. Por si acaso... la plaza que ocupo en comisión se asigna en el próximo concurso. Por si acaso... me putean donde trabajo y tengo que salir por patas. Por si acaso... no me renuevan la comisión de servicios. Por todo ello, está bien tener una plaza asegurada en un destino decente (=cercano y bien pagado).

Y así, mientras los habilitados nacionales con más experiencia y puntos ocupan una plaza de hecho (la que desarrollan efectivamente, normalmente alrededor de las ciudades y de subescala superior a la suya) y otra plaza de derecho (la que no ocupan, pero que les es reservada por haberles sido asignada en el concurso unitario), los habilitados nacionales novatos son desplazados a puestos más remotos o peor pagados. El resultado es que quedan libres puestos de trabajo que podrían ser el destino soñado para esos habilitados novatos (por su ubicación, por sus retribuciones, etc.), solo porque los habilitados más antiguos escogen pueblos a los que no tienen voluntad alguna de ir.

¿Y a quién beneficia esta forma de actuar? Claramente a los integrantes de las bolsas de interinos y a los accidentales, que pueden terminar ocupando los puestos que los funcionarios de carrera ya querrían para sí, sin necesidad de aprobar la oposición ni despeinarse. 

Una vez más, el egoísmo frente al espíritu de grupo, el individualismo frente al beneficio de todo el cuerpo. Como expliqué en una entrada anterior, vuelve el lema del Media Markt: la avaricia me vicia


Habilitados antiguos, a la caza de un
nuevo destino... por si acaso

   

La permanencia en el puesto: Roma no se construyó en un día 

Entre los criterios que se valoran en el concurso unitario, algunos son comunes en el sistema meritocrático de acceso a la función pública y carrera aplicable a nuestra administración: servicios prestados, titulaciones académicas, cursos de formación y perfeccionamiento, conocimiento de lenguas autonómicas, etc. 

No obstante, también existen otros méritos más peculiares del cuerpo de habilitados nacionales, que tratan de evitar o al menos mitigar que se produzca el baile de las sillas del que anteriormente hablábamos. Por ejemplo: valorar con distinta puntuación los servicios prestados en la subescala a la que se pertenece que los prestados en otras subescalas o valorar la permanencia continuada en el puesto reservado. 

Con esto, el legislador ha tratado de luchar contra el constante cambio de puesto de trabajo y la gran movilidad (casi diría fugacidad) que se produce en nuestro cuerpo. 

Porque aterrizar en un ayuntamiento, conocer y analizar su situación, coger las riendas e implementar mejoras para conseguir objetivos, es una cuestión de tiempo. Y el legislador busca precisamente eso: que los destinos se ocupen definitivamente, la permanencia, la concentración, el esfuerzo y el cumplimiento de objetivos. Todo esto sin perder de vista la oportunidad que estos concursos suponen para la repoblación de la España interior y para la lucha contra el reto demográfico. 


Permanencia, concentración y esfuerzo


Además, pienso que es muy diferente la sensación de trabajar para un ayuntamiento que no es tu destino definitivo y del cual te puedes ver privado en cualquier momento (como por ejemplo con la resolución de un concurso o por la voluntad política de no renovar una comisión de servicios), que la de trabajar para un ayuntamiento que es tu destino definitivo, en el que puedes estar trabajando hasta que te canses y que podría llegar a convertirse en el lugar en que sentirte como en casa. 

Conozco casos de compañeros que estando ocupando puestos de trabajo en nombramiento provisional o en comisión de servicios y deslomándose para poner los asuntos retrasados al día, el puesto les fue "robado" en un concurso méritos. Y lo peor, por habilitados nacionales de municipios vecinos que estaban al tanto de la situación.   

 

Por último, solo me queda desear buena suerte a todos aquellos  habilitados y habilitadas que hayan participado en este concurso unitario 2020. Espero que los destinos asignados cumplan sus expectativas. Y si no es así, paciencia; los días siguientes van a vivir un aluvión de ofertas por vías formales (sobre todo vía colegios profesionales) e informales (por cualquier otra vía, correos electrónicos, whatsapp, incluyendo llamadas desesperadas de alcaldes y alcaldesas). 


Y sobre todo... atentos a la música. El baile de las sillas no perdona. 


¡Nos leemos!