martes, 15 de febrero de 2022

Compliance y mundo rural

En el mes de enero rompí mi ritmo quincenal de actualización  del blog, debido a la situación de abatimiento y apatía en que me encuentro durante las últimas semanas. 

En mi anterior entrada comentaba que participo en el concurso unitario 2021, en el que con toda probabilidad me asignarán un nuevo destino, lo cual en principio es una experiencia ilusionante, renovadora y positiva. 

No obstante, al iniciar los preparativos hacia esa nueva vida han surgido imprevistos que han minado mi ánimo:

1. Al empezar a retirar todos aquellos bienes que he ido acumulando en la casa del pueblo donde vivo y trabajo (libros, ropa, etc.) se han removido muchos sentimientos dentro de mi. En cada uno de esos libros y materiales que poco a poco fui acumulando conmigo en la casa, he vislumbrado el secretario con ganas, motivación y emoción que llegó a la agrupación de Secretaría hace tres años. Y al compararlo con mi yo actual, que conoce medianamente los municipios y ya no es un forastero pero que ha perdido la ilusión y la esperanza en el camino, se me rompe el corazón. Parece mentira que en tan solo tres años (ni siquiera los he cumplido aún) se haya podido producir tal cambio en mi visión de las cosas y en mi estado de ánimo. Se me han pasado estos tres años como si en realidad fuera mucho más tiempo.  

2. Por otro lado, desde que escribí mi última entrada he tenido noticia de la presentación de hasta 9 recursos en vía contencioso-administrativa contra la resolución por la que se convoca el concurso unitario de provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional. Parece ser que se trata de recursos interpuestos por habilitados/as interinos/as que ven peligrar sus expectativas de estabilización en sus puestos de trabajo (en aplicación de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público) por haberse ofrecido los mismos en el concurso. 

Si bien este hecho no me resulta preocupante, pues ya vimos cómo se actuó ante los recursos interpuestos contra la asignación de los primeros destinos, viene a sumarse como un jarro de agua fría más a los continuos ataques a la habilitación nacional que se han venido produciendo durante los últimos meses: Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, recurso de interinos/as contra la asignación de los primeros destinos, Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, transferencia al País Vasco de las competencias en materia de habilitación nacional mediante Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022, etc. Y además, ya asoman la patita las consecuencias funestas que la estabilización del personal temporal en las administraciones públicas tendrá para nuestro cuerpo en particular: no solamente por la injusticia que supone hacia las personas que superamos la oposición, sino también por las presiones que vamos a soportar en los próximos meses tanto para la determinación de los puestos de trabajo que se tendrán que incluir en la oferta de estabilización, como en la fijación del sistema de estabilización y sus posibles temarios. 

Una vez hecha esta pequeña introducción y justificación de mi ausencia en el blog durante una larga temporada, entro ya en el tema de la entrada: el compliance en el mundo rural. 


Compliance: no tan sencillo como
pulsar una tecla



Compli(c)ance rural

Si bien el mundo del compliance es una tendencia que los gurús de la administración y los ayuntamientos grandes vienen aplicando desde hace tiempo, para la mayor parte de los ayuntamientos de España el aterrizaje en dicho campo se producirá a través de la aprobación del Plan de medidas antifraude, necesario para beneficiarse de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La elaboración y aprobación de dicho plan es imprescindible si se quiere participar en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ya que así lo establece el artículo 6.1 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión de dicho plan: "toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses". 

Actualmente me encuentro elaborando el plan y voy con retraso, pues la orden prevé que el plan debe aprobarse en plazo de 90 días desde la entrada en vigor de la orden o, en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Aunque el plazo de 90 días ya pasó, mis ayuntamientos aún no han solicitado ninguna ayuda del plan y tampoco los alcaldes me han instado a confeccionar o aprobar el plan. No obstante, yo me adelanto porque los pobres no conocen la norma y no tienen ninguna capacidad de planificación, por lo que solamente les surgirá la necesidad de tener el plan el día que se convoque alguna ayuda del PRTR que sea de vital importancia para los municipios. 

Este pequeño retraso me permite contar con mayor número de modelos en que fijarme, con manuales y hasta cursos sobre este nuevo instrumento. No obstante, cuando trato de adaptar los modelos y aprendizajes a las peculiaridades de mis municipios, no puedo evitar que me salga la sonrisa burlona. 

En primer lugar por la designación del Comité Antifraude. En mis ayuntamientos, de tan reducida dimensión, voy a tener que meter gente de todos los niveles y de todos los ámbitos de la plantilla para conseguir un número mínimo de miembros en el comité. Lo cual está bien, porque el fraude y la corrupción pueden producirse en cualquier fase de la cadena y es bueno tener ojos en todas ellas. Pero claro, voy a reunir gente de todos los niveles formativos y profesiones, cuyo conocimiento de las leyes y conceptos va a ser entre cero y ninguno. 

Además, se agrava la situación si consideramos que para trámites habituales como procedimientos de contratación, ya me cuesta encontrar personal para formar parte de las mesas de contratación y los que asisten siempre se están quejando (a pesar de que las hacemos dentro del horario de trabajo). Imaginaos con que ímpetu y predisposición vendrán a las sesiones de constitución del comité o de diagnóstico de la situación inicial del ayuntamiento. Por no decir ya a las sucesivas reuniones periódicas que el comité deba realizar...


Reunión del Comité Antifraude para
tratar... "eso del secretario"


Espero que se cumpla esa parte del plan que dice que deben realizarse sesiones formativas para todo el personal sobre la materia, de tal manera que se den cuenta de que el Plan de medidas antifraude implica a toda la administración y que todos/as deben participar activamente, porque de lo contrario... me parece que las sesiones del comité van a ser conocidas como las reuniones "de eso del secretario". 

Si bien el papel es muy sufrido y aguanta todo lo que los planes quieran incluir, la planificación está para cumplirla y no para forrar el interior de cajones, como pasa en muchos ayuntamiento y ya denuncié en esta entrada. Los alcaldes y alcaldesas perciben este asunto de la planificación y de la aprobación de planes como un obstáculo más para conseguir tal o cual subvención que ansían, más que como una herramienta útil de planificación y anticipación ante eventualidades futuras. Y así terminan los planes olvidados en cajones o en alguna oscura caja de archivo. 

