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domingo, 19 de diciembre de 2021

2021: el año que vivimos peligrosamente

A lo largo de todo este año 2021 el cuerpo de habilitados nacionales ha atravesado diversos estados: desde la desunión, el individualismo y el vapuleo continuo en que lleva sumido desde hace años, hasta la ilusión y la esperanza que inspiran la cohesión y la coordinación mostradas en los últimos meses para rechazar los ataques externos y defender nuestros derechos. 

Si bien es cierto que hemos sufrido acontecimientos muy desfavorables (las medidas adoptadas para la reducción de la temporalidad, la amenaza de fraccionamiento del cuerpo en ámbitos forales o regionales, el incremento indiscriminado de cargas laborales a golpe de normativa, etc.) también ha habido otros favorables  (la movilización de los colegios oficiales, la unión del cuerpo para reivindicar derechos, etc.). 

He empleado un poco de mi tiempo para realizar este pequeño video en el que se recogen algunos de los momentos cruciales de este año que, o bien nos han afectado como cuerpo, o bien tienen relación con nuestro ámbito laboral: la administración local. Seguro que me dejo otros acontecimientos relevantes o imprescindibles para la vida local que también merecerían haber sido mencionados, ruego disculpéis mi descuido. 

Os animo a pasar una navidad mágica y luminosa y a seguir viviendo día a día peligrosamente. No somos moneda de cambio.

¡Nos leemos! 


viernes, 1 de mayo de 2020

Mi primer cumpleblog

Hoy justamente hace un año que publiqué mi primera entrada en este blog. Han pasado 12 meses, 27 entradas y muchas vivencias y aprendizajes. 

Aunque sólo han sido 12 meses, a mi me han parecido muchos más. Supongo que habrá influido en ello el hecho de que los dos últimos he estado confinado en solitario en uno de los minipueblos en los que vivo y trabajo y donde me desplacé con motivo de la obtención de éste mi primer destino en el concurso unitario de 2018. Estos dos meses sin compañía y sin desconexiones durante los fines de semana se me están haciendo muy largos. 

#happybirthdaytome

Y si tengo que hacer una valoración de este último año de mi vida, sería la siguiente:

- A nivel profesional la experiencia ha sido agridulce. Por un lado he conseguido algunos de los objetivos que me planteé cuando llegué aquí por primera vez y vi el panorama, pero por otro lado he desistido de otras metas que ni he conseguido ni estimo posible llegar a conseguir. Existen objetivos que aún no he conseguido materializar, pero en los que sigo trabajando día a día con la esperanza de lograrlos tarde o temprano.

Durante este tiempo, el hecho de tener que realizar funciones en todos los ámbitos de la actuación municipal y de haber trabajado en muchos campos nuevos para mí, me hace sentir que me estoy convirtiendo en una auténtica navaja suiza. Esto no quita que a veces eche de menos mayor colaboración e implicación por parte del resto del personal de los ayuntamientos y que, en ocasiones, sienta la conocida como soledad del habilitado. 

- A nivel personal el panorama es más inestable. El hecho de haberme venido a vivir a un pueblo cuya población no llega a los 500 habitantes y no ver a mi familia y amigos durante toda la semana hace que mi vida personal esté en una especie de hibernación. Si a esto le sumamos la ausencia de metas personales y de entretenimientos o pasatiempos en los que ocupar la mente, la situación empeora. 

Lo cierto es que muchos días acabo la jornada laboral agotado y no tengo ganas de nada. Los fines de semana, cuando puedo salir del pueblo, trato de cambiar de aires y llevar una vida relajada y con más alicientes, aunque a veces cuando llega el viernes estoy tan cansado física y sobre todo mentalmente que me limito a hacer las tareas básicas imprescindibles para la supervivencia (compra, limpieza, cocinar, etc.). 

Está claro que tengo que buscarme un entretenimiento con el que llenar las horas y que me haga feliz. Si estuviera en la ciudad o en algún sitio con más posibilidades sin duda me apuntaría a una ONG o alguna asociación sin ánimo de lucro para hacer actividades por los demás (acompañar ancianos que viven solos, etc.) o me apuntaría a alguna actividad de ocio o educativa que me apeteciese. Aquí donde vivo el ocio está más limitado y el deporte (aunque trato de practicarlo) no es mi gran pasión. 

Este año ya he visto pasar mi primer concurso unitario sin poder participar, todavía tendrá que pasar otro más por delante de mis narices y ya entonces podré concursar de nuevo, esperando conseguir un destino más próximo a mi hogar para por lo menos dormir en mi cama todas las noches. No obstante, y vistos los destinos que se ofrecen en los últimos concursos, no descarto la idea de no participar en dicho concurso si no es que no hay algún destino me entusiasme y sea una buena opción para mí. Siempre quedará la vía de la comisión de servicio para buscar mi lugar. 

- A nivel de blog, os he ido narrando mis reflexiones desde la trinchera de la administración local con mayor o menor regularidad durante todo el año, y tengo todavía muchos temas que me parecen interesantes por tratar. Me encanta leer los blogs de los compañeros de profesión y sus vivencias de ayudan a abstraerme de la visión tan minimalista de la administración local que ofrecen las secretarías rurales o secretarías de tercera (aún más agravada en el caso de las agrupaciones de secretaría, como es mi caso). 

Al mismo tiempo, escribir mis ideas y compartir mis visiones con quien quiera leerlas me sirve de desahogo y de entretenimiento. Y el hecho de hacerlo bajo el seudónimo de "Secretariucho de tercera" me permite expresarme con mayor libertad, sin sentirme observado o enjuiciado. 

Gracias por acompañarme durante este mi primer año de blog.

¡Nos leemos!

Mi deseo para este año:
seguirnos leyendo

lunes, 2 de marzo de 2020

Las prestaciones personal y de transporte ¿anacronismos legales?

Los artículos 128 a 130 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, regulan las prestaciones personal y de transporte de los ayuntamientos como dos recursos más de los municipios. 

Para quien no lo sepa, las prestaciones personal y de transporte son recursos de las haciendas locales que se pueden establecer en municipios de hasta 5.000 habitantes a través de ordenanza fiscal. Pueden imponerse de forma separada una u otra prestación o incluso simultáneamente, pues la ley determina que son compatibles entre sí. Consisten en la obligación de prestar servicio personal o con un medio de transporte afecto a una explotación empresarial por parte de las personas físicas residentes (en el caso de la prestación personal) o de las personas físicas y jurídicas residentes (en el caso de la prestación de transporte), y siempre para la realización de obras de competencia municipal o que hayan sido cedidas o transferidas por otras entidades públicas. 

Esa es la teoría, pues en la práctica solamente nos acordamos de estas exóticas figuras cuando redactamos las pruebas tipo test de las oposiciones, a fin de preguntar cuestiones clave como hasta qué tamaño de población pueden exigirse dichas prestaciones, por qué importe pueden ser redimidas a metálico dichas prestaciones, cuántos días puede durar como máximo dicha obligación o quienes están sujetos a tal prestación. Saberes fundamentales e imprescindibles para cualquier auxiliar o administrativo que se precie vaya, sobre todo si tenemos en cuenta la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados que exige el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015. 

Pero en la vida real estas figuras rara vez se dan. Han quedado petrificadas en el tiempo como figuras legales fósiles, olvidadas, arrinconadas y en muchas ocasiones no expresamente derogadas aunque no se apliquen (os sorprendería la cantidad de portales de transparencia en los que aparecen ordenanzas reguladoras de estas prestaciones). 

Pero en la cabeza de un edil o concejal del siglo XXI, estas figuras no tiene cabida. Suenan como el diezmo eclesiástico o el derecho de pernada del señor feudal («ius primae noctis» = «derecho de la primera noche») y no pueden tener cabida en la época de la transparencia, la administración electrónica, el gobierno abierto y las smart cities. 

Prestaciones personal y de transporte
en vigor, esperando su gran momento
 

La despoblación y la necesidad de transporte

En los últimos tiempos, y como consecuencia de la despoblación que padece el mundo rural, la necesidad de transporte está siendo cada vez mayor. Al reducir los municipios su población, las empresas que prestan el servicio de transporte de pasajeros a otras ciudades o capitales de provincia reducen su frecuencia de paso. Y si la población desciende aún más, las empresas de transporte al final dejan de hacer parada en dichas poblaciones. Y con ello, la despoblación no hace más que acelerar el ritmo.

Posteriormente, cuando ya no pasa ningún medio de transporte por el municipio y la escasa población es cada vez más y más anciana, la necesidad de contar con un medio de transporte para dicha población se hace más acuciante. Lo necesitan para trasladarse a otras ciudades cercanas para ir al médico especialista, para sacar dinero en el banco, para hacer pequeñas compras o para hacer trámites administrativos, pues gran parte de dicha población no conduce o no debería conducir por las carreteras peligrosas y llenas de curvas de la España vaciada. 

Es entonces cuando los microayuntamientos recuperan la figura de la prestación de transporte, pero en su versión modernizada (una especie de prestación de transporte profesionalizada y revisitada): ponen una furgoneta o minibús del ayuntamiento, contratan a un/a conductor/a y así trasladan a los vecinos ciertos días a la semana a hacer sus "recados" a las poblaciones colindantes o bien contratan directamente los servicios de taxistas profesionales para dicha finalidad. Ya no es la prestación de transporte que prevé la norma reguladora de las haciendas locales, con sus cambios constantes de conductores, de vehículos, con la falta de profesionalidad y posiblemente de disciplina de ciertos vecinos conductores obligados, etc. Pero en el fondo, es más de lo mismo, porque los recursos que antes ponían los vecinos para la prestación del servicio, ahora también los ponen los mismos vecinos, aunque en forma de impuestos y con la posibilidad de establecer un copago por uso. Se trata de una última medida desesperada contra la despoblación, porque una población mayor e incomunicada no puede tardar mucho en mudarse a casa de un familiar en otro municipio o a una residencia de ancianos. 

Veamos dicho proceso con casos reales:

1º Reducción de la frecuencia de paso de los medios de transporte interurbanos: Pueblos sin transporte público: llega el siguiente paso de la despoblación


3º Prestación directa o indirecta por el ayuntamiento del servicio de traslado de vecinos a municipios cercanos para satisfacer necesidades médicas o administrativas: Cinco consultorios llevan más de un mes sin atención médica 


Un coche para frenar la despoblación (servicio prestado por Cruz Roja)

Alcalde al volante en maniobra de adelantamiento
a la despoblación

Falta de intervención pública, posibilidad de iniciativa privada

Pero no todos los pueblos cuentan con los medios económicos y personales para poner en marcha el servicio de traslado de sus vecinos/as a otras ciudades cercanas. Es en esos casos en los que cabría que los consistorios aplicaran la prestación personal y de transporte para lograr sus objetivos, pero gracias a las aportaciones y medios de sus vecinos. 

Otra alternativa a la de trasladar a los vecinos las ciudades cercanas, es que las ciudades vayan a los vecinos. Si Mahoma no va a la montaña, la montaña va a Mahoma. Y esto puede conseguirse gracias al surgimiento de iniciativas privadas como esta, que suplen la carencia:



Se trata de una empresa familiar de logística que se dedica a distribuir productos desde la capital a los los pequeños municipios de Soria, cubriendo todas las necesidades de su población, desde productos de alimentación hasta servicios a demanda. Y lo mejor de todo, lo consiguen a un precio equivalente al que supondría adquirir dichos productos o servicios en la misma capital. Sin duda, una iniciativa perfecta para luchar contra la despoblación y emprender en el mundo rural. 


No estaban muertas, estaban de parranda

Si de la lectura anterior alguien había deducido que las prestaciones personal y de transporte estaban muertas, nada más lejos de la realidad. Durante la preparación de esta entrada, me he preguntado a mi mismo si existe algún municipio que todavía aplique dichas figuras, y he estado buscando ordenanzas fiscales reguladoras de esas prestaciones aprobadas ya en pleno siglo XXI. Y aunque no muchas, alguna sí he encontrado. 

Os dejo a continuación dos enlaces de ordenanzas fiscales reguladoras de las prestaciones personal y de transporte que fueron aprobadas después de la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:



Me hubiera gustado culminar la investigación contactando con dichos ayuntamientos y preguntando si realmente las aplican y cómo las articulan.


Por último os dejo con la interesante entrada que el compañero secretario Ignacio Pérez Sarrión escribió sobre estas prestaciones en el año 2013, y en el que contempló dichas figuras como una posible vía de hacer frente a la escasez económica que padeció nuestro país con la crisis económica y financiera de 2007 y para que todo el mundo contribuyera en la medida de sus posibilidades al interés común: Peláez, es usted voluntario para servicios mecánicos. Una lectura muy interesante, tanto por su opinión al respecto como por venir de un testigo presencial de la aplicación de dichos recursos municipales en la vida de un ayuntamiento. 

¡Nos leemos! 

Cuentan que si entras en el portal de transparencia con
todas las obligaciones de la OVELL cumplidas, puedes encontrar
prestaciones personales y de transporte así de animadas

lunes, 10 de febrero de 2020

La selección de los habilitados nacionales

En mi entrada anterior El camino a la secretaría rural: una camino de rosas y espinas expliqué, para todos aquellos lectores que no conocen nuestro ámbito de actuación, las distintas figuras que conviven realizando las funciones reservadas a los habilitados de carácter nacional y el proceso a atravesar para poder convertirse en habilitado nacional. Centraré esta entrada precisamente en esta última parte, la relativa al proceso selectivo de los/las habilitados/as nacionales. 

Nuestro proceso selectivo: una carrera de obstáculos.

Precisamente en dicha entrada describí someramente, en qué consiste el proceso selectivo de los secretarios rurales (secretarios-interventores):

1ª. Desarrollo por escrito, en el plazo máximo de 90 minutos, de un tema de carácter general elegido por el aspirante de entre dos propuestos por el tribunal en relación con los temas contenidos en la parte general y especial del temario.

Este ejercicio debe ser leído en lectura pública ante el tribunal.

2ª. Exposición oral en sesión pública ante el tribunal, durante un máximo de 30 minutos, de tres temas extraídos al azar de entre los comprendidos en el programa, dos de la parte general y uno de la parte general.

A continuación el tribunal puede entablar un diálogo con el aspirante sobre los temas de la exposición oral.

3ª. Resolución por escrito de dos supuestos prácticos, uno de carácter jurídico y otro de carácter económico referentes a las funciones del puesto durante un máximo de 3 horas, relacionados con la parte general y especial del programa y consultando textos legales. 

4ª. Traducción directa e inversa sin diccionario de una lengua oficial en las comunidades autónomas o de un idioma extranjero (francés o inglés) en una hora. Esta prueba es voluntaria.

Todas las pruebas anteriores se realizan en Madrid. 

A estas pruebas les sigue un curso selectivo de 1.500 horas de duración organizado por el Instituto Nacional de Estadística (INAP) con clases, actividades, pruebas teóricas y prácticas.

El temario para estas pruebas cuenta con 92 temas en la parte general y con 52 temas en la parte especial. En total son 144 temas. 

Para las categorías de entrada de Secretaría e Intervención-Tesorería el proceso es parecido, si bien con mayor dificultad, pues en la segunda prueba se deben exponer oralmente cuatro temas extraídos al azar en un total de 40 minutos y en la tercera prueba los supuestos prácticos a resolver son únicamente referentes a funciones de Secretaría o de Intervención-Tesorería, pero con mayor especialización. Además, en estas categorías el número de temas se incrementa hasta los 96 temas de la parte general y los 56 temas de la parte especial. En total son 152 temas. 

Podéis encontrar más información sobre el proceso selectivo de estos cuerpos en los siguientes enlaces, correspondientes a las últimas convocatorias realizadas en el momento de la publicación de esta entrada:



Las pruebas selectivas

El hueso duro de roer del proceso para convertirse en habilitado nacional son, sin duda, las pruebas selectivas. Superar dichas pruebas requiere de una media de 2-3 años de preparación, dependiendo de si se está trabajando o dedicándose íntegramente al estudio, dedicando 5 o más horas diarias a la preparación de los exámenes, del refuerzo y orientación de una academia o un preparador personal y de mucha fuerza de voluntad y sacrificio, aparte de una solvencia económica para hacer frente a la compra de temarios, preparadores, viajes para realizar los exámenes, etc. 

Hay casos excepcionales de personas con una gran capacidad de estudio y/o de retención que pueden llegar a superar estas pruebas selectivas en un solo año (es decir, aprobarlas a la primera), pero son casos contados y en absoluto la norma general. También hay quien supera las pruebas después de más de 5 o 6 años de estudio e intentos infructuosos... por eso considero que 2-3 años de preparación es la media de tiempo invertida por los que finalmente lo consiguen. 

Este proceso selectivo tienen múltiples detractores por diversos motivos, entre otros:

- Por el carácter memorístico de algunas de las pruebas (principalmente de la segunda prueba, la exposición oral, que se realiza con un cronómetro cantando los temas frente a un tribunal).

El cerebro es como una maleta:
bien ordenadito, cabe todo. 

- Por el excesivo esfuerzo que requiere la preparación, que lo convierte en un cuerpo poco atractivo para los mejores expedientes universitarios, ya que después de pasarse 5-6 años sacándose la carrera o el grado (es necesario tener título de licenciatura o grado para poder acceder al puesto), deben seguir estudiando unos años más para superar la oposición,  mientras que en el sector privado el acceso es inmediato. 

- Por el centralismo derivado de la realización de todas las pruebas en Madrid, que obliga a los aspirantes del resto de España a desplazarse a la capital hasta en 5 ocasiones sólo durante las pruebas selectivas (en 6 ocasiones si se desea realizar la prueba voluntaria de idiomas). 

- Por la escasa validez de los conocimientos adquiridos en el proceso y la deficiente adaptación de los temarios al trabajo diario en los ayuntamientos donde los aspirantes terminarán trabajando. 

 - Por el elevado coste económico que comporta la superación de las pruebas (compra de libros, pago de preparadores, dinero para poder dedicarse a tiempo completo...), que suponen un filtro social y convierten estas oposiciones en algo "clasista", reservado para las élites. 

El argumentos sobre del carácter memorístico de las pruebas selectivas se ha acentuado en los últimos años, con motivo de la aplicación progresiva de la inteligencia artificial, que parece que sustituirá cada vez más y más empleos, se dice que incluso a los gabinetes jurídicos e interventores. No obstante, este argumento se ha esgrimido desde siempre a la hora de criticar las pruebas. 

Y yo personalmente no comparto esta crítica, ya que de mi experiencia conozco que el hecho de conocer y poder citar la normativa de memoria, supone que en el momento en que surge la duda sobre cómo actuar o cómo proceder ante un acontecimiento, la respuesta es inmediata o el tiempo invertido en la búsqueda de la solución es mucho menor. Y esto es posible, sobre todo, gracias a ese gran dominio de la normativa que sólo es posible conseguir a base de horas y horas de estudio. Porque si una cosa echamos de menos en nuestra realidad laboral los secretarios, interventores y tesoreros, esa es sin duda el tiempo para pensar y reflexionar. 

Respecto al argumento sobre el excesivo esfuerzo necesario para la preparación de las pruebas, este proceso selectivo como su propio nombre indica actúa seleccionando a los mejores aspirantes y dejando a un lado a aquellos menos válidos o con menor capacidad de esfuerzo y sacrificio. Y eso también es selección de la excelencia, pues aunque la gente más brillante no se decante por el sector público, la constancia también es una cualidad valiosa. Además, hay que considerar que el proceso selectivo puede ser duro, pero la vida profesional en ocasiones lo es mucho más. ¿No pensáis que debe ser más duro trabajar sufriendo una situación de acoso laboral? ¿No os parece más duro luchar contra las rutinas de trabajo consolidadas a través de los años para conseguir que se cumpla la normativa? ¿No os parece duro ponerse al mando en el que no ha habido un habilitado de carrera en décadas? En este aspecto, mi opinión es que la oposición puede ser dura, pero te prepara para las situaciones duras e incluso extremas a las que tendrás que hacer frente en tu vida laboral.

En cuanto al carácter centralista de las pruebas, por realizarse todas ellas en Madrid, pienso que el perjuicio que se origina a las personas de provincias frente a los aspirantes de la capital se compensa con el hecho de que existan uno o varios tribunales únicos que utilicen los mismos criterios de selección y valoren a los candidatos de forma equivalente. Esto, con tribunales en distintas comunidades autónomas no sería posible (¡y recordemos el desbarajuste que se produjo cuando se delegó en las comunidades autónomas la convocatoria de oposiciones a habilitados estatales, con temarios de lo más diverso!). 

En referencia a la escasa adaptación de los temarios a las labores diarias del futuro habilitado nacional, pienso que es adecuado aprender cómo debe ser el funcionamiento ideal o teórico de un ayuntamiento, aunque después en la práctica se presenten mil y una eventualidades divergentes con la normativa. Para el choque con la realidad siempre hay tiempo, y además para conocer la realidad del mundo local ya está pensada la segunda parte de la selección, el curso selectivo. Y aunque hay personas que critican el hecho de que para aprobar deban adquirirse conocimientos que difícilmente tienen aplicación al minifundismo local (por ejemplo, las operaciones de cobertura de riesgos financieros como el tipo de interés: cap, floor, forward... para acabar trabajando de secretario-interventor en un pueblo de 500 habitantes), el principio del derecho qui potest plus, potest minus (quien puede lo más, puede lo menos) sirve para apoyar la complejidad frente a la simplicidad. No olvidemos que muchos secretarios-interventores acabarán trabajando en puestos de entrada o incluso de superior por el hecho de no haber suficientes funcionarios de carrera de dichos niveles para ocuparlos. 

Por último, respecto al carácter clasista de estas oposiciones, por su elevado coste económico que actúa como filtro social, aclaro que yo preparé las oposiciones mientras trabajaba. Es muy duro conseguirlo de esta manera, pero es posible. Y en mi promoción había muchos aprobados que venían de una situación similar. 

Trabajar, opositar y morir al mismo tiempo... ¡es posible!

La alternativa a esta forma de actuar, sería que se pusieran en marcha becas para opositores, de manera que gente proveniente de todas las clases sociales pudieran acceder a estos puestos de trabajo. Ya lo hacen algunas academias como CEF (Descuentos de excelencia 2019-2020) o ADAMS (390 becas de ADAMS para preparar oposiciones (curso 2019/2020)) e incluso algunas administraciones públicas han creado líneas de becas para intentar atraer el talento hacia sus puestos de trabajo. El caso más conocido de concesión de becas a opositores por la administración es el de la Generalitat Valenciana, que en 2019 creó unas ayudas para la preparación de oposiciones del grupo A de su administración. No obstante, debido a la dificultad de justificar el aprovechamiento de dichas becas y al rechazo social que generó dicha convocatoria (El TSJ busca 'damnificados' por las becas de la Generalitat para opositar a funcionario36 opositores no pueden justificar que tienen un preparador y pierden la beca de la Generalitat), no parece que será el modelo a seguir en futuros ejercicios. 


El curso selectivo

Si las pruebas selectivas son la parte más hardcore del proceso, el curso selectivo organizado por el INAP siempre ha sido mucho más llevadero. En mi promoción, los profesores que impartían el curso iniciaban sus ponencias felicitándonos a los alumnos por haber llegado hasta allí, tranquilizándonos con la aclaración de que la parte de selección había acabado e invitándonos a socializar y a tejer redes entre nosotros para poder recurrir a ellas en momentos de necesidad futuros.

Fue un curso de 500 horas, unos cuatro meses de clases por la mañana (de 8 a 14 o 14:30) y algunas tardes sueltas, en el que profesionales de distintos ayuntamientos de toda España pasaron por el aula impartiendo sus conocimientos y su manera de trabajar. También incluyó la realización de distintos ejercicios, actividades en grupo y una fase final de prácticas en un ayuntamiento de elección del alumno, preferiblemente del tamaño y población propias de la categoría de Secretaría-Intervención. 

En la convocatoria relativa a la Oferta de Empleo Público de 2017 cambió la cosa, y en vez de ser un curso de 500 horas pasó a tener 1.500 horas y una duración de unos 10 meses, como en las categorías de entrada. En dicho periodo los alumnos asistían a un ayuntamiento de su elección durante 3 semanas cada mes y la última semana iban a Madrid a algunas clases. Creo que con este nuevo formato, el INAP buscó atacar las críticas de que el proceso selectivo no garantizaba que los candidatos seleccionados supieran trabajar y gestionar el día a día de los consistorios. No he recibido opiniones de si se ha conseguido o no dicho objetivo. 

Tanto en un formato como en el otro, el curso selectivo siempre levanta muchas críticas. Unos dicen que es demasiado teórico, otros opinan que es tan avanzado que parece que está hecho pensando únicamente en los alumnos que anteriormente han trabajado como interinos, algunos que es demasiado largo, otros que lo único bueno del curso son las cervezas de las tardes...

Para mí, después del gran esfuerzo que me supuso sacar la oposición estudiando, trabajando y sacrificando muchas horas de dedicación a mi mismo, fueron unos meses fantásticos, en los que aprendí muchísimo, descansé también, conocí a mucha gente y me sentí muy privilegiado de que grandes profesionales me explicaran cómo gestionar el día a día del ayuntamiento. Fueron unos meses en los que me volví a sentir universitario otra vez. 

En un curso en el que se junta tanta gente que ha estado encerrada en sus casa durante los últimos 2-3 años prescindiendo de pasar tantos buenos ratos, joven en gran parte y con el futuro asegurado, es difícil que la alegría no se desborde y haya momentos de juerga e incluso se produzcan ciertos desfases. Pero esto también forma parte de ese ejercicio de tejer redes de contacto, de networking, de hacer equipos que en el futuro nos puedan servir de apoyo en la larga y a veces tortuosa vida del/de la habilitado/a. 

¿Alguien me puede explicar por qué mi banco de imágenes me
muestra esta imagen cuando busco "fiesta loca"?

Por todo lo anteriormente expuesto, considero que el sistema selectivo de los habilitados nacionales a pesar de ser mejorable, tiene más luces que sombras y garantiza la elección de gente válida, con capacidad de resistencia, esfuerzo y constancia. 

Y tú, ¿qué opinas del trance que te hizo/hace vivir?


¡Nos leemos!

sábado, 25 de enero de 2020

La rebelión del ámbito rural

En anteriores entradas de este blog he manifestado mi pecepción de que una parte de la ciudadanía, influida o no por los medios de comunicación, ve a los pueblos como un elemento paródico, cómico, como un hazmerreír y convierten a los habitantes del mundo rural en blanco fácil de sus mofas y burlas. 

Desde las ciudades, estas personas piensan que en los pueblos sólo se queda a vivir la gente menos válida, la más incapaz de ganarse la vida y prosperar en las ciudades, ya sea porque es más tonta, porque está peor formada o directamente por no tener ganas de trabajar y preferir vivir con menos en el ámbito rural, o directamente vivir de los subsidios/ayudas/subvenciones que obtienen en dichos entornos. 

Se piensa que los habitantes del mundo rural son gente paleta, analfabeta, estilísticamente desfasada, inculta y conformista e incapaces de esforzarse y progresar.

Y es tanto tiempo ya el que dichos mensajes se han ido reproduciendo en los medios y el mensaje ha calado tanto en la sociedad, que los vecinos de la España vaciada han empezado a rebelarse. 

Aquí una muestra de dicho tratamiento denigrante de la población de mundo rural en los medios de comunicación:




La rebelión del mundo rural

Aunque hubo manifestaciones del mundo rural muy anteriormente (Teruel existe, Soria ¡Ya! y otras plataformas de carácter más sectorial de la agricultura, ganadería, las infraestructuras, etc.), la manifestación que marcó un hito y supuso un antes y un después en la rebelión rural fue la del domingo 31 de marzo de 2019 en Madrid bajo el lema "La revuelta de la España vaciada". 

Entre 50.000 (según la Delegación del Gobierno) y 100.000 (según las organizadoras) manifestantes se reunieron ese día en Madrid para pedir un Pacto de Estado contra la despoblación que afecta a gran parte del territorio de nuestro país, así como para expresar su hartazgo de escuchar promesas políticas que finalmente nunca se cumplen (sobre esto ya hablé en mi entrada Elecciones Municipales: oda al tractorismo). Supongo que algo tendría también que ver el hecho de que tan sólo 1 mes después había convocadas unas elecciones generales y 2 meses después unas elecciones autonómicas y locales. 

Con esta manifestación se puso de moda la expresión de España vaciada (que otros prefieren denominar España vacía, despoblada o abandonada) y el problema de la despoblación y el éxodo rural que afecta a nuestro territorio se coló en las agendas de los medios de comunicación y de los partidos políticos con aspiraciones de gobernar. 


Dejo a continuación unos enlaces para que podáis haceros una idea de cómo se reflejó dicha manifestación en los principales medios de la prensa nacional:


La ‘España vaciada’ clama por una gran alianza contra la despoblación (El País)

La España vaciada toma Madrid para reclamar el fin del abandono del mundo rural (ABC)
La España interior alza su voz en plena disputa por el voto rural (El Mundo)
'La España vaciada' llena el centro de Madrid para reclamar medidas concretas contra la despoblación rural (La Vanguardia)
La "Revuelta de la España vaciada"toma Madrid en plena campaña electoral (La Razón)
Guantazo de la España rural a los políticos: "Dejad los eslóganes y resolved problemas" (El Español)
La revuelta de la España vaciada: "Que seamos pocos no significa que tengamos que vivir peor" (Público)


Revuelta en las RRSS


Pero aparte de en las calles, la revuelta rural ha empezado a sentirse también en las redes, porque vivir en un pueblo no es impedimento para poder utilizar las redes sociales como altavoz para difundir el mensaje. 


El fenómeno en redes sociales comenzó con este vídeo viral de youtuber Nel Cañedo denunciando una sentencia judicial que obligaba al propietario de un gallinero a cerrarlo para que las gallinas no molestaran a los inquilinos de un hotel rural instalado cerca del mismo:



Este vídeo tuvo miles de reproducciones en pocos días y pasó de móvil en móvil a través de la aplicación del Whatsapp.

Pero aparte de este youtuber, han surgido otros fenómenos similares que también defienden el mundo rural, como son los siguientes:




Y hay muchos más. Podéis encontrar una gran relación de vídeos relacionados con la defensa del mundo rural y del sector primario en general en los canales de youtube de Movimiento Popular El mundo rural y sus tradiciones y de Jesús Manuel Martín Crespo, que son mis favoritos.


Y aunque muchos de ellos critican duramente al poder legislativo, al poder ejecutivo y al funcionamiento de la administración por las normas que no facilitan el funcionamiento de sus explotaciones, por el exceso de burocracia y la pérdida de tiempo que conlleva, etc., en parte también comprendo su enfado y apoyo sus reivindicaciones. 



La administración rural


En lo que respecta a la administración local presente en este entorno rural, creo que son necesarios muchos cambios para que esta administración se convierta en un elemento de lucha contra el despoblamiento rural y no sea también parte causante del problema. Es necesaria una reforma de la normativa en materia local, si no para reformar la planta local, al  menos sí para garantizar una correcta financiación de las entidades locales, unas competencias claras en las que actuar con auténtica autonomía, una adaptación de la normativa a la peculiaridad de los microayuntamientos y una profesionalización del personal a cargo de las Corporaciones locales, una reforma del régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter nacional que confiera a este cuerpo una independencia real para el desempeño de sus funciones, entre otras. 


1. Porque en el mundo rural estamos obligados a hacer mucho sin contar con demasiados medios para llevarlo a cabo.... 


2. Porque cuando disponemos de medios, muchas veces no son los más adecuados para la empresa a realizar...


3. Porque en los pueblos en los que trabajamos los/las secretariuchos/as de tercera la costumbre y la tradición se convierten en la fuente principal del derecho, por delante de la ley...


4. Porque cuando se legisla se piensa a lo grande, pensando en las administraciones de ámbito superior y sin considerar las particularidades de microadministraciones en las que desempeñamos nuestras funciones...


...el resultado de nuestra actividad sólo puede ser, en muchas ocasiones, algo cutre. 


Esperemos que si algún día se consigue el reclamado Pacto de Estado contra la despoblación del medio rural, también se incluyan en dicho pacto medidas para evitar estas deficiencias que apreciamos en nuestro entorno de trabajo, a fin de que podamos prestar un servicio de calidad a la ciudadanía y despejemos de una vez este modelo de actuación basado en la precariedad y la escasez. 




¡Nos leemos!

lunes, 13 de enero de 2020

¿Cuán buen secretario-interventor eres? Incumplimientos normativos recurrentes en la administración local

Reconozco que en mis ratos libres, por las tardes, me gusta mirar páginas web de otros ayuntamientos vecinos o no vecinos y ver qué tipo de informaciones tienen publicadas, cotillear sus portales de transparencia, ver cómo están estructuradas y sobre todo si están cumpliendo o no aquella normativa que a mi, desde mi posición, me parece de más difícil cumplimiento. Esta actuación me permite conseguir ideas para mejorar las páginas web de mis ayuntamientos, para hacer más clara, completa y comprensible la publicación de información en mis portales de transparencia, para copiar aquellas buenas prácticas que veo y también para tomarle el pulso a nuestro sector de la administración local en cuanto al cumplimiento de la normativa vigente. Benchmarking es el término que se utilizan en el mundo de la empresa para designar esta forma de actuar. 


Este soy yo algunas tardes

Bueno, el hecho es que cuando hago estas indagaciones suelo mirar páginas web de ayuntamientos de secretarías de tercera de un tamaño similar al de mis ayuntamientos (menos de mil habitantes) a fin de que la comparación sea más fácil, saber cómo están mis ayuntamientos en el marco de las entidades de su mismo ámbito y, sobre todo, de no deprimirme. 

Y digo esto de no deprimirme porque comparar mis páginas con las de ayuntamientos de otras categorías (entrada o superior) me lleva casi siempre a la desesperación de saber que nunca conseguiré ese nivel de desarrollo y a la sensación de que cumplir toda la normativa que nos resulta aplicable y tener en la página web colgada toda la documentación que se nos exige es prácticamente imposible. 

Y a raíz de esto, planteo la entrada de hoy: si los secretarios-interventores (y por extensión los secretarios, interventores y tesoreros en ayuntamientos de otras categorías) tenemos como misión que en nuestros ayuntamientos se cumpla la normativa vigente y el cumplimiento de esa normativa en nuestra entidad local dependiera directamente de la figura del/de la secretario/a-interventor/a (abstrayéndonos de la necesidad de contar con la colaboración de otro personal y de voluntad política para ello)... ¿cuán buen secretario-interventor se podría decir que soy? La respuesta a esta pregunta que me hago, y que puede resultar aplicable también a vosotros, voy a darla con un decálogo de incumplimientos normativos recurrentes en las secretarías rurales. Los incumplimientos los ordenaré en una clasificación del 10 al 1, siendo el número 10 el incumplimiento menos habitual (por tratarse de una obligación normativa que más comúnmente cumplen los ayuntamientos) y el número 1 el incumplimiento más habitual (por ser la obligación normativa más incumplida, bien sea por su dificultad de consecución, por la escasez de medios con que contamos, por la novedad respecto a normas o actuaciones precedentes o por otros motivos). 

Los incumplimientos normativos que se citan a continuación y el orden en que aparecen los extraigo de mi experiencia en varios ayuntamientos de distinto tamaño a lo largo de mi vida laboral. Vosotros/as en vuestra experiencia podéis haber observado otros incumplimientos recurrentes u otro orden de recurrencia, podéis comentarlo en el apartado de comentarios.


Decálogo de incumplimientos normativos recurrentes 


Lee detenidamente este decálogo de incumplimientos y valora objetivamente si en tu ayuntamiento se producen o no los mismos, sumando el número de incumplimientos presentes en el mismo. Con dicho resultado, obtendrás una valoración de cuán buen/a secretario/a-interventor/a eres al final de la entrada.


Verifica, verifica y sabrás qué compromiso
con la normativa local tendrás

Número 10. Plataformas del Ministerio de Hacienda

La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, modificada por la Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre estableció una serie de obligaciones anuales, trimestrales y no periódicas de suministro de información al Ministerio de Hacienda (en el caso de las entidades locales se regulan en los artículos 15, 16 y 17 de esa orden). Entre otra información a suministrar, se encuentra la referente al presupuesto, a la liquidación, a  las ejecuciones presupuestarias trimestrales, al periodo medio de pago, a la morosidad, CIR local, el plan presupuestario a medio plazo...


El incumplimiento de estas obligaciones de suministro de información, además de responsabilidad personal de la persona obligada a su envío puede suponer la aplicación de las medidas de corrección automática del artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Tal vez por ello este incumplimiento no sea muy habitual, aunque todavía existan ayuntamientos que viven "la vida loca" sin cumplimentar estas plataformas. Por ser poco común, se le otorga el puesto número 10 de la lista. 



Número 9. Administración electrónica

Las leyes 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público establecían diversas obligaciones en materia de administración electrónica: que el expediente se tramitara electrónicamente, que las firmas se realizaran electrónicamente, que las relaciones entre administraciones y con ciertos interesados se realizaran obligatoriamente por vía electrónica, etc. La mayor parte del contenido de dichas normas en materia de administración electrónica entró en vigor el 2 de octubre de 2016, por lo que a día de hoy resulta plenamente aplicable. 


No obstante, existe otra parte de las leyes (registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la administración y archivo único electrónico) que debía haber entrado en vigor el 2 de octubre de 2018, aunque finalmente se amplió el periodo de vacatio legis de la norma hasta el próximo 2 octubre de 2020. 


Pues bien, aún existen ciertos ayuntamientos en los que los expedientes no se tramitan electrónicamente o no se firma la documentación electrónicamente, o en los que la actuación electrónica se limita únicamente a cumplir una parte del contenido de las obligaciones impuestas por la norma (por ejemplo sólo la firma y el registro). 



Número 8. Registro Municipal de Asociaciones Vecinales

El artículo 236 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales determina que para que las asociaciones puedan obtener subvenciones, utilizar medios públicos (como locales o medios de comunicación), ejercer el derecho de acceso a la información pública como asociaciones y canalizar la participación ciudadana en los asuntos públicos, deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales. La regulación de dichos registros se encuentra en dicho artículo del ROF, en la normativa autonómica de régimen local (en su caso) y normalmente se complementa con un reglamento del Registro Municipal de Asociaciones Vecinales que aprueban los propios ayuntamientos. 


A pesar de que la concesión de subvención y de locales a las asociaciones vecinales se realiza en prácticamente todos los ayuntamientos, son muchos los que no disponen de un Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, siendo esto más habitual en los municipios de muy reducida dimensión. Por ello, creo conveniente otorgar a dicho incumplimiento el número 8 de esta clasificación.  


El Registro de Asociaciones de un microayuntamiento
es poco más que un breve listín telefónico

Número 7. Control interno

El Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, de régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local dio cumplimiento al necesario desarrollo reglamentario del ejercicio del control interno en las entidades locales que establecía el artículo 213 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 


En materia de gastos y pagos (a diferencia de los ingresos, en los que se puede sustituir la fiscalización previa por la toma de razón en contabilidad y fiscalización a posteriori), este real decreto determina que las actuaciones deberán fiscalizarse antes de que se dicte el acuerdo o resolución, estableciendo su artículo 13 que el Pleno, a propuesta de la Presidencia y previo informe de la Intervención, podrá acordar el régimen de fiscalización e intervención limitada previa, verificando una serie de aspectos que se recogen en dicho artículo y en los artículos 16 y siguientes con carácter de mínimos, así como otros requisitos adicionales que el propio Pleno pueda establecer. 


Esto supone que si no se aprueba por el Pleno la aplicación de dicho régimen de fiscalización e intervención limitada previa y se aprueba un reglamento de control interno por parte del ayuntamiento, el régimen de fiscalización aplicable sería el de fiscalización previa plena. 


La posibilidad de realizar la fiscalización limitada previa comprobando solamente una serie de requisitos mínimos supone ganar agilidad en la actuación diaria sin perjuicio de la seguridad en la corrección de la actuación administrativa y es más que recomendable. No obstante, no es muy habitual que en las secretarías rurales se haya acordado por el Pleno la aplicación del régimen de fiscalización limitada previa y se haya aprobado el reglamento de control interno, o incluso que se lleve a cabo una mínima fiscalización antes de realizar las actuaciones en materia de gastos y pagos.   


Número 6. Subvenciones y Base de Datos Nacional de Subvenciones

A pesar de que en los ayuntamientos pequeños no suelen existir subvenciones de concurrencia competitiva y de que las subvenciones que se conceden son mayoritariamente de carácter nominativo, esto no quita que la publicidad de dichas subvenciones deba realizarse a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (artículos 18 y 20 de la Ley General de Subvenciones). Para ello, la Base de Datos Nacional de Subvenciones ha creado un tipo de convocatoria llamada instrumental, que tiene carácter de convocatoria ficticia no sujeta a concurrencia. 


Y la obligación de enviar los datos de las subvenciones concedidas, los pagos y reintegros de las mismas que se realicen corresponde a la Intervención municipal u órgano que designe la Entidad Local (artículo 20 de la LGS), así que cuidadito con incumplirlo. 


Número 5. Transparencia

La Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno incrementó el derecho de los ciudadanos y de otros sectores de acceder a la información pública, al mismo tiempo que sistematizó una serie de obligaciones de publicidad activa que las entidades locales debían cumplir, determinando el contenido de los portales de transparencia. 


El cumplimiento de esta norma supone la publicación de una cantidad ingente de información y además hacerlo de forma clara, estructurada, entendible y, preferiblemente, en formatos reutilizables.


Personalmente lo que más complicado veo de cumplir es la parte referente a la información de planificación (la norma determina que "Las Administraciones Públicas publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución. Su grado de cumplimiento y resultados deberán ser objeto de evaluación y publicación periódica junto con los indicadores de medida y valoración, en la forma en que se determine por cada Administración competente"), sobre todo por el hecho de que entiendo que esos objetivos macro deben fijarse más bien a nivel político y que en las entidades locales no existe una cultura de la planificación implantada. Baso mi opinión de la falta de cultura de la planificación en los ayuntamientos en que en muchos consistorios documentos como el plan normativo anual, la planificación de la contratación, el plan de tesorería u otros planes son una cosa inusitada. 


Dicen los secretarios jubilados, que si cumples todas las
obligaciones de transparencia, se produce un poltergeist que
te atrapa al otro lado del cristal

Número 4. Correcta selección de personal

Todos los ayuntamientos, tanto grandes como pequeños, seleccionan al personal y lo hacen de forma habitual. Lo difícil es hacer una selección del personal cumpliendo toda la normativa que resulta de aplicación. Porque en los ayuntamientos pequeños suelen producirse actuaciones extrañas en la selección del personal: seleccionar a personal laboral para puestos de administración general que ejercitan potestades públicas (auxiliares administrativos y administrativos), realizar convocatorias de trabajo temporal sin la publicidad necesaria en boletines oficiales, introducir entre los criterios de selección aspectos a valorar de dudosa legalidad como el empadronamiento en el municipio (ver mi entrada anterior El empleo público en los pequeños municipios: el oro de Moscú) o recurrir directamente al listado del SEPE obtenido introduciendo una serie de criterios para contratar, y contratar por orden del listado sin más trámite.

Todos los ayuntamientos contratamos personal y en ocasiones contratamos muchísimo (¿nadie ha pensado que esto de las bolsas de trabajo temporal para cubrir necesidades estructurales es precarizar el empleo?), pero... ¿seleccionamos al personal de acuerdo con la normativa? 


En materia de selección del personal, otros compañeros debaten frecuentemente aspectos como las bondades o no de los sistemas selectivos o la procedencia/improcedencia de contratar ciertos puestos con una visión estratégica de la administración del futuro. Yo no entro aquí en dichos debates, porque esos ya son asuntos más complejos.  



Número 3. Inventario de bienes y derechos actualizado

La necesidad de que las entidades locales cuenten con un inventario de bienes y derechos, lo comprueben cuando se renueve la Corporación y lo rectifiquen anualmente se establece, entre otras normas, en el artículo 86 del Real Decreto 781/1986, texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local y en los artículos 17 y siguientes del Real Decreto 1372/1986, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. 

En la práctica, son muy pocos los ayuntamientos que cuentan con un inventario actualizado y lo rectifican anualmente. En algunos casos, ni siquiera se produce la actualización del inventario cuando se renueva la Corporación, siendo el incumplimiento de la normativa aplicable de carácter palmario. Este incumplimiento se debe principalmente a la falta de conocimientos y medios para la elaboración del inventario por la propia entidad local y la necesidad de contratarlo con empresas externas, lo cual permite a este incumplimiento colarse en el top 3 de nuestra lista.  



Número 2. Cumplimiento del Reglamento Europeo de Protección de Datos

Este reglamento resulta de aplicación desde mayo de 2018, aunque en las fechas que estamos resulta que sigue siendo incumplido de manera masiva en los pequeños ayuntamientos.

Personalmente, mi experiencia con este reglamento fue que hace unos meses leí la el manual "Orientación para la adaptación de las administraciones locales al Reglamento General de Protección de Datos" elaborado por la Federación Española de Municipios y Provincias y terminé pensando que la cosa es más compleja de lo que yo pensaba y que no bastaba con cambiar los pies de los modelos de documentos administrativos y responder a los ciudadanos cuando quieren ejercer una serie de derechos como anteriormente se hacía con los derechos de ARCO de la Ley 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. 


En ayuntamientos como los de las secretarías de tercera, en los que nadamos en papel en nuestros despachos y los documentos corren de una mesa a otra y sin mucho control (¡sí, a pesar de la administración electrónica!), el cumplimiento de este reglamento se convierte en un desafío notable que requiere una implicación muy elevada a nivel político y de todo el personal, además de una más que probable contratación de una empresa externa para la implantación inicial de las medidas que exige el reglamento. Veremos si la Guía para la adaptación de la protección de datos en las entidades locales coordinada por el compañero David Povedano contribuye a aclarar y sernos de ayuda en este materia, porque la lectura del manual de la FEMP es escalofriante. 


Los datos personales, el nuevo maná
para la Unión Europea

Número 1. Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

La norma más denostada y vapuleada, la que sin duda suscita mayor número de incumplimientos, es sin duda la Ley de Contratos del Sector Público. Con esta norma pasa algo parecido a la selección del personal: todos los ayuntamientos contratamos constantemente, pero ¿cuánta de esta contratación se hace respetando con rigor la Ley 9/2017? Y es que la aprobación de la norma fue un torpedo en la línea de flotación para las entidades locales, sobre todo en lo relativo al contrato menor y a la necesidad de publicar las licitaciones en la Plataforma de Contratos del Sector Público y licitar electrónicamente. 


El asunto de los contratos menores ya lo traté en mi entrada anterior El contrato menor: como el gorrión al pueblo y la situación sigue igual a cuando lo redacté: licitar todas las necesidades municipales que tengan carácter permanente, periódico y repetitivo, reservando el contrato menor para aquellos casos de necesidades urgente e imprevisibles es muy difícil de conseguir. Porque como he dicho anteriormente en los ayuntamiento no existe cultura de la planificación, porque nuestros políticos lo quieren todo y ya y no tenemos medios personales suficiente para poder realizar el ingente trabajo que supone la licitación con publicidad y concurrencia. 


Y este problema creo que no sólo acucia a los municipios pequeños, sino que es general de la administración local, pues cuando mayor es el ayuntamiento, mayor número de contrataciones y más trabajo se necesita para poder cumplir la norma y luchar contra el contrato menor. Y además partimos de una situación en que el contrato menor era lo que el sandwich de nocilla a las fiestas infantiles. 


Todo ello hace del incumplimiento de la Ley de Contratos del Sector Público el rey de todos los incumplimientos y el número 1 de esta clasificación.  


Autoevaluación: ¿cuán buen/a secretario/a-interventor/a eres?

Si al leer el decálogo has comprobado que en tu/s ayuntamiento/s se producen al menos siete o más incumplimientos normativos: eres un/a secretariucho/a de tercera rebelde. Ponte las pilas, sé más riguroso en la aplicación de las normas, esfuérzate por cumplirlas y recuerda el dicho latino "dura lex, sed lex" (la ley es dura, pero es la ley). 

Si compruebas que en tu caso se producen entre 4 y 6 incumplimientos normativos: eres un/a secretariucho/a de tercera aplicado/a. A pesar de las dificultades, de la escasez de medios y de la vorágine de expedientes en la que te encuentras sumido/a en tu día a día, has conseguido que tu organización tenga un cumplimiento normativo aceptable. Enhorabuena por tus logros, pero todavía tienes margen de mejora, así que no desfallezcas y ánimo para eliminar esos incumplimientos en los que tu organización sigue viviendo "al límite".

Si en tu caso se producen menos de 4 incumplimientos del decálogo anterior: eres un/a secetariucho/a de tercera brillante. Lo tuyo no es normal, o eres una máquina trabajando y actualizando tus conocimientos en materia normativa o es que tal vez te has autoevaluado de manera muy generosa... Felicidades, tu ayuntamiento es una honrosa excepción, por favor comenta tu experiencia en la caja de comentarios de abajo y harás que los lectores de mi blog sigan creyendo en los Reyes Magos.     

¡Nos leemos!


¿Cómo os ha ido la autoevaluación?
Cuéntamelo en comentarios