Incluso me atrevo a afirmar que muchas veces los planes son debatidos y aprobados en los Plenos sin que ninguno de sus miembros lo haya siquiera leído completo. Parece que leer y revisar la documentación que se pasa a firma o a debate y votación fuera una responsabilidad de la Secretaría (the reader) en vez de corresponder a los políticos (the professional barista). Y todo ello a pesar de que las leyes determinan que la responsabilidad de los acuerdos de las corporaciones locales corresponde a aquellas personas que los votaran favorablemente (artículos 78.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 22 del ROF, entre otros) y no a los secretarios que los preparan o que los pasan a firma. No obstante, ante una eventual vista en sede judicial los políticos locales pueden esgrimir las excusas "yo firmo lo que me ponen" o "no conozco las leyes y el secretario no me informó", que siempre quedarán mejor que "soy muy perro/a" o "no me gusta leer". 


DACI, banderas rojas, canales de denuncia y mucha publicidad

Otro elemento del plan que va a traer cola son las declaraciones de ausencia de conflictos de interés (DACI), que son obligatorias y se deben cumplimentar por todas las personas que participen en la gestión de los fondos europeos (empleados/as públicos/as, políticos/as, y perceptores/as de fondos). Lo cual resulta en un maremágnum enorme de papeles de ida y vuelta que solamente servirán para perder nuestro valioso tiempo y cubrir el expediente. Porque como ya comenté en esta entrada declarar es muy fácil y en un país como el nuestro con una tradición picaresca de siglos exigir el papelito resulta hasta grotesco. Resulta válida la conclusión a la que llegué en mi entrada anterior sobre la irresponsabilidad de la declaración responsable: alfombra roja al fraude que lo encuentra todo sencillo con una declaración y sobrecarga de trabajo para la administración que deberá inspeccionar y vigilar que todo lo declarado sea lo cierto cual detective. Pero tranquilos/as chicos/as, que los Planes antifraude prevén que podamos comprobarlo mediante bases de datos de registros mercantiles, bases de datos de organismos nacionales y de la UE, herramientas de prospección de datos ("data mining") o de puntuación de riesgos (ARACHNE): ja, ja, ja.   

Por no decir ya el asunto de las banderas rojas o indicadores de alerta de que se haya producido un posible fraude o corrupción. En entornos rurales de tan reducidas dimensiones como en los que yo trabajo, en los que los políticos y los contratistas son vecinos o incluso colegas, si tenemos que detener nuestro día a día para examinar con mayor detenimiento cada alerta roja que se encienda, mal lo llevamos.  

Bandera roja: ¡paren las máquinas!


¿Y qué me decís sobre los canales de comunicación y los canales de denuncia? Afortunadamente en este aspecto los ayuntamientos pequeños no tenemos obligación de habilitarlos, pudiendo redirigir hacia los canales habilitados para ello por agencias antifraude autonómicas o de ámbito superior. 

Y por último un básico de los últimos tiempos: las publicaciones. Todo lo que hagamos en materia antifraude debe ser publicado y publicitado a bombo y platillo. La declaración institucional contra el fraude: publicada. El propio plan antifraude: publicado, el código de conducta para empleados/as públicos/as: publicado. Que quede bien claro que nuestras corporaciones están muy comprometidas contra la corrupción y el fraude. 

Lo mejor va a ser cuando en un futuro y creo que cercano empiecen a surgir los primeros casos de corrupción y fraude con los fondos europeos y los Planes de medidas antifraude se conviertan en armas arrojadizas en los Plenos y en los tribunales, además de aparecer en prensa las personas responsables que debieron actuar en su momento, ya que los planes las identifican con claridad.

¿Soy yo el único que ve en todo eso mucho pero que mucho postureo institucional? ¿Es también el Plan de medidas antifraude "eso del secretario" en vuestros ayuntamientos? ¿Compliance o complicance? ¿Ya tenéis vuestro Plan antifraude forrando cajón?

¡Nos leemos!

Aplica la regla de las 3 P:
publica, publicita y posturea 


martes, 18 de enero de 2022

Con las alas al viento...

El día 27 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 21 de diciembre de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. 

Los puestos de trabajo reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional se proveen ordinariamente mediante concursos de méritos y excepcionalmente mediante libre designación (en una serie de supuestos tasados). Estas dos fórmulas, junto con la asignación de primer destino, la permuta de puestos o la vuelta al puesto reservado desde la situación de servicios especiales son los sistemas de provisión de carácter definitivo (artículo 27 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional). 

A dichos sistemas de provisión de carácter definitivo, se unen también otros sistemas de provisión no definitivos, como son los nombramientos provisionales, las acumulaciones, las comisiones de servicio, los nombramientos accidentales o de interinos/as.

¿Por qué lo llaman suerte cuando
quieren decir mérito?

Pues bien, de entre los sistemas de provisión definitivos, que son aquellos en que se nos asigna un destino de forma permanente en el que podemos trabajar y quedarnos tanto tiempo como el cuerpo aguante, el concurso unitario es el rey. Y ello a pesar de que en nuestra normativa el concurso unitario no se configura como el principal concurso anual, sino que este concurso convocado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública tiene carácter subsidiario del concurso ordinario a convocar anualmente por las presidencias de las Corporaciones Locales (art. 29 RD 128/2018, de 16 de marzo).

No obstante, en la práctica la falta de diligencia o de interés por parte de las Corporaciones Locales en ofertar sus puestos libres hace que los concursos ordinarios sean reducidos en cuanto a puestos ofertados y que el concurso unitario posterior sea mucho más cuantioso, ya que salen en el mismo todas las plazas vacantes o que no se hubieran adjudicado en el concurso ordinario. 

El concurso unitario es el momento en el que aquellos/as habilitados/as que llevan al menos dos años desde la asignación de su destino definitivo pueden optar a conseguir un destino mejor por ubicación geográfica, retribuciones, flexibilidad, tranquilidad en el día a día, etc. Los que están lejos buscan un destino más próximo a su domicilio, los que cobran menos de lo que esperaban aspiran a una mayor retribución, los que tienen familiares que necesitan de su atención buscan un lugar de trabajo con horario más flexible o más cercano a su casa, los que pasan nervios en su día a día optan por puestos más tranquilos, los que están en comisión de servicios en un puesto de su categoría aspiran a conseguirlo en propiedad... por lo que en este concurso confluyen muchos intereses y expectativas. La vida de muchos habilitados nacionales es una búsqueda constante del santo grial de concurso en concurso, como indiqué en esta entrada.  

El concurso unitario normalmente suele publicarse en el Boletín Oficial del Estado a principios del mes de noviembre y resolverse a principios del mes de marzo. No obstante, este año al haberse adjudicado por primera vez los primeros destinos a las personas recién ingresadas al cuerpo a mitad del mes de noviembre de 2021 y debido a los recursos y quejas por parte tanto de los/las aspirantes como de los/las interinos/as que ocupaban dichos puestos hasta el momento, la convocatoria del concurso unitario 2021 se ha retrasado más de lo esperado.

El malestar de los/las recién ingresados/as al cuerpo por el escaso y poco apetecible listado de destinos ofertados para su primer destino es comprensible, pero de un breve vistazo a las vacantes ofertadas en mi comunidad compruebo que al menos aquí sí se cumplió lo previsto en el artículo 22.a del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que determina que se ofrecerán para asignación de primer destino los puestos que no resultaron adjudicados en el último concurso unitario. Siempre he pensado que adjudicar el primer destino en el momento del nombramiento como funcionarios de carrera como determina el RD 128/2018 y adjudicarlo como resultado del concurso unitario anual tiene unos efectos muy similares para los recién aprobados/as, ya que en la práctica y salvo contadas excepciones de personas con mucha experiencia previa a aprobar, estas personas parten en clara desventaja de puntuación respecto a las de promociones anteriores, y por tanto solamente pueden aspirar a los puestos restantes que no han sido seleccionados por las personas aspirantes con mayores méritos. 

Sobre el recurso presentado por los/las interinos/as que ocupaban los puestos ahora adjudicados como primer destino no me voy a pronunciar, ya que sobre ello han corrido ríos de tinta en blogs, foros y grupos de whatsapp y yo en repetidas ocasiones me he referido a la función que los/las interinos/as desempeñan en la administración local de nuestro país, con tan insostenible planta (entre otras entradas en esta).  


Mi yincana concursal

Como supongo habréis imaginado tras leer el título, participo en este concurso unitario. Mi experiencia recabando la información necesaria para preparar mi solicitud de participación creo que es digna de contar. 


Así me he sentido yo aspirando a
ciertos puestos del concurso

Empecé mi ronda de contactos telefónicos con los distintos ayuntamientos que me resultaban atractivos como posibles destinos durante los primeros días hábiles de 2022. Ya había pasado al menos una semana desde la publicación de la convocatoria del concurso en el BOE, por lo que pensé que los distintos ayuntamientos habrían recopilado la información suficiente para resolver todas las cuestiones que los concursantes preguntamos y que la confección de mi listado de preferencias sería coser y cantar.

Los aspectos de los puestos de trabajo que quería conocer no eran nada del otro mundo: personal con que cuenta el ayuntamiento, retribuciones del puesto de trabajo, horario de trabajo, organización del gobierno municipal... cuatro cosas para hacer mi petición con un mínimo fundamento y no lanzarme a la piscina tan a la ligera (so pena de pasarme los tres próximos años arrepintiéndome de ello). 

Pues bien, mis llamadas se encontraron con el siguiente panorama:

- Ayuntamientos que ni siquiera sabían que la cobertura de su puesto de trabajo de Secretaría-Intervención se había convocado.

- Consistorios en los que quien me atendió pensó que preguntaba por una oposición municipal y me contestó que estaba equivocado, que ese puesto no estaba convocado. O incluso peor, quien me dijo que ese puesto no podía haberse convocado, pues se había cubierto recientemente (¡con algo tan definitivo como una bolsa municipal de interinos/as!). 

- Entidades en las que nadie supo decirme cuáles eran exactamente las retribuciones del puesto. Confundían el nivel del complemento de destino con el complemento específico, me decían que el complemento específico era el mínimo posible (¿cuál es el mínimo de un complemento específico, cero?), decían que el puesto llevaba tanto tiempo sin cubrirse que no sabían decírmelas, etc.   

- Destinos en los que las únicas personas que pudieron responder a mis preguntas fueron los secretarios/as interinos/as, accidentales o acumulados/as o directamente sus alcaldes/esas. Esto supuso que para hablar con algunos de ellos tuve que llamar hasta 3 y 4 veces a ciertos ayuntamientos. 

- Ayuntamientos en los que el puesto de trabajo ofertado era con una jornada parcial y nada de ello se decía en la convocatoria del concurso.

Total, que para confeccionar mi listado con unos 7-8 destinos posibles tuve que llamar durante al menos 3 mañanas. Mi listado inicial era más amplio, pero algunos destinos se fueron cayendo del listado debido a las malas condiciones que ofrecían. 

Poca información encontré para confeccionar mi listado en los portales de transparencia, a pesar de la exigencia legal de publicar mucha de la información que buscaba. 

En mis consultas telefónicas, a mis interlocutores al otro lado de la línea había que sacarles la información con sacacorchos, aunque ellos no olvidaban preguntar por mi nombre y apellidos para poder buscarme en el listado de méritos y comparar mi puntuación con la de alguna otra persona interesada o incluso con la suya misma.

Hablé con alcaldes y alcaldesas interesadísimos en incorporar un secretario-interventor a la mayor brevedad posible, con secretarios/as acumulados/as a los/las que no les hacía mucha gracia perder su acumulación aunque fuera a favor de un/a compañero/a y con accidentales que muy gustosamente desempeñaban las funciones reservadas y recelaban de un habilitado aspirando al puesto. También supe de ayuntamientos en los que no había ningún interés por incorporar un/a habilitado/a en sus filas, pues aunque nadie me lo dijera expresamente, las condiciones del puesto lo clamaban a gritos.

Llamativo resulta que entre puestos de trabajo de la misma comunidad autónoma y subescala (Secretaría-Intervención) haya diferencias de nivel de complemento de destino de hasta 8 unidades (lo que supone una diferencia de 7.034,86 euros anuales solo en el complemento de destino) y que la retribución total de algunos puestos de trabajo sea más del doble que la de otros puestos similares. ¿Cómo es posible que esto siga pasando? ¿Cuánto tiempo más vamos a permitir que los ayuntamientos sigan fijando las retribuciones de sus puestos de habilitación nacional y privando a sus vecinos/as de una administración solvente de sus asuntos, amparándose en la manida autonomía local? 

En resumen, que mucho tiempo esperando el concurso pero espero que me toque uno de los primeros destinos de mi lista y así no tener que volver a concursar hasta dentro de muchos años. Decidir entre los destinos ofertados con información detallada supone un ejercicio de paciencia y mucha insistencia, aunque creo que merece la pena teniendo en cuenta las diferencias abismales que existen entre unos destinos y otros. 

Y tú, ¿participas en este concurso unitario? ¿qué esperas de tu próximo concurso? ¿qué experiencias has vivido durante tu ronda de llamadas? Estaré encantado de que me lo cuentes en los comentarios. 

Si todavía no has presentado tu solicitud, corre a presentarla antes de las 12 de la noche. No seas Cenicienta dejándolo para el último momento o el encantamiento desaparecerá; que para ser Cenicienta ya tenemos el resto del año en nuestros cenicentamientos.

¡Nos leemos!

Corre Cenicienta, corre más veloz que
la hora oficial de la sede electrónica

domingo, 19 de diciembre de 2021

2021: el año que vivimos peligrosamente

A lo largo de todo este año 2021 el cuerpo de habilitados nacionales ha atravesado diversos estados: desde la desunión, el individualismo y el vapuleo continuo en que lleva sumido desde hace años, hasta la ilusión y la esperanza que inspiran la cohesión y la coordinación mostradas en los últimos meses para rechazar los ataques externos y defender nuestros derechos. 

Si bien es cierto que hemos sufrido acontecimientos muy desfavorables (las medidas adoptadas para la reducción de la temporalidad, la amenaza de fraccionamiento del cuerpo en ámbitos forales o regionales, el incremento indiscriminado de cargas laborales a golpe de normativa, etc.) también ha habido otros favorables  (la movilización de los colegios oficiales, la unión del cuerpo para reivindicar derechos, etc.). 

He empleado un poco de mi tiempo para realizar este pequeño video en el que se recogen algunos de los momentos cruciales de este año que, o bien nos han afectado como cuerpo, o bien tienen relación con nuestro ámbito laboral: la administración local. Seguro que me dejo otros acontecimientos relevantes o imprescindibles para la vida local que también merecerían haber sido mencionados, ruego disculpéis mi descuido. 

Os animo a pasar una navidad mágica y luminosa y a seguir viviendo día a día peligrosamente. No somos moneda de cambio.

¡Nos leemos! 


martes, 30 de noviembre de 2021

La habilitación como moneda de cambio

Unos días después de que saltara la liebre, supongo que todos o casi todos mis lectores estarán ya al corriente de que está en trámite la modificación parcial de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, vía aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 en un aspecto que nos toca de lleno a los funcionarios con habilitación de carácter nacional. 

Nos tratan como moneda de cambio...
y además de escaso valor


La modificación consiste en la alteración del apartado 7 de la disposición adicional segunda de la Ley de Bases de Régimen Local, para que quede con la siguiente redacción: "7. En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la normativa reguladora de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional prevista en el artículo 92.bis y concordantes de esta Ley, se aplicará de conformidad con la disposición adicional primera de la Constitución, con el artículo 149.1.18ª de la misma y con la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, teniendo en cuenta que todas las facultades previstas en el citado artículo 92.bis respecto a dicho personal serán asumidas en los términos que establezca la normativa autonómica, incluyendo entre las mismas la facultad de selección, la aprobación de la oferta pública de empleo para cubrir las vacantes existentes de las plazas correspondientes a las mismas en su ámbito territorial, convocar exclusivamente para su territorio los procesos de provisión para las plazas vacantes en el mismo, la facultad de nombramiento del personal funcionario en dichos procesos de provisión, la asignación del primer destino y las situaciones administrativas". He subrayado el texto novedoso, ya que hasta el momento este apartado de las disposición adicional segunda de la LRBRL otorga a las instituciones autonómicas vascas únicamente facultades similares a las de otras comunidades autónomas: convocar exclusivamente para su territorio los concursos para las plazas vacantes en el mismo, así como la facultad de nombramiento de los funcionarios en dichos concursos. 

Puedes leer el texto del dictamen emitido por la Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados y publicado en el Boletín Oficial de la Cortes Generales en fecha 22 de noviembre aquí (para salvaguardar tu precioso tiempo te indico que la parte relativa a la modificación de la Ley 7/1985 se encuentra en la disposición final primera pre (nueva), páginas 213 - al final- y 214 - al inicio-). 

Unos días después de publicarse el dictamen emitido por la Comisión de Presupuestos del Congreso, en fecha 25 de noviembre, el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado obtuvo una amplia mayoría en votación del Congreso de los Diputados, como puede verse en las siguientes noticias: 




Ahora, el paso siguiente es el debate y votación del proyecto de ley en el Senado, tal y como establece el artículo 90 de la Constitución Española: "1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.

2. El Senado en el plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta". 

Por lo tanto, será cuestión de días saber si la iniciativa de modificar la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local resulta exitosa y si con ello la mayor parte de las competencias en materia de habilitados en el País Vasco (en la práctica todas excepto el régimen sancionador) son asumidas por las instituciones autonómicas vascas. 


El por qué de la modificación

¿Qué lleva a las Cortes Generales a modificar de forma tan repentina e inesperada una norma de carácter básico para la administración local como es la Ley 7/1985? ¿Atiende esta modificación a una necesidad inaplazable, a una insistente demanda ciudadana? ¿Por qué utilizar una técnica legislativa tan discutible como la ley ómnibus para la modificación de una norma básica de tal relevancia para el mundo local?

La iniciativa para modificar esta norma surge de la enmienda al articulado del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 presentada por Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV), con número 003189 que puedes leer aquí (página 215). 

Quedamos así. Estos gili*****
ni siquiera se enteran

Este partido, justifica su enmienda encaminada a modificar la disposición adicional segunda de la LRBRL con una breve motivación, que transcribo: "Mejora de la redacción y aclaración de las facultades asumidas en el ámbito de una materia de naturaleza foral". ¿Mejora de la redacción? ¿Aclaración de facultades? ¿Materia de naturaleza foral? Estos políticos nos toman por tontos. 

Según el artículo 3.1 del Código Civil "Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas" y el actual texto de la disposición adicional 2ª.7 de la LRBRL nada tiene que ver con la modificación que ahora se propone. 

En cuanto a la posible naturaleza foral de la actividad de los habilitados nacionales, el Cuerpo Nacional de Secretarios de Administración Local (antecesores de los actuales habilitados nacionales) se creó en el Estatuto Municipal de 1924 (arts. 231, 232, 233) y provincial de 1925 (art. 139), normas de carácter estatal, por lo que permítanme dudar que esta función sea de naturaleza foral. Según tengo entendido las funciones reservadas a nuestro cuerpo se realizan de igual manera en Cádiz, en Segovia, en Bilbao, en Murcia, en Vigo o en Vitoria, luego su naturaleza foral es del todo inverosímil. 

Por tanto, a todas luces es evidente que el objetivo no es mejorar la redacción, aclarar las facultades o restaurar derechos forales, sino que el fin ahora es incrementar las facultades del País Vasco respecto a su administración local, permitiéndole intervenir en ámbitos que están vedados para el resto de comunidades autónomas (excepto Navarra), a cambio de obtener los votos de los parlamentarios nacionalistas vascos para aprobar la Ley de Presupuestos Generales del Estado y poder así sacar adelante la legislatura. 

Hemos fijado nuestra atención en este punto concreto del proyecto de LPGE 2022 por la relación directa con nuestro cuerpo y nuestra profesión, pero teniendo en cuenta que la votación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 superó el trámite parlamentario en el Congreso con los votos favorables de PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV, Bildu, PDeCAT, Más País, Nueva Canarias, Compromís, Teruel Existe y PRC, suponemos que su contenido estará plagado de concesiones del Gobierno a los movimientos nacionalistas/regionalistas. El objetivo: mantenerse en el poder; el medio de pago: el que sea, cueste lo que cueste. 


El precedente navarro

La posible cesión de competencias que se podría materializar ahora en al País Vasco tiene su precedente en el caso de Navarra, que dispone de sus propios habilitados forales. De hecho, la misma Ley 7/1985 cuando se aprobó contenía una disposición adicional (la tercera) que preveía una regulación especial del régimen local navarro.   

Su régimen foral conforma a Navarra 
como una plaza inexpugnable

Mi objetivo antes de escribir esta entrada era buscar por internet información sobre este cuerpo foral, sobre sus sistemas selectivos, los beneficios y perjuicios derivados de esta gestión autonómica de sus profesionales, a fin de compararlos con el cuerpo de habilitados nacionales, pero la verdad es que no he encontrado demasiada información. 

Respecto a este cuerpo foral, he comprobado que las convocatorias para la cobertura definitiva de plazas de este cuerpo han resultado muy escasas en los últimos años (solamente he encontrado información sobre la convocatoria de 2012, con un número muy reducido de plazas), lo cual se ha complementado con la formación de bolsas de trabajo autonómicas para la cobertura temporal de los puestos (la última en 2019) y múltiples procesos de selección organizados por los propios ayuntamientos.  

A esto cabe añadir un elevado volumen de interinos ejerciendo las funciones reservadas en los municipios navarros, quejas en relación a dificultad de la movilidad entre puestos de trabajo, inexistencia de carrera profesional y un lío de miedo en la cobertura de dichos puestos, como puede verse en los siguientes enlaces: 



Por lo tanto, nada nuevo bajo el sol: las circunstancias de la habilitación foral navarra son las mismas que las que pueden existir en cualquier otra comunidad del ámbito de los habilitados nacionales (Castilla-La Mancha, Extremadura, Aragón, etc.). Los mismos perros con distintos collares, con una salvedad: que los habilitados forales navarros no disfrutan de la misma movilidad que ostentamos los habilitados nacionales.  

Insisto en que mi valoración sobre los habilitados forales es superficial y desde el desconocimiento, basándome únicamente en la información que me ofrece una sencilla búsqueda por internet. No obstante, si alguien que conozca este ámbito con mayor profundidad desea expresarme su opinión en comentarios estaré encantado de leerla y, si hubiera errado en mi valoración, a enmendarla. 


El desmantelamiento del cuerpo

La reforma de la LRBRL que ahora se plantea parece ser el primer paso para llevar a cabo el desmantelamiento de nuestro cuerpo funcionarial. Una vez lo consigan los vascos, seguirán los catalanes, los valencianos, etc. y volveremos al sistema de taifas que tan mal resultado dio hace unos años, cuando los procesos selectivos para la habilitación se organizaban por las comunidades autónomas. 

Consecuencias directas de ello serán las siguientes:

- Aumento de riesgo de fraude en los procesos selectivos.
- Introducción de criterios de selección más restrictivos, que creen territorios inexpugnables (lenguas, conocimientos de derechos forales, regionales, etc.). 
- Pérdida del mérito y el prestigio que actualmente ostenta nuestro cuerpo, al que solamente es posible acceder de forma permanente a través de duros procesos selectivos. 
- Perdida del derecho a la movilidad por la mayor parte del territorio nacional. 
- Debilitamiento (aún más si cabe) de los mecanismos de cohesión interterritorial con que cuenta nuestro cuerpo.

Y mientras nos llega nuestro San Martín, seguimos dispersos por los pueblos de España, ocupados y preocupados en nuestros problemas particulares y sin pensar en nosotros como colectivo. Es hora de unirnos, reivindicar lo nuestro y defender nuestros derechos o seguiremos siendo moneda de cambio de cualquier negociación. 

Mapa de la habilitación: ¿pasado o futuro?


¿Hasta cuándo vamos a seguir aguantando que nos utilicen? ¿A quién le importan los derechos que nos pertenecen y que están en juego? ¿Vamos a limitarnos a las peticiones formales realizadas por los colegios a los grupos parlamentarios? Estaré encantado de leer vuestras opiniones en comentarios. 

¡Nos leemos!

lunes, 15 de noviembre de 2021

El secretario-interventor y la sensación del dinamitero

En esta época del año en que se acumulan los términos de justificación de subvenciones de las administraciones de ámbito superior que nos esclavizan y tiranizan a la ya habitualmente apretada agenda del secretario-interventor, no puedo evitar sentir a veces la sensación del dinamitero, es decir, la de que alguna bomba me va a explotar entre las manos de forma inesperada. 


I'm outta time and all I got is
four minutes (freaky, freaky), four minutes aye



Si analizo mi función detenidamente, consiste en hacer tareas bastante sencillas si se dispone de los conocimientos necesarios de la normativa aplicable y de la indispensable ayuda de las bases de datos jurídicas en las que encontrar los modelos que tanto nos facilitan la vida. Los conocimientos necesarios, cualquiera que haya superado la oposición los tiene acreditados y las bases de datos jurídicas afortunadamente son cada vez más habituales en la mayoría de municipios.

Me doy cuenta de la sencillez de las labores que desempeño especialmente cuando saco adelante alguna tarea novedosa que tenía largo tiempo retrasada y que evitaba resolver por falta de tiempo para pararme a buscarle su solución. Una vez la tengo solventada, en ocasiones pienso: "ha sido más sencilla de lo que esperaba" o "si llego a saber lo rápido que iba a hacerla, la habría resuelto antes". El problema que me impedía darle trámite rápidamente: la falta de tiempo suficiente, por la acumulación de multitud de misiones sencillas a ejecutar diariamente y el temor a que por tratarse de un asunto novedoso me consumiera más tiempo del "esperado".

Es decir, que el problema no es la dificultad de los trabajos que realizo o la necesidad de realizar grandes disquisiciones sobre los asuntos, sino la cantidad de pequeñas labores a realizar para cada expediente, el número de expedientes en tramitación, las funciones superpuestas sobre la figura de la Secretaría-Intervención (¿tesorería? ¿delegado de protección de datos? ¿miembro de mesas de contratación? ¿miembro de tribunales de selección?) y los plazos superpuestos a cumplir.


Mi labor: cientos de tareas sencillas,
cual colocar piezas de lego
 

Y en el caso de las agrupaciones de Secretaría-Intervención como la mía, pues suma los viajes de ida y vuelta, el hecho de tener dos alcaldes, la duplicación de expedientes y labores en muchas materias (al final no sabes qué has hecho dónde) y tener en cuenta las peculiaridades de cada uno de los municipios, pues no hay dos pueblos iguales. 

En fin, que en ocasiones salgo del ayuntamiento con un mareo de aquí te espero, que solo tengo ganas de llegar a casa y dejar la mente en blanco. 


Bendito copia y pega

Si un secretario-interventor tuviera que decidir qué invento revolucionario cambió la vida  de la humanidad, elegiría sin duda alguna el copia y pega informático. En mi caso, lo utilizo muchísimo mediante combinaciones de teclas (Ctrl+C y Ctrl+V) y me permite ahorrar muchísimo tiempo.

Pero como cualquier otro invento revolucionario, el copia-pega también tiene sus inconvenientes. El más común es que si no te fijas suficiente y relees con detenimiento lo copiado adaptándolo a las peculiaridades del expediente que te encuentras tramitando, es muy fácil que el documento final presente incorrecciones.  

A mi me pasa mucho cuando releo documentos creados en expedientes anteriores o reutilizo modelos de expedientes tramitados anteriormente para casos presentes similares, que descubro en los mismos incorrecciones derivadas del copia-pega y de la velocidad con que nuestra profesión nos obliga a trabajar y a solucionar los asuntos. 

Pongo especialmente atención en las resoluciones de Alcaldía y en los acuerdos plenarios, releyéndolos y revisándolos con cautela antes de enviarlos a firma, ya que automáticamente se insertan en el libro de resoluciones/acuerdos, y además así evito el engorroso trámite de corregir sus errores materiales, aritméticos o de hecho mediante una nueva resolución o acuerdo. 

No obstante, a veces es inevitable equivocarse por mucho atención que le pongas, porque son demasiadas cosas, somos humanos y cualquiera puede tener un mal día. Milagroso es entonces el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que nos permite reconocernos como humanos y enmendarnos.


El límite de la responsabilidad personal

Y mientras que las cosas van saliendo, aún con algún inevitable error que otro, todo marcha bien y no hay quejas, aunque tampoco reconocimientos, pero cuando las cosas se tuercen, enseguida hay quien desvía la responsabilidad hacia la figura de la Secretaría-Intervención.


Secretario, interventor, tesorero y chivo
expiatorio a tiempo parcial

Esta afirmación puede parecer incierta, pero la lectura de nuestra página de referencia habilitados-nacionales.com y de la prensa diaria nos muestra la triste realidad:  

- Arauzo de Salce pierde los 25.000 euros de los planes provinciales

- Quintanamanvirgo culpa al secretario de perder una inversión de 17.000 euros 

- Mi experiencia como secretario-interventor en mi pueblo durante 27 años y 9 días (leer con detenimiento)

Especialmente grave es el asunto cuando el error o la inactividad suponen una consecuencia fatal para el ayuntamiento o sus vecinos, como puede ser la pérdida de una subvención o la imposición de un sanción al ayuntamiento por la falta de cumplimiento de alguna obligación normativa. Entonces las Alcaldías se acogen al siempre sufrido argumento de que "yo no sabía", "el secretario no me avisó" o "ese asunto es responsabilidad del secretario". No importa en qué condiciones tiene que ejercerse el puesto (sin personal capacitado, en agrupaciones de múltiples municipios, con acumulaciones, etc.), todas las responsabilidades apuntarán a una única y atareada persona. 


La responsabilidad en mayúsculas

Y la situación culmen de las posibles responsabilidades que pueden recaer sobre cualquier secretario-interventor consiste en el paso por el banquillo de investigados/encausados/procesados. Los habilitados nacionales suelen concurrir a tales procesos judiciales como codemandados con el alcalde o alcaldesa, ya que la mayoría de veces estas demandas se presentan contra la actividad o inactividad de la entidad a la que pertenecen. 

El dato preocupante es que parece ser muy común pasar esta situación alguna vez a lo largo de la carrera profesional. Conozco compañeros y compañeras de cuya honradez y diligencia profesional no tengo ninguna duda que han tenido que pasar por este escarnio, y el trago es muy amargo aunque se salga ileso del trámite. 

Por ello, es necesario poner la máxima atención y diligencia en el quehacer diario, tener sentido crítico con nuestra propia labor y con el contenido de los expedientes, y complementar todo ello con la contratación de un seguro de responsabilidad civil que nos cubra las posibles eventualidades que puedan surgir (pérdida de documentos o expedientes, responsabilidad civil, responsabilidad profesional, inhabilitación, etc.). Yo personalmente tengo contratado este seguro y el solo hecho de tenerlo me permite vivir más tranquilo y reducir mi nivel de neurosis al analizar si los expedientes que tramito superarían la valoración externa de un órgano judicial. 


Justicia que todo lo ves y todo lo puedes,
mírame con buenos ojos

Para acabar, os voy a dejar con este escrito anónimo sobre la imposibilidad de acumular en una sola persona las labores de Secretaría-Intervención, que parece ser anterior a la gran cantidad de funciones adicionales que se nos han impuesto en la última década por la normativa derivada de la crisis financiera y por las distintas normas sectoriales: Ya no se puede ser secretario-interventor (anónimo).

Y vosotros/as, ¿también vivís en vuestro día a día la sensación del dinamitero? ¿cómo lográis reducir esta ansiedad? ¿habéis vivido experiencias traumáticas de responsabilidad en vuestros consistorios? Estaré encantado de leer vuestras aportaciones y/o batallitas. 

¡Nos leemos!

lunes, 25 de octubre de 2021

La financiación local y la compensación del subdesarrollo

Durante los últimos meses se han publicado en periódicos diversas noticias sobre la reforma del sistema de financiación autonómica, cuya tramitación está prevista que se inicie en noviembre de este mismo año. 

A consecuencia de ello, y a fin de buscar apoyos y fijar estrategias comunes, ya han sido varias las reuniones entre presidentes de distintas autonomías para tratar este asunto (Moreno y Feijóo orillan sus diferencias en financiación y reclaman un sistema negociado entre todos, Puig y Moreno exigen un sistema de financiación con más dinero y basado en la población ajustada, etc.) y se esperan que se produzcan más encuentros de este tipo en los próximos meses (La reunión de presidentes autonómicos promovida por Feijóo en Galicia será finalmente el 23 de noviembre). 


Rapaz autonómica en tiempos
de negociación

La posibilidad de llegar a un acuerdo que satisfaga a todos se presenta difícil, por no decir imposible. La reforma del sistema de financiación autonómica ya se intentó en el año 2017 sin éxito, quedando ese intento materializado en un informe de una Comisión de Expertos para la revisión del sistema de financiación autonómica, que ahora está previsto volver a realizar. En esta ocasión el panorama no pinta mejor, ya que antes de comenzar la negociación las distintas comunidades autónomas están defendiendo criterios de reparto muy diversos, incluso contradictorios. Mientras unas comunidades autónomas defienden el criterio población o población ajustada, otros optan por criterios diferentes como envejecimiento de la población, dispersión geográfica, coste efectivo de los servicios, paro, etc. Y de fondo está el rechazo que supondría el hecho de conceder privilegios o tratamientos diferenciados a Cataluña u otros territorios, lo cual convierte el acuerdo en todo un desafío. 

Mientras tanto, las entidades locales luchan porque la reforma de sistema de financiación local se negocie y apruebe de forma paralela a la reforma del sistema de financiación autonómica. Así lo ha pedido en diversas ocasiones el presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias, Abel Caballero, al Gobierno de España y así lo manifiesta en la carta de presidente que inicia cada número de la revista Carta Local de la FEMP desde hace varios meses. 

Las entidades locales pretenden conseguir un acuerdo en paralelo a las comunidades autónomas, de tal manera que se les trate con el mismo interés e importancia que a las autonomías y no se les relegue a un momento posterior o incluso al olvido por la falta de voluntad, como en tantas otras ocasiones. Tratan con ello de evitar olvidos imperdonables como el que supuso la falta de definición de las competencias locales en la Constitución Española de 1978 por parte de los padres de la carga magna, mientras que en ella se definen las competencias estatales y autonómicas al detalle. 

Otro aspecto en el que Abel Caballero está haciendo hincapié últimamente es en la necesidad de hacer efectiva la financiación de las entidades locales a través de la participación en los tributos de las comunidades autónomas, tal y como viene recogido en el artículo 142 de la Constitución Española. Se trata de conseguir que todas las entidades locales reciban financiación para el ejercicio de sus competencias y fines de las comunidades autónomas, pues por lo visto mientras algunas autonomías tienen esta participación muy desarrollada, en otras esta financiación es reciente y muy escasa. 

Si bien la negociación de un nuevo sistema de financiación autonómico parece ya demasiado complejo y dificultoso por sí mismo, el añadido de negociar conjuntamente un nuevo sistema de financiación local se presenta como el más difícil todavía. ¿Se logrará aprobar un nuevo sistema de financiación territorial con la fragmentación del sistema político actual? ¿Quedará relegada la reforma de la financiación local a la espera como en tantas otras ocasiones? En caso de que se logre un nuevo sistema de financiación local ¿contentará a la diversidad de entidades que conforman la planta local? Tendremos que esperar que el tiempo resuelva estos interrogantes. 


La compensación del subdesarrollo

Pero quiero aterrizar el tema de esta entrada en la realidad de los pequeños y muy pequeños municipios ubicados en entornos naturales. 

En su mayoría presentan un grave problema demográfico, con población envejecida, dificultades para fijar la población joven y, por tanto, tendencia más o menos acusada a la despoblación. La actividad de las administraciones públicas en estos municipios no es suficientemente intensa para retener población en el territorio y las iniciativas privadas potentes en muchas ocasiones se ven coartadas o impedidas por las protecciones naturales aplicables en dichos entornos (Red Natura 2000, Zona de Especial Protección para las Aves -ZEPA-, Zonas de Especial Conservación -ZEC-, Lugares de Interés Comunitario -LIC-, etc.). De hecho, han sido muchos los proyectos relevantes de inversión privada que podrían haber revitalizado esas zonas rurales y fueron paralizadas por motivos medioambientales: 

- La Junta de Andalucía paraliza un proyecto de instalación solar fotovoltaica en favor de la alondra ricotí

- Los ecologistas echan el freno al parque fotovoltaico de Solaria

- La Xunta paraliza las obras en el parque eólico de O Iribio

- El Gobierno paraliza el parque eólico de Aldealobos, pero autoriza otro del doble de tamaño en Jubera

Se produce así un fenómeno que podríamos calificar como de "especialización territorial", pues mientras las ciudades o los núcleos de población (ya sin recursos naturales que proteger) reúnen toda la industria y toda la actividad con mayor potencial de creación de puestos de trabajo, los pequeños municipios del área rural (con patrimonio natural casi virgen) son sujetos a una protección ambiental intensa, que impide cualquier tipo de actividad económica con potencial para crear el empleo que estos pueblos tanto necesitan. 

Esta especialización de territorios hace que mientras las ciudades y núcleos de población periféricos integrados en las áreas metropolitanas se convierten en las fábricas, los residenciales o los centros comerciales de las provincias, los núcleos de población rurales en entornos naturales se convierten en los parques, los jardines botánicos o los espacios multiaventuras provinciales. En los primeros la gente va a trabajar y a gastar su dinero entre semana y a los segundos acuden únicamente cuando llega el fin de semana o cuando ya no pueden más y necesitan desconectar y respirar aire puro en una escapada de turismo rural.


Municipio rural: ¿pasado, presente o futuro?
Imposible saber, todos son lo mismo 
 

Este fenómeno ya se traslució hace unos años en la fallida negociación de un nuevo sistema de financiación autonómica. Cada comunidad autónoma defendía los criterios que a su juicio (y a su interés particular) resultaban más justos para determinar el reparto. Entonces, la comunidad autónoma de Extremadura planteó su derecho a una aportación  mayor por ser el sumidero de carbono de España, entendido como una comunidad autónoma cuyas superficies forestales captaban más gases de efecto invernadero de los que emitía la región a la atmósfera. Aquí podemos ver algunas noticias sobre este hecho, y si buscas en internet los términos "sumidero de carbono" y "Extremadura" juntos, son muchos más los resultados: 

2010: Extremadura es la única comunidad cuya masa forestal capta más gases invernadero de los que se emiten en su territorio  

2020: Extremadura pretende ser en 2030 "climáticamente neutra" de la mano de un plan integrado que contempla 57 medidas

El argumento de Extremadura puede considerarse una idea peregrina para lograr sacar una mejor tajada con el nuevo sistema de financiación autonómica, pero es exactamente la misma situación que se da en los municipios de la España rural. Mientras a los pueblos les está vetado el desarrollo productivo o industrial que se facilita en las ciudades, se les asigna el objetivo de convertirse en los sumideros de carbono y en los centros de recuperación psicológica y espiritual de la población a través del disfrute de la paz, la tranquilidad o la adrenalina en plena naturaleza.  

Este mismo mensaje, si bien no con esta capacidad conceptual y expresiva la manifiestan los alcaldes de los municipios de la España vaciada cada vez que uno de sus proyectos estelares para el municipio o la comarca resultan frustrados por los informes ambientales de las comunidades autónomas: "si no me permiten hacer esto, me lo tendrán que compensar de alguna manera" o "si aquí no se puede hacer nada, dime tú de qué va a vivir la gente".  

Esta idea es lo que he titulado en esta entrada la compensación del subdesarrollo. Porque si nuestro destino como municipios rurales es convertirnos en los parques, los jardines botánicos o los espacios multiaventura de unos ecosistemas mayores (llamadlo provincias, regiones, comarcas o como queráis llamarlo), todos somos conscientes de que los parques o los jardines botánicos necesitan jardineros que poden periódicamente las plantas, pongan, quiten o ajusten el riego por goteo, mantengan periódicamente los caminos por los que pasearán los visitantes, arreglen las fuentes, etc. y que los espacios multiaventura precisan de operarios que mantengan las atracciones y garanticen la seguridad de las mismas durante todo el año, sea la estación que sea. Y estas personas o bien cobran un sueldo todos los meses o bien se les compensa en el momento en que se usan sus instalaciones mediante el pago de una entrada... ya me entendéis.  


Incluso los sumideros precisan un 
mantenimiento... de vez en cuando


Por eso mismo, recojo la reivindicación de muchos alcaldes y alcaldesas de la España rural que defienden que cuando la protección del medio ambiente veta cualquier tipo de actividad que permita el desarrollo del municipio, debe articularse una compensación para ellos. Una vez más la aplicación del dicho "dame pan y llámame tonto" o la idea de la España vaciada way of life que traté en esta otra entrada. 

Y vosotros/as, ¿se os ha presentado también alguna vez esta situación de veto al desarrollo por circunstancias ambientales? ¿son vuestros alcaldes y alcaldesas tan filosóficos como los míos? ¿qué opináis del fenómeno de la especialización territorial? ¿es vuestro municipio un sumidero de carbono en potencia? Me encantará conocer vuestra opinión.

¡Nos leemos